Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo

DORGELY CON AGURTO

Rol

O-740-2019

Fecha

11 de junio de 2020

Materia

Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos contenidos en la misma, aceptándolos o negándolos en forma expresa y concreta. TERCERO: Que llamadas las partes a conciliación, ésta no se produce. CUARTO: Que en la audiencia preparatoria se fijó como hechos a probar, los siguientes: 1. Efectividad de haber prestado servicios el demandante Lucnas desde el 01 de abril de 2018, y del demandante Lucnel desde el 01 de noviembre de 2017. 2. Función para la fueron contratados y que debían desempeñar, y las labores que comprendían. 3. Remuneración pactada y efectivamente percibida, ítems que la componen. 4. Efectividad de haber sido despedidos verbalmente, fecha, y antecedentes de hecho y circunstancias. 5. Sistema de pago de gratificación pactada por las partes, efectividad de adeudarse a los demandantes diferencias de gratificación y remuneración por concepto de sueldo mínimo, por el tiempo que indican. Antecedentes de hecho. 6. Si se pagó el feriado legal y proporcional. QUINTO: Que la parte demandante ofreció en la audiencia preparatoria e incorporó en la audiencia de juicio, las siguientes pruebas: Documental: Respecto de Lucnas Dorgely: 1. Copia de Contrato de Trabajo de fechas 01 de abril y 01 de septiembre, ambos de 2018. 2. Copia de Liquidación de sueldo de los meses de marzo y abril de 2019. 3. Copia de Constancia folio 1313/2019/1791, efectuada en Inspección del Trabajo. 4. Acta de comparendo de conciliación de fecha 09 de septiembre de 2019 correspondiente al anexo de reclamo 1313/2019/2979. Respecto de Lucnel Dorgely: 1. Copia de Contrato de Trabajo de fecha 01 de noviembre de 2017. 2. Copia de Liquidaciones de remuneración de los meses de febrero y mayo de 2019. 3. Certificados de cotizaciones de salud de FONASA Y AFP PLANVITAL. 4. Copia de Constancia folio N° 1313/2019/1789, efectuada en la Inspección del Trabajo. 5. Acta de comparendo de conciliación de fecha 06 de septiembre de 2019 correspondiente al anexo de reclamo N° 1313/2019/2971. Confesional: Solicitó, sin embargo, no obtuvo

Fallo

SE DECLARA: I.- Que SE ACOGE la demanda deducida por LUCNAS DORGELY y don LUCNEL DORGELY en contra de FELIPE AGURTO AGUILERA, en cuanto se declara injustificados y nulos sus despidos, y se condena al demandado a pagarle las siguientes prestaciones: A LUCNAS DORGELY: a) Indemnización por años de servicio por $498.500. b) Feriado proporcional y legal (20,2 días) por $335.320. c) Indemnización sustitutiva aviso previo por $498.500. d) Diferencias de gratificación por 16 meses: $280.000. e) Diferencia de remuneración, de acuerdo al período trabajado (16 meses) corresponden a $1.120.000.- A LUCNEL DORGELY: a) Indemnización por años de servicios (2 años) por $1.008.000.- b) Feriado proporcional y legal (21meses=26,35 días) por $443.119. c) Indemnización sustitutiva del aviso previo por $504.000.- d) Diferencias de gratificación por 21 meses por $241.500.- e) Diferencia de remuneración por un total de $966.000; II.- Que las sumas ordenadas pagar deberán reajustarse y aplicárseles el interés correspondiente, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que careciendo el Tribunal de antecedentes respecto de la familia de ambos demandantes no se emite pronunciamiento respecto de pasajes de vuelta a su país de origen, y en lo que atañe a los actores, el demandado deberá pagar sus pasajes de regreso a su país de origen o al que acuerden en su momento las partes, esto es, cuando los demandantes pretendan hacer efectivo abandono del país.

Texto Completo (Preview)

San Bernardo, once de junio de dos mil veinte. VISTO, OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo comparecen LUCNAS DORGELY, actualmente cesante, domiciliado en Franklin N° 125, comuna de Santiago, y LUCNEL DORGELY, actualmente cesante, domiciliado en Cuevas N° 1331, comuna de Santiago, quienes, deducen demanda laboral en contra d

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