Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso

MORALES/BAEZA Y AGUDO LTDA.

Rol

M-1651-2019

Fecha

18 de mayo de 2020

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo dispuesto en los artículos 1.698 del Código Civil, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 41 y siguientes, 73, 161 inciso 1°, 162, 163, 168, 172, 173, 420, 453 y 496 y siguientes del Código del Trabajo, disposiciones del Decreto de Ley N°3500 y demás normas legales aplicables en la especie, SE DECLARA: I. Que, se acoge la demanda deducida por don JONATHAN HUMBERTO MORALES NUÑEZ, en contra de su ex empleadora, la empresa BAEZA Y AGUDO LIMITADA, esta última representada por don ADINZON SOTO RIVERA, todos ya individualizados y se declara la nulidad de su despido injustificado y se condena a la demandada a pagar al actor todas las remuneraciones y prestaciones devengadas desde su separación, ocurrida el día 18 de noviembre de 2019, hasta que se realice la convalidación y a declarar y enterar las cotizaciones de seguridad social que se encuentran morosas, esto es, las cotizaciones previsionales y de salud, de los meses de octubre, noviembre, diciembre de 2018, febrero, junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 2019 y las del seguro de cesantía, correspondiente a los meses de octubre, noviembre, diciembre de 2018, febrero, mayo, junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 2019. II. Que, se acoge la demanda y se declara este despido injustificado y se condena al demandado a pagar al demandante, la suma de $376.250.-, por concepto de indemnización sustitutiva por falta de aviso previo, la suma de $376.250-, por concepto de indemnización por años de servicios, debiendo aplicarse a esta última, el recargo legal del 50%, que corresponde a la suma de $188.125.- III. Que, se acoge la demanda y se condena a la demandada a pagar al actor la suma de $431.433.- por concepto de remuneración del mes de octubre y 13 días del mes de noviembre, ambos del año 2019 y la suma de $21.948.-, por concepto de feriado proporcional. IV. Que, a las sumas indicadas, se le deberán aplicar los intereses y reajustes legales. V. Que, se condena en costas a la parte demandada, por haber

Fundamentos

Fundamentos constan en registro de audio. - El Tribunal Resuelve. - Atendido el mérito de autos, se omite la recepción de la causa a prueba y, el Tribunal procede a dictar y notificar la sentencia definitiva, en forma inmediata. En cuanto a lo solicitado por la Defensoría Laboral, déjese su resolución para definitiva. Dictación y Notificación de la Sentencia. Se deja constancia que, el registro íntegro de la sentencia, se encuentra grabado en audio, transcribiéndose sólo su parte resolutiva, en razón de lo dispuesto en Acta 71-2016, de de la Excelentísima Corte Suprema. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO:

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1.698 del Código Civil, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 41 y siguientes, 73, 161 inciso 1°, 162, 163, 168, 172, 173, 420, 453 y 496 y siguientes del Código del Trabajo, disposiciones del Decreto de Ley N°3500 y demás normas legales aplicables en la especie, SE DECLARA: I. Que, se acoge la demanda deducida por don JONATHAN HUMBERTO MORALES NUÑEZ, en contra de su ex empleadora, la empresa BAEZA Y AGUDO LIMITADA, esta última representada por don ADINZON SOTO RIVERA, todos ya individualizados y se declara la nulidad de su despido injustificado y se condena a la demandada a pagar al actor todas las remuneraciones y prestaciones devengadas desde su separación, ocurrida el día 18 de noviembre de 2019, hasta que se realice la convalidación y a declarar y enterar las cotizaciones de seguridad social que se encuentran morosas, esto es, las cotizaciones previsionales y de salud, de los meses de octubre, noviembre, diciembre de 2018, febrero, junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 2019 y las del seguro de cesantía, correspondiente a los meses de octubre, noviembre, diciembre de 2018, febrero, mayo, junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 2019. II. Que, se acoge la demanda y se declara este despido injustificado y se condena al demandado a pagar al demandante, la suma de $376.250.-, por concepto de indemnización sustitutiva por falta de aviso previo, la suma de $376.250-, por concepto de indemnización por

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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO POR VIDEO CONFERENCIA FECHA Valparaíso, 18 de mayo de 2020 RUC 19-4-0237759-6 RIT M-1651-2019 MAGISTRADO JUAN TUDELA JIMÉNEZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS Loreto Vera González SALA 5 HORA DE INICIO 10:00 horas. HORA DE TÉRMINO 10:15 horas. N° REGISTRO DE AUDIO 19-4-0237759-6-1338 PARTE DEMANDANTE COMPARECIEN

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