Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó

ÁVILA/HELICAL GROUP SPA

Rol

O-31-2020

Fecha

2 de junio de 2020

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones, Viáticos

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS X · LLAMADO A CONCILIACION FALLIDA X · APERCIBIMIENTO X · SENTENCIA INMEDIATA X El Tribunal resuelve escrito presentado por la parte demandante de autos: A lo principal: Téngase presente. Al otrosí: por acompañado los documentos sin perjuicio de su ofrecimiento y rendición en la oportunidad procesal respectiva. Copiapó, dos de junio de dos mil veinte. VISTOS Y OIDO: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó, se inició esta causa R.I.T. O-31-2020, R.U.C. 20-4-0247128-0, por presentación de demandada efectuada por don CRISTOPHER FRANCISCO ÁVILA PIZARRO, ingeniero civil industrial, cedula nacional de identidad N°18.140.490-6, domiciliado para estos efectos en calle Leonidas Pérez N°2063, departamento E 501 comuna y ciudad de Copiapó, quien actúa en esta causa patrocinado por el abogado don José Luis Zepeda Rojas, domiciliado en Calle Los Carreras N°495, oficina 303 de Copiapó, quienes en el contexto del procedimiento de aplicación general interponen demandada por nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales en contra del ex empleador del demandante la empresa HELICAL GROUP SPA, RUT:76.325.122-5, persona jurídica del giro y su denominación, representada legalmente por don Luis Alfonzo Sánchez Barrera, RUT: 9.824.848-K, ingeniero agrónomo, o por quien haga las veces de tal conforme al artículo 4° del Código del Trabajo, todos señalan domicilio en calle Chacabuco N°681, de la comuna y ciudad de Copiapó. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1 a 11, 52, 58, 63, 73, 162, 172, 453 y siguientes todos del Código del Trabajo se resuelve: I.- Que SE HACE LUGAR a la demanda de nulidad del despido intentada por don CRISTOPHER FRANCISCO ÁVILA PIZARRO, en contra de HELICAL GROUP SPA, RUT: 76.192.698-5, representada por don Luis Alfonzo Sánchez Barrera, RUT: 9.824.848-K, o quien haga las veces de tal conforme al artículo 4° del Código del Trabajo, se declara que el despido aplicado al actor fue

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1 a 11, 52, 58, 63, 73, 162, 172, 453 y siguientes todos del Código del Trabajo se resuelve: I.- Que SE HACE LUGAR a la demanda de nulidad del despido intentada por don CRISTOPHER FRANCISCO ÁVILA PIZARRO, en contra de HELICAL GROUP SPA, RUT: 76.192.698-5, representada por don Luis Alfonzo Sánchez Barrera, RUT: 9.824.848-K, o quien haga las veces de tal conforme al artículo 4° del Código del Trabajo, se declara que el despido aplicado al actor fue nulo por no encontrase las cotizaciones debidamente enteradas en las instituciones respectivas en los periodos e instituciones que se señalan en la demanda, en consecuencia y conforme a ello y lo previsto en el artículo 162 inciso 5° inciso 7° del Código del Trabajo, se hace aplicable en la especie la sanción prevista en estos últimos incisos citados y se condena a la parte demandada al pago de las remuneraciones y demás prestaciones que devenguen del contrato de trabajo donde la fecha del despido ocurrida el 30 de noviembre de 2019. Entonces se condena al pago de todas las remuneraciones y demás prestaciones derivadas del contrato de trabajo desde la fecha del despido 30 de noviembre 2019 y hasta la fecha que sea convalidada el pago efectivo, íntegro y total de las cotizaciones del trabajador, previsional y seguridad social o hasta cuando el trabajador registre cotizaciones por parte de un nuevo empleador, cualquiera de los dos sucesos ocurra primero. II.- Que S

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN GENERAL FECHA 02 de junio de 2020 RUC 20-4-0247128-0 RIT O-31-2020 MAGISTRADO FABIOLA ELENA VILLALON GALLARDO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Erick Lazen Zepeda SALA 2 HORA DE INICIO 09:07 HORA DE TERMINO 09:42 Nº REGISTRO DE AUDIO 2040247128-0-1336 PARTE DEMANDANTE Cristopher Francisco Ávila Pizarro. ABOGADO José Luis Zeped

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica