CAMPOS/INSPECCION COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO NORTE
Rol
I-163-2019
Fecha
29 de abril de 2020
Materia
Costas, Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
hechos inexistentes, ya que la documentación objetiva de la carpeta de fiscalización así lo señala, por lo que sólo queda concluir que he actuado de forma íntegra. Siguiendo nuestra línea argumentativa, perseverar en las infracciones a través de una multa millonaria, pese a haberse acreditado una interpretación ilegal, desproporcionada y arbitraria del fiscalizador, hacen que Ia infracción y multa consecuente no sea aplicada
Fundamentos
considerando: Primero: Que comparece KAREN CAMPOS ALVARADO, trabajadora, con domicilio en Avda. Quilicura N'2150, comuna de Conchalí, deduce reclamación del art. 503 y siguientes del Código del Trabajo, en contra de INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO NORTE, representada por don FERNANDO CAMPOS GODORNIU, inspector comunal del Trabajo, domiciliado en calle San Antonio N"427, 6º Piso, comuna de Santiago, en atención de la ilegitimidad de las resoluciones número 8599/19/14 y 8599119/. Expone que: ” con fecha 1 de febrero de 2019, doña MARIANA ANDREA GALLARDO ZELAYA efectuó una visita inspectiva a mi domicilio particular ubicado en Avda. Quilicura N'2150, comuna de Conchalí, con ocasión de la denuncia interpuesta por doña Andrea del Pilar Alfaro Acevedo, quien alegaba haber sido trabajadora de casa particular contratada por mí, y me acusaba de una supuesta separación ilegal, por el hecho de encontrarse embarazada. Como no me encontraba en mi domicilio, fui citada a la lnspección Comunal del Trabajo Santiago Norte. El día de la citación, ll de febrero de 2019, concurrió en mi representación don RODRIGO HOGES REYES, abogado, quien expresamente declaró: "que, no se reconoce relación laboral bajo vinculo de subordinación y dependencia, atendido a que se trata de una prestación de servicios esporádicos, sin día fijo, sin horario fijo y que de hecho no existe despido, puesto que la propia denunciante Andrea Alfaro dejó de prestar servicios a finales del mes de diciembre de 2018, no concurriendo desde ese entonces, sin manifestar motivo ni explicación" Señala: ” Pese al ánimo de esta parte, tendiente a evitar toda clase de 'multa y confrontación, fue imposible alcanzar acuerdo con la denunciante, ya que ésta exigía la suma de $1.500.000 (un millón quinientos mil pesos) a cambio de retirar los cargos, por lo que dicha propuesta, debido al carácter irrenunciable de los derechos laborales especialmente en lo relativo a la protección a la maternidad, no fue aceptada. No obstante, la inspectora del trabajo Sra. MARIANA ANDREA GALLARDO ZELAYA, procedió a "constatar' numerosas infracciones, pese al expresa negativa del supuesto vínculo de subordinación y dependencia necesario tanto para una eventual fiscalización como para la constatación de supuestas infracciones laborales. RESOLUCION DE MULTA 8599/19/14, de fecha 22 de febrero de 2019: Dispone que, con fecha 18 de febrero de 2019, en el curso de fiscalización efectuada por doña MARIANA ANDREA GALLARDO ZELAYA, constató UNA supuesta infracción en mi contra, consistente en: 1. "separar ilegalmente de sus funciones a la trabajadora doña Andrea del Pilar Alfaro Acevedo RUT 15.565.775-6 al no contar para ello con la autorización previa del juez competente, habiéndose constatado que se encuentra amparada por fuero laboral por maternidad según consta en el respectivo certificado matrona,' Al respecto, esta parte declara que la notificación de la presente multa carecía de la parte considerativa y resolutiva, debido
Fallo
se declara: I.- Que, SE RECHAZA en todas sus partes, el reclamo interpuesto por don KAREN CAMPOS ALVARADO, con costas, las que se fijan y regulan en la suma de $200.000.- Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad RIT : I-163-2019 RUC : 19- 4-0179132-1 Pronunciada por don GIANNI POZZI ANILIO, Juez Suplente del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a veintinueve de abril de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veintinueve de abril de dos mil veinte. Vistos, oídos y considerando: Primero: Que comparece KAREN CAMPOS ALVARADO, trabajadora, con domicilio en Avda. Quilicura N'2150, comuna de Conchalí, deduce reclamación del art. 503 y siguientes del Código del Trabajo, en contra de INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO NORTE, representada por don FERN
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