Juzgado de Letras de Yungay

BETANCOUR/MUNICIPALIDAD PEMUCO

Rol

O-25-2017

Fecha

31 de marzo de 2020

Materia

Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece Karla Andrea Wuth Aguilera, abogada, con domicilio en Constitución 418 oficina dos, Chillán, en nombre y representación, Alejandro Andrés Gasaui Irribarra, profesor, Rut 13.616.721-9; Ana Isabel San Martín Palma, profesora, Rut 8.651.386-2; Ana María Jiménez Bucarey, profesora, Rut 6.477.065-9; Berta Josefina Valdés Peñailillo, profesora, Rut 7.112.838-5; Cristian Reinaldo Quezada Bustos, profesor, Rut 14.294.733-1; Dagoberto Edgardo Palavecino Rubilar, profesor, Rut 8.909.438-0; Doris Herminia Paredes Constanzo, profesora, Rut 10.445.425-9; Francisco Javier Saavedra Álvarez, profesor, Rut 13.437.519-1; Gilda Mabel Pino Herrera, profesora, Rut 7.225.159-8; Guillermo Amoldo Ortiz Mariqueo, profesor, Rut 8.759.324-K; Héctor Andrés Torres Rodríguez, profesor, Rut 6.183.686-1; Jacqueline Madelaine Muñoz Chamorro, profesora, Rut 8.632.238-2; Jaime Alfonso Herrera, profesor, Rut 6.129.064-8; Joanna Marjolenny Sepúlveda Astudillo, profesora, Rut 14.437.056-2; Jorge Faustino Ruiz Mora, profesor, Rut 7.709.574-8; José Flavio Palavecino Ramírez, profesor, Rut 7.341.086-K; María Analy Urra Morales, profesora, Rut 13.601.736-5; María del Carmen Cruces Rebolledo, profesora, Rut 6.709.188-4; María Elena Sandoval Montenegro, profesora, Rut 8.199.368-8; Marjolaine Sinela del Pilar Guiñez Núñez, profesora, Rut 9.193.718-2; Matilde Isabel Vielma Carrasco, profesora, Rut 6.884.856-3; Miriam Deisy Vega Bello, profesora, Rut 13.140.298-8; Olga Graciela Moraga Ramírez, profesora, Rut 6.671.517-5; Tomas Antonio González Mardones, profesor, Rut 14.125.887-7; Yolanda Margot Betancourt Castillo, profesora, Rut 9.049.130-K; todos domiciliados, para estos efectos en Las Rosas 3530, Villa Los Jardines, Pemuco; e interpone demanda de cobro y reliquidación de remuneraciones adeudadas y no pagadas oportunamente, consistente en un bono proporcional mensual de la ley 19.933, en contra de la Ilustre Municipalidad de Pemuco, Rut 69.141.600-3, persona jurídica de derecho público, representada legalmente por don Johnnson Guiñez Núñez, Rut 8.993.729-9, ambos con domicilio en San Martín número 498, Pemuco, en calidad de sostenedora de los establecimientos educacionales en que se desempeñan cada uno de los profesores a quienes representa. La demanda se funda en que todos los actores demandan el pago íntegro del 80% de los recursos otorgados por la Ley N° 19.933, incorporado en el Bono de Subvención Adicional Especial, en adelante SAE, correspondiente al Bono Proporcional Mensual, en adelante BPM, por el periodo señalado y especificado en el petitorio del presente libelo, comprendido entre 08 de septiembre de 2012 hasta 08 de septiembre de 2017, suma que deberá pagarse hasta la dictación de la sentencia ejecutoriada en esta causa, más los correspondientes reajustes, intereses y multas, de acuerdo a la normativa legal. Sostiene que este Bono Proporcional Mensual, corresponde a una remuneración legal que deben recibir los actores, en virtud de su contrato

Fallo

Por tanto, solicita el derecho al pago íntegro del BONO PROPORCIONAL MENSUAL con cargo al ochenta por ciento de lo percibido por ambas leyes -19.410 y 19.933-y no solamente por concepto de una de ellas. Expone cuáles son los montos que la demandada ha recibido por Subvención Adicional Especial (SAE) por concepto de ambas leyes desde el año 2012 al 2017 y la cantidad consistente en el ochenta por ciento de cada ley: Ley N° 19.410 AÑO MONTO TRANSFERIDO A MUNICIPALIDAD 100% 80% (B.P.M) 2012 $45.795.181 $36.636.144 2013 $46.771.169 $37.416.935 2014 $49.609.644 $39.687.715 2015 $53.706.132 $42.964.905 2016 $55.884.633 $44.707.706 Ajunio2017 $25.832.848 $20.666.278 Montos obtenidos de información del MINEDUC. Ley N° 19.933 ANO MONTO TRANSFERIDO A MUNICIPALIDAD 100% 80% (B.P.M) 2012 $154.826.861 $123.861.489 2013 $155.820.301 $124.656.241 2014 $168.862.178 $135.089.742 2015 $181.898.543 $145.518.834 2016 $188.655.075 $150.924.060 Ajunio2017 $89.148.936 $71.319.148 Montos obtenidos de información del MINEDUC. En cuanto al procedimiento de cálculo y el monto adeudado a cada actor, señala que la demandada ha recibido por concepto de subvención en virtud de las leyes N° 19.410 y N° 19.933, las remesas que se acreditarán en el curso del juicio. Por su parte, en los PADEM comunales, nada se dice respecto de las remesas que la ley N° 19.933 ha traspasado a la Municipalidad, siendo esta información omitida y oculta para todo el sector docente. A par

Texto Completo (Preview)

Yungay, treinta y uno de marzo de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece Karla Andrea Wuth Aguilera, abogada, con domicilio en Constitución 418 oficina dos, Chillán, en nombre y representación, Alejandro Andrés Gasaui Irribarra, profesor, Rut 13.616.721-9; Ana Isabel San Martín Palma, profesora, Rut 8.651.386-2; Ana María Jiménez Bucarey, profesora, Rut 6.477.065-9; Berta Josef

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