C/ ANGELO ALBERTO GÓMEZ MENA
Rol
O-2750-2018
Fecha
30 de octubre de 2019
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que en esta audiencia, se conoció y resolvió el requerimiento en procedimiento simplificado deducido en contra de doña IVONNE MARISOL MORALES GUERRA, cédula de identidad N° 19.619.889-K, domiciliada en Pasaje 1 manzana 15, Achupallas, comuna de Viña del Mar. La audiencia se desarrolló con la presencia del fiscal adjunto, don Carlos Alejandro Parra Fuentes, con domicilio y formas de notificación ya registradas en el Tribunal, del mencionado imputado y de su abogado defensor, don Matías Bustos Tapia, con domicilio y formas de notificación también ya registradas en el Tribunal. En el requerimiento se imputó la calidad de autor, en un ilícito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, en grado frustrado. El hecho imputado en el requerimiento consistió en que el día 02 de junio del 2018, aproximadamente a la 12:53 horas los imputados Angelo Alberto Gómez Mena e Ivonne Marisol Morales Guerra ingresaron al local comercial de la Tienda Home Center Sodimac ubicada en Avenida Freire N° 1351, Belloto Centro, Quilpué, sustrayendo cada uno diversas especies, en el caso del primero 1 codo de bronce y 6 llaves de paso campana de 1,2 crom avaluadas en la suma de $ 42.320.- , en el caso de la segunda 20 llaves de paso y jardín avaluadas en $ 61.020.-, especies que no pagaron en caja registradora del local comercial, siendo detenidos a la salida del establecimiento por guardias de seguridad. SEGUNDO: Que la acusación penal que entabló el Ministerio Público de esta ciudad en contra del acusado de este juicio, se fundamenta en los hechos indicados, los que califica jurídicamente, atribuye el grado de participación del encartado en aquéllos, señala la concurrencia de causales modificatorias de responsabilidad, y solicita las penas a imponer. VRRDNBXJGZ Milenko Igor Grbic Miranda Juez de garantía Fecha: 31/10/2019 07:45:46 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIF
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, se ABSUELVE a doña IVONNE MARISOL MORALES GUERRA, cédula de identidad N° 19.619.889-K, del requerimiento que lo tuvo como autor del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, en grado frustrado, hecho que habría ocurrido en esta jurisdicción con fecha 02 de junio del 2018, en el territorio jurisdiccional de este tribunal.- II.- Que, cada parte soportará sus costas. Ejecutoriado que sea el presente fallo, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código. Regístrese y archívese, en su oportunidad. VRRDNBXJGZ Milenko Igor Grbic Miranda Juez de garantía Fecha: 31/10/2019 07:45:46 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl RUC N° 1800549327-3 RIT N° 2750 - 2018 Dictada por don MILENKO GRBIC MIRANDA, Juez de Garantía. VRRDNBXJGZ Milenko Igor Grbic Miranda Juez de garantía Fecha: 31/10/2019 07:45:46 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre d
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PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO RUC N° : 1800549327-3 RIT N° : 2750 - 2018 DELITO : HURTO SIMPLE SENTENCIADO : IVONNE MARISOL MORALES GUERRA Quilpué, treinta de octubre de dos mil diecinueve. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que en esta audiencia, se conoció y resolvió el requerimiento en procedimiento simplificado deducido en contra de doña IVONNE MARISOL MORALES GUERRA, cédula de identidad N°
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