MARCO ANTONIO ACEVEDO LIZAMA C/ VÍCTOR NICOLÁS BECERRA CALDERÓN
Rol
O-3778-2019
Fecha
28 de octubre de 2019
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos descritos en el requerimiento, previa advertencia por el juez de su derecho a un juicio oral y de las sanciones que podrían imponérsele. Con este reconocimiento, el tribunal procedió a dictar sentencia en forma inmediata, sin llamar a los intervinientes a juicio. CUARTO: Que, la defensa del imputado solicitó que se sustituya la pena privativa de libertad por la pena sustitutiva de remisión condicional por cumplirse con los requisitos legales para ello, y que la multa se tenga por cumplida, peticiones que serán acogidas por este tribunal en los términos que se señalarán en lo resolutivo del fallo. HGQXNBFDFL ALICIA GEMMA ROSENDE SILVA Juez de garantía Fecha: 30/10/2019 07:43:18 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl QUINTO: Que habiéndose verificado por este Tribunal que el imputado ha prestado su consentimiento en forma libre e informada de los derechos que la ley le otorga y, en especial, su derecho a un juicio oral, renunciando a la presunción de inocencia establecida en su favor, dispensando al Ministerio Público de la necesidad de acreditar los presupuestos materiales del requerimiento deducido y teniendo presente, además, que dichos antecedentes no han sido controvertidos por la defensa, resulta innecesario señalar y analizar en esta sentencia los antecedentes que fundan la imputación presentada por el Ministerio Público, los que, en todo caso, han sido claramente expuestos por el Fiscal en el requerimiento. SEXTO: Que en mérito de lo razonado precedentemente el Tribunal dará por establecidos los hechos e
Fallo
se declara que: I.- Se condena a VÍCTOR NICOLÁS BECERRA CALDERÓN, ya individualizado, como autor del delito consumado de manejo en estado de ebriedad causando daños, cometido en jurisdicción de este Tribunal el 26 de enero del año 2019, a la pena de VEINTIÚN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MEDIO, suspensión de cargo u oficio público por el mismo plazo de la condena, multa de 1/3 de unidad tributaria mensual a beneficio fiscal y suspensión de la licencia que lo habilita para conducir vehículos motorizados por el plazo de dos años, sirviéndole de abono el tiempo en que la licencia de conducir ha estado retenida en dependencias de la Fiscalía, esto es, desde el día 26 de enero del año 2019 hasta el 30 de enero del año 2019. II.- Concurriendo los requisitos contemplados en el artículo 3, 4 y siguientes de la Ley N° 18.216, se sustituye la pena privativa de libertad por la pena sustitutiva de remisión condicional, fijándose el plazo de un año de observación por la sección correspondiente de Gendarmería de Chile. En el evento de revocación de dicha pena sustitutiva, no existen abonos que considerar al respecto. III. La pena pecuniaria impuesta se tiene por cumplida, toda vez que, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal, en el evento de no pago debe convertirse dicha sanción en reclusión, a razón de un día por cada un tercio de UTM y consta de los antecedentes de investigación que el sentenciado registra haber estado detenido el día 26 de enero del año 2019 a
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Santiago, veintiocho de octubre de dos mil diecinueve.- OÍDOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el Ministerio Público ha presentado requerimiento en procedimiento simplificado en contra de VÍCTOR NICOLÁS BECERRA CALDERÓN, Cédula de Identidad N° 17.105.559-8, domiciliado en Pasaje 124 casa 1071, Villa Lo Arrieta, comuna de Peñalolén, atribuyéndole participación de autor en un delito consumado de m
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