Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama.

FISCALIA CALAMA C/ JEISON LEONEL ORTIZ ZAPATA

Rol

O-183-2019

Fecha

2 de noviembre de 2019

Materia

ROBO CON INTIMIDACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y OÍDO: PRIMERO: Individualización del tribunal e intervinientes. Que con fecha veintiocho de octubre de dos mil diecinueve, ante este Tribunal de Juicio Oral de Calama, constituido por sus jueces, doña Karen Herrera Iriarte, doña Rosa Caballero Burgos y don Rodrigo Cartes Fierro, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa RIT N° 183-2019, seguida en contra del acusado, JEISON LEONEL ORTIZ ZAPATA, cédula de identidad N° 19.538.430-4, chileno, soltero, sin ocupación, 22 años, nacido el 24 de febrero de 1997 en la ciudad de Calama, con domicilio en Pasaje El Cobre N° 3713, Población Gustavo Le Peige, Calama, quien fue representado por el Defensor Penal Público, don Álvaro Gazón Gajardo, con domicilio registrado en la causa. Fue parte acusadora en la presente causa el Ministerio Público representado por el fiscal, don Eduardo Peña Martínez, domiciliado en Granaderos Nº 2426, Calama.

Fundamentos

CONSIDERANDO: SEGUNDO: Acusación fiscal. Que la acusación fiscal se funda en los siguientes hechos: El día 07 de junio de 2019 aproximadamente a las 14:20 horas, el menor de iniciales S.A.C.Z., mientras caminaba en dirección desde su establecimiento educacional a su domicilio por avenida Granaderos en dirección al norte, al llegar a la intersección con calle Ramírez fue interceptado por el imputado el cual procedió a tirarle los audífonos del teléfono que llevaba el menor, ponerse frente a él y proceder a intimidarlo señalándole que si no le pasaba el teléfono lo iba a Rodrigo Vladimir Cartes Fierro Juez Redactor Fecha: 02/11/2019 11:08:45 Karen Andrea Herrera Iriarte Juez Presidente Fecha: 02/11/2019 11:34:10 XXZHNCGBPX ROSA ANTONIETA CABALLERO BURGOS Juez Integrante Fecha: 02/11/2019 11:41:35 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 agredir, haciéndole un gesto con la mano, empuñándola como para pegarle, ante lo cual el menor, intimidado, procedió a entregarle el teléfono celular y con el cual el imputado se da a la fuga del lugar. Posteriormente, al llegar a su domicilio, da cuenta de aquello a sus adultos responsables los cuales concurren a dependencias de la comisaria de carabineros donde realizan la denuncia respectiva y se procede a la detención del imputado en las cercanías del lugar al ser reconocido por parte del menor, no recuperando las especies del mismo. El teléfono sustraído fue avaluado por la víctima en $150.000. A juicio de la Fiscalía los hechos descritos son constitutivos de ROBO CON INTIMIDACIÓN, en grado de consumado, en el que cupo participación al acusado en calidad de autor. Señala el Ministerio Público que no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal que considerar, por lo que pide se aplique al acusado, la pena de DIEZ AÑOS DE PRESIDIO MAYOR EN SU GRADO MINIMO, más las penas accesorias legales y se le condene al pago de las costas según lo prescrito en el artículo 45 y siguientes del Código Procesal Penal. TERCERO: Alegatos de apertura. Que en la apertura el fiscal señaló en suma, que los hechos descritos son un robo con intimidación en que un menor de edad sin su voluntad hace manifestación de especies por amenazas del acusado. El delito está consumado. Se acreditará la versión de la víctima. Pide condena. La defensa por su parte en su alegato de inicio, manifestó que tiene una hipótesis de absolución centrado en la falta de participación en cuanto a que pasaron los hechos como señaló la víctima al reconocer a su representado es parecido al autor.

Fallo

se acuerda. Esa denuncia la tomó don Pedro, el sub oficial que andaba con él. En la unidad, la guardia lo registra bajo acta para saber las especies. No se encontró la especie. Cuando llegaron le preguntan y dijo que no tenía el celular. Efectuado ejercicio de refrescar memoria, señaló que es declaración del 8 del 6, a las 16:30 horas, y que hace revisión superficial. Le Rodrigo Vladimir Cartes Fierro Juez Redactor Fecha: 02/11/2019 11:08:45 Karen Andrea Herrera Iriarte Juez Presidente Fecha: 02/11/2019 11:34:10 XXZHNCGBPX ROSA ANTONIETA CABALLERO BURGOS Juez Integrante Fecha: 02/11/2019 11:41:35 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 7 preguntó y dijo que no tenía la especie. Le preguntó y dijo no ser partícipe y no llevar la especie. El sujeto dijo que no tenía el celular. Era marca Huawei el celular sustraído. El imputado se quejaba de dolor por eso se va a constatar lesiones. Se acuerda del olor del carro a propósito que dice que se hizo caca. Él no confeccionó el parte. Roco entregó información. Iba la víctima y la mamá del

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1 C/ JEISON LEONEL ORTIZ ZAPATA RIT: 183-2019 RUC: 1900614358-2 ROBO CON INTIMIDACIÓN Calama, dos de noviembre de dos mil diecinueve. VISTO Y OÍDO: PRIMERO: Individualización del tribunal e intervinientes. Que con fecha veintiocho de octubre de dos mil diecinueve, ante este Tribunal de Juicio Oral de Calama, constituido por sus jueces, doña Karen Herrera Iriarte, doña Rosa Caballero Burgos y don

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