Juzgado de Garantía de Cauquenes.

MP C/ SONIA DE LAS MERCEDES MEZA CABEZAS

Rol

O-1098-2019

Fecha

30 de octubre de 2019

Materia

HURTO AGRAVADO (ART. 447 CODIGO PENAL).

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: Con fecha 25 de septiembre del año 2019, en el domicilio que corresponde a doña Constanza María Herminda Peña Pérez y don Nilson Miranda Medel, el cual se encuentra ubicado en el Pasaje Generación del cincuenta N°447, Villa Guillermo Blanco, de la comuna de Cauquenes, la imputada doña Sonia de las Mercedes Mesa Cabezas, quien trabaja como asesora del hogar de dicho domicilio, aprovechando la confianza depositada por sus jefes, procedió a introducirse a la cartera de doña Constanza y sustraer la suma de $50.000.- pesos en dinero en efectivo, desde dicha cartera, apropiándose con ánimo de señor y dueño, de la especies sustraídas, no contando con ningún tipo de autorización por parte de su propietaria. Constituyendo lo antes expuesto, el delito de hurto agravado, famulato del artículo 447 del Código Penal, en el cual le corresponde participación en calidad de autora, en grado de desarrollo consumado. A continuación se transcribe la parte resolutiva del fallo dictado de forma verbal en la audiencia de hoy. La sentencia íntegra se encuentra contenida en los registros de audio creados con ésta fecha. RIT N° : 1098 - 2019 RUC : 1901036316-3 IMPUTADO : SONIA DE LAS MERCEDES MEZA CABEZAS PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Cauquenes, treinta de octubre de dos mil diecinueve. Y visto además, lo dispuesto en los artículos 11 N° 6, 11 N° 9, 14, 15, 18, 20, 30, 50, 67, 70, 447 del Código Penal; artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 4 de la ley 18.216, SE DECLARA: I. Que, SE CONDENA a SONIA DE LAS MERCEDES MEZA CABEZAS, Cédula Nacional de Identidad N° 9.622.718-3, domiciliado en Avda. Padre Alberto Hurtado Nº 409, Cauquenes, ya individualizado, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a la pena de multa de CUATRO Unidades Tributarias Mensuales, todo ello como autor en grado de desarrollo de consumado del delito de HURTO AGRAVADO del artículo 447 de

Fallo

fallo dictado de forma verbal en la audiencia de hoy. La sentencia íntegra se encuentra contenida en los registros de audio creados con ésta fecha. RIT N° : 1098 - 2019 RUC : 1901036316-3 IMPUTADO : SONIA DE LAS MERCEDES MEZA CABEZAS PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Cauquenes, treinta de octubre de dos mil diecinueve. Y visto además, lo dispuesto en los artículos 11 N° 6, 11 N° 9, 14, 15, 18, 20, 30, 50, 67, 70, 447 del Código Penal; artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 4 de la ley 18.216, SE DECLARA: I. Que, SE CONDENA a SONIA DE LAS MERCEDES MEZA CABEZAS, Cédula Nacional de Identidad N° 9.622.718-3, domiciliado en Avda. Padre Alberto Hurtado Nº 409, Cauquenes, ya individualizado, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a la pena de multa de CUATRO Unidades Tributarias Mensuales, todo ello como autor en grado de desarrollo de consumado del delito de HURTO AGRAVADO del artículo 447 del Código Penal, el que fuera perpetrado en esta jurisdicción el pasado 25 de septiembre del año en curso. II. Que, reuniendo los requisitos del artículo 4 de la ley 18.216, se sustituye la pena corporal impuesta por la REMISIÓN CONDICIONAL DE LA PENA, debiendo quedar sujeto al control administrativo de la sección del medio libre de Gendarmería de Chile, correspondiente al CENTRO DE REINSERCION SOCIAL de Cauquenes, por el lapso de un año, en un plazo de cinco días para

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LOS HECHOS: Con fecha 25 de septiembre del año 2019, en el domicilio que corresponde a doña Constanza María Herminda Peña Pérez y don Nilson Miranda Medel, el cual se encuentra ubicado en el Pasaje Generación del cincuenta N°447, Villa Guillermo Blanco, de la comuna de Cauquenes, la imputada doña Sonia de las Mercedes Mesa Cabezas, quien trabaja como asesora del hogar de dicho domicilio, aprovecha

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