JORGE FELIPE CONN IRIGOYEN C/ MARCELO ALEJANDRO GOLDE DELGADO
Rol
O-3935-2019
Fecha
29 de octubre de 2019
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 28 de Abril de2019, alrededor de las 04:00 hrs. aproximadamente, el imputado junto a otros sujetos, movilizados en un vehículo arribaron al inmueble signado con el Nro. 1200 de Av. Padre Hurtado central de la Comuna de las Condes, lugar no habitado en el cual funciona la empresa “Padre Hurtado Revista Ltda”, del giro deactividades de agencias de noticias, entre otras. En la situación antes descrita con la intención de sustraer especies, ingresaron al interior del antejardín local comercial; accediendo mediante el forzamiento con un elemento contundente, de la chapa de la reja perimetral de aproximadamente un metro con setenta centímetros de altura, forzando asimismo, los circuitos eléctricos del inmueble, sin lograr acceder al interior, al activarse el mecanismo de alarma del establecimiento y quedar registrados los movimientos de los requeridos, como sus características físicas y de vestimenta. De esta manera el imputado no alcanzó a sustraer especies desde el interior de la empresa, siendo detenidos en las inmediaciones del lugar, encontrándose al imputado un destornillador.” I. Que se condena al encartado LORENZO DANILO ANDRÉS VALLEJOS REHL, ya Individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, en calidad de autor del delito de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 número 2 del Código Penal, en grado de desarrollo frustrado, perpetrado el día 28 de Abril de2019, en la comuna de Las Condes; más la pena accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos por el tiempo de la condena. Se le exime del pago de las costas de la causa. II. Que atendido la medida cautelar de arresto domiciliario total a la que se ha encontrado sujeto el imputado desde el día 28 de abril de 2019 al 17 de octubre de 2019, se le tendrá por cumplida la pena corporal impuesta, con el mayor tiempo que ha estado restringido de su libertad. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en
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4° Juzgado de Garantía de Santiago Av. Pedro Montt 1606, 9º piso, Edificio B. Fono: (02) 29757300 Fax: (02) 29757353 Centro de Justicia de Santiago Pág. 1 COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Santiago, veintinueve de octubre de dos mil diecinueve. TRIBUNAL: 4º Juzgado de Garantía de Santiago MAGISTRADO: ANDREA PAOLA OSORIO GANDERATS RUC: 1900451635-7 RIT: 3935-2019
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