TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL PUENTE ALTO

FRANCISCO JAVIER URRA FUENZALIDA C/ NICOLÁS JESÚS CEA BRITO

Rol

O-235-2019

Fecha

28 de octubre de 2019

Materia

DETENCION, DESTIERRO O ARRESTO IRREGULAR ART. 148, FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOC PÚBL ART. 193,194,196, OBSTRUCCION A LA INVESTIGACIÓN.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que los días, catorce, quince, dieciséis, diecisiete, dieciocho, veintidós y veintitrés de octubre del año en curso, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto, constituida por don Fernando Andrés Martínez Arias en calidad de Juez presidente; don César Luis Aliaga Gómez como Juez redactor y doña Gladys Camila Villablanca Morales como tercera Juez integrante, se llevó a efecto el Juicio Oral RUC N°1510034977-6, RIT N° 235-2019, seguido en contra de Nicolás Jesús Cea Brito, Cédula de Identidad n° 16.662.581-5, capitán de Carabineros de Chile, con domicilio en Pasaje Isabel Riquelme N°127, Porvenir, asistido por sus abogados defensores privados don Pedro Orthusteguy Hinrichesn y don Jorge Urrea Zamorano, ambos con domicilio y forma de notificación ya señalada en el Tribunal. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por los Fiscales don Luis Herrera paredes y don Milibor Bugueño Jiménez, con domicilio y forma de notificación registrado en el Tribunal. Por la parte querellante de la víctima estuvo el abogado Víctor Neira Dura, con domicilio y forma de notificación ya registrado en el Tribunal. Se hizo parte el Consejo de Defensa del Estado, representado por los abogados Cristian Ramírez Tagle y don Jorge Urrea Zamorano, ambos con domicilio y forma de notificación ya registrados en el tribunal.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el Ministerio Público al deducir acusación, según se lee en el auto de apertura del juicio oral, la fundó en los siguientes hechos: “Que, el acusado NICOLÁS JESUS CEA BRITO, en su calidad de jefe de SIP de la 62° Comisaria San Gerónimo Comisaría de Puente Alto, el día 09 de Mayo de 2015 tomó conocimiento de que los imputados Arnoldo Carrillo Veloso en su calidad de Cabo 2° de Carabineros de Chile y Emanuel Ibarra Garrido en su calidad de Cabo 2° de Carabineros de Chile, ambos de dotación de la 62° Comisaria de Puente Alto, tuvieron participación en un procedimiento policial donde procedieron a detener a Jonathan Alexis Leyton Carvajal, José Miguel Dinamarca Lara, Javier Manzano Ríos y Francisco Urra Fuenzalida. Es así como el acusado CEA BRITO una vez en conocimiento de dichos hechos procedió a tomar la decisión, y en acuerdo con los coimputados Arnoldo Carrillo XSHXNDXBTE FERNANDO ANDRES MARTINEZ ARIAS Juez oral en lo penal Fecha: 06/11/2019 12:21:38 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Página 2 de 124 Veloso y Emanuel Ibarra Garrido, de redactar un parte en forma falseada en la narración de los hechos que contendría. De esta forma procedieron a confeccionar el parte N° 2798 del día 10 de mayo de 2015 de la 62° Comisaria de Puente Alto, en el cual exponen que detienen a Javier Manzano Ríos atribuyéndole estar manejando el vehículo camioneta Ford color blanco que portaba en ese momento PPU CFHK-24, patente que correspondía a un vehículo marca Hyundai modelo Accent que mantenía orden de encargo por robo. En el mismo orden, el acusado CEA BRITO acuerda que se señale que don Javier Manzano Ríos conducía por calle Los Cerezos y que al llegar a Las Palmeras frente al N°0113 habría sido fiscalizado por los coimputados Arnaldo Carrillo Veloso y Emanuel Ibarra Garrido. Además, se expuso, en el parte señalado, que en el procedimiento policial de fiscalización de la camioneta Ford en dicho vehículo iba como acompañante Francisco Urra Fuenzalida. Del mismo modo, en el procedimiento policial, el acusado CEA BRITO, en acuerdo con los coimputados, indican en el parte señalado que, al registrar la camioneta encuentran debajo del asiento del conductor dos bolsas de nylon transparente contenedoras de una sustancia color beige y blanco, las que dieron positivo a prueba de campo para cocaína con un peso bruto de 124,1 gramos y otra bolsa de coloración positiva para cocaína con un peso bruto de 192,2 gramos. Por último, el acusado CEA BRITO en acuerdo con los coimputados indican en el p

Fallo

por tanto la decisión sobre el curso de los hechos y por lo tanto sobre el curso del procedimiento policial; que además se contó con la declaración del acusado que reconoció que el 9 de mayo se encontraba en dependencia de la unidad policial, que fue informado del procedimiento y quien se lo comunicó fue Arnoldo carrillo; que con la prueba rendida queda acreditado de manera fehaciente su estructura lógica interna, la cronología, se describen los supuestos fácticos y se indica el lugar, nombre, horarios, de explicaciones, razones de los dichos que dan cuenta de los detalles; que la prueba tiene una validez incontrarrestable, se analiza por sí misma, es consistente y son coherentes unas con otras y por ello entiende que se puede llegar a un veredicto condenatorio. No hace uso al derecho a replicar CUARTO: Que la defensa de CEA BRITO, en su alegato de apertura, sostiene la absolución de su representado dado que no ha participado en los hechos que se le atribuyen; rechaza lo que hicieron los funcionarios Ibarra y Carrillo consistente en falsificar un parte de carabinero que fue remitido a la fiscalía, no sólo engañaron a su jefe directo de esa época que era el teniente Cea, sino que también engañaron a la fiscal Paula Juica, también declararon ante el fiscal Mérida al que también engañaron, declararon también ante los funcionarios que llevaban el sumario administrativo señalando que realizaron lo que se contenía en el parte policial y también engañaron al Tribunal Oral Penal de

Texto Completo (Preview)

Página 1 de 124 Puente Alto, veintiocho de octubre de dos mil diecinueve. VISTOS: Que los días, catorce, quince, dieciséis, diecisiete, dieciocho, veintidós y veintitrés de octubre del año en curso, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto, constituida por don Fernando Andrés Martínez Arias en calidad de Juez presidente; don César Luis Aliaga Gómez como Juez redactor

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica