MP C/ FERNANDO JOSÉ CHOQUE CHOQUE
Rol
O-2886-2018
Fecha
30 de octubre de 2019
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 18 de mayo del año 2018, a eso de las 19:00 horas de la tarde el acusado conducía el vehículo marca Chevrolet, modelo L-300, PPU., FCVJ-47, en estado de ebriedad, y sin licencia de conducir, por calle Vasco de Gama de esta ciudad. En el contexto anterior y debido a la ebriedad este choco por la parte posterior al vehículo marca Nissan, Modelo Sunny, PPU., EB-6723, el cual se había detenido en la intersección con la calle O´Higgins y era conducido por la víctima Silverio Álvarez Varela, quien al sentir el impacto se baja de su vehículo para intentar un avenimiento y observa al acusado en el asiento del conductor. En aquella circunstancia el acusado coloca marcha atrás su vehículo y colisiona al vehículo marca Toyota, PPU., ZX-4973, el que era conducido por la segunda víctima Pedro Coca Hervas. Ante aquella nueva colisión ambas víctimas retienen al acusado ya que constatan que está conduciendo ebrio hasta la llegada de carabineros. Carabineros llegó al lugar y XCGDNBQNKR María José Amengual Tapia Juez de garantía Fecha: 30/10/2019 12:46:43 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl fiscaliza al acusado, y confirma tanto su rol de conductor y su estado etílico, lo que les constó por su fuerte halito alcohólico, rostro congestionado, e incoherencia al hablar, presentando inestabilidad al bajarse del móvil. Por esta condición es trasladado hasta el servicio de urgencia CESFAM Alemania, allí le efectuaron una extracción sanguínea la cual se envió al servicio médico legal de la ciudad de Antofagasta, y a través de
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que ante este Juez de Garantía, el fiscal Cristian Aliaga Ayarza, previa formalización y cierre de la investigación, dedujo acusación en contra de FERNANDO JOSE CHOQUE CHOQUE, cédula nacional de identidad N° 12.059.469- 9, de oficio panadero, domiciliado y apercibido conforme el artículo 26 del Código Procesal Penal en Río de Janeiro 2326, Calama. El acusado estuvo legalmente representado en esta audiencia de preparación de juicio oral, por la defensora penal pública doña Nicol Palma Moscoso. SEGUNDO: Acusación. Que la presentación fiscal se funda en los siguientes hechos: “El día 18 de mayo del año 2018, a eso de las 19:00 horas de la tarde el acusado conducía el vehículo marca Chevrolet, modelo L-300, PPU., FCVJ-47, en estado de ebriedad, y sin licencia de conducir, por calle Vasco de Gama de esta ciudad. En el contexto anterior y debido a la ebriedad este choco por la parte posterior al vehículo marca Nissan, Modelo Sunny, PPU., EB-6723, el cual se había detenido en la intersección con la calle O´Higgins y era conducido por la víctima Silverio Álvarez Varela, quien al sentir el impacto se baja de su vehículo para intentar un avenimiento y observa al acusado en el asiento del conductor. En aquella circunstancia el acusado coloca marcha atrás su vehículo y colisiona al vehículo marca Toyota, PPU., ZX-4973, el que era conducido por la segunda víctima Pedro Coca Hervas. Ante aquella nueva colisión ambas víctimas retienen al acusado ya que constatan que está conduciendo ebrio hasta la llegada de carabineros. Carabineros llegó al lugar y XCGDNBQNKR María José Amengual Tapia Juez de garantía Fecha: 30/10/2019 12:46:43 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl fiscaliza al acusado, y confirma tanto su rol de conductor y su estado etílico, lo que les constó por su fuerte halito alcohólico, rostro congestionado, e incoherencia al hablar, presentando inestabilidad al bajarse del móvil. Por esta condición es trasladado hasta el servicio de urgencia CESFAM Alemania, allí le efectuaron una extracción sanguínea la cual se envió al servicio médico legal de la ciudad de Antofagasta, y a través de la alcoholemia N° 1869/2018, arrojo un resultado de 1.97 gramos de alcohol en litro de sangre. Añadir que el acusado a la fecha de los hechos su licencia de conducir estaba suspendida por sentencia firme del Juzgado de Garantía de Calama en RIT 4156-2016.” Los hechos antes expuestos constituyen, a juicio del Ministerio Público, el delito de conducción de vehículo motorizado
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto por los artículos 110, 196 y 209 de la ley 18.290, 45, 47, 340, 343, 344, 348, 406, 407, 412, 413 y 415 del Código Procesal Penal; 1, 5, 7, 12 n° 16, 14, 15 N° 1, 30, 67, 69, 70 del Código Penal; y artículo 1 y 8 de la ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que se condena a FERNANDO JOSE CHOQUE CHOQUE, cédula nacional de identidad N° 12.059.469-9, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado medio, más MULTA DE TRES unidades tributarias mensuales, a la accesoria de suspensión de licencia de conducir por cinco años y suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en su calidad de AUTOR EJECUTOR del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños, con licencia de conducir suspendida, en XCGDNBQNKR María José Amengual Tapia Juez de garantía Fecha: 30/10/2019 12:46:43 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl grado de desarrollo consumado, ejecutado el 18 de mayo de 2018, en la comuna
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ACTA DE AUDIENCIA LECTURA DE SENTENCIA RIT : 2886 - 2018 RUC : 1800488897-5 FECHA : treinta de octubre de dos mil diecinueve HORA INICIO : 11:46 hrs. HORA TÉRMINO : 11:50 hrs. DELITO : CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES. JUEZ : MARIA JOSE AMENGUAL TAPIA FISCAL : EDUARDO ALBERTO PEÑA MARTÍNEZ DEFENSOR : ALEX JONATTAN DURÁN ORELLANA IMPUTADO 1 : FERNANDO JOSÉ CHOQUE CHOQUE
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