HENRÍQUEZ/SEPÚLVEDA
Rol
M-3997-2019
Fecha
22 de mayo de 2020
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que comparece don WALDO ALBERTO HENRIQUEZ ROJAS, ex chofer-encuadernador, con domicilio en calle Viena N° 2370, Comuna de Conchalí, quien interpone demanda en procedimiento monitorio por despido injustificado y cobro de prestaciones en contra de su ex empleador don JUAN DEMETRIO SEPULVEDA ARANGUIZ, con domicilio en Fermín Vivaceta N° 3401, comuna de Independencia, solicitando el pago de las prestaciones que indica, todo ello con intereses, reajustes y costas. Funda su demanda en que ingresó a prestar servicios para el demandado con fecha 1º de septiembre de 1992, para desarrollar la función de vendedor de mesón en la imprenta de propiedad de este último, pasando a desempeñar funciones con el tiempo de chofer, cortador y encuadernador. Alega que a la época de terminación de sus servicios, percibía una remuneración para efectos indemnizatorios que ascendía a la suma de $588.400, cifra que incluye la cantidad de $31.400, que recibió en pago en efectivo durante el mes de octubre de 2019 y que no fueron incluidos en su liquidación de remuneraciones de ese mes, solicitando que sea tomada en consideración en la base de cálculo de las indemnizaciones ya enteradas por el demandado, cobrado el saldo insoluto, además, de las cotizaciones por dicho diferencial en el mes antes referido. Expone que con fecha 29 de octubre de 2019, fue citado por su empleador a la imprenta, ya que se encontraba de vacaciones en esa época, siendo informado de su despido, sin embargo, ahí quedo el tema, presentándose a trabajar el día 04 de noviembre de 2019, época en la cual se le entrego carta de despido fechada el día 30 de octubre de 2019, fundando su decisión en la causal contemplada en el artículo 161 inciso 1° del Código del Trabajo, esto es, necesidades de la empresa, sin embargo, dicha carta no contiene hechos en que sustente su decisión, por ende, solicita la declaración de que dicha decisión fue injustificada y se ordene el pago del recargo legal respectivo. Por ultimo
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 63, 67, 161, 168, 172, 420, 423, 425 a 432, 434 a 438, 440 a 462 del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que, se ACOGE PARCIALMENTE, la demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones deducida por don WALDO ALBERTO HENRIQUEZ ROJAS, en contra de su ex empleador don JUAN DEMETRIO SEPULVEDA ARANGUIZ, solo en cuanto, se declara injustificado el despido de que fue objeto con fecha 30 de octubre de 2019 y, se condena a la demandada a pagar al actor las siguientes prestaciones: a) La suma de $1.838.100, por concepto de recargo legal 30% respecto de la indemnización por años de servicios ya pagada al actor, de conformidad a lo establecido en la letra a) del artículo 168 del Código del Trabajo. b) La suma de $63.128, por concepto de feriado proporcional adeudado por el último periodo trabajado por el actor, por 3,4 días. II.- Que las cantidades ordenadas pagar en forma precedente deberán serlo con los intereses y reajustes contemplados en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que, se rechaza, en lo demás el libelo. IV.- Que no habiendo resultado totalmente vencida la demandada, no se le condena en costas. V.- Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo resuelto en ella dentro de quinto día hábil, de lo contrario remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral Previsional de Santiago para su cumplimiento compulsivo. Devuélvanse los documentos incorporados por las partes, una
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Santiago, veintidós de mayo de dos mil veinte. VISTOS: PRIMERO: Que comparece don WALDO ALBERTO HENRIQUEZ ROJAS, ex chofer-encuadernador, con domicilio en calle Viena N° 2370, Comuna de Conchalí, quien interpone demanda en procedimiento monitorio por despido injustificado y cobro de prestaciones en contra de su ex empleador don JUAN DEMETRIO SEPULVEDA ARANGUIZ, con domicilio en Fermín Vivaceta N°
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