FUENTES/CARTONAJES GRAU LIMITADA
Rol
O-342-2019
Fecha
25 de marzo de 2020
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones Previsionales, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, se llevó a efecto audiencia de juicio oral en los autos R.I.T. O- 342-2019, RUC N° 19-4-0181037-7 por nulidad de despido, despido injustificado y cobro de prestaciones, solicitado en procedimiento de aplicación general. La demanda fue entablada por don JOSE FUENTES ATABALES, maestro prensista, domiciliado en Pasaje Jacarandá Nº 334 comuna de San Bernardo, quien lo hizo asistido por el abogado don Luis Vergara Cortez. La demandada CARTONAJES GRAU LIMITADA, del giro de su denominación, representado por don Enrique Grau Araujo, ambos domiciliados en calle Juan Francisco Rivas Nº 9435 de la comuna de La Cisterna, no obstante encontrarse legalmente notificada para comparecer, la misma no lo ha realizado manteniéndose rebelde durante toda la tramitación del presente litigio. OIDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don JOSE FUENTES ATABALES interpuso demanda- en procedimiento de aplicación general- en contra de CARTONAJES GRAU LIMITADA con el objeto que
Fallo
se declarara que su despido era nulo e injustificado y que conforme a ello era procedente condenar a la antes referida al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones, todas las cuales se reclaman debidamente reajustadas, con intereses y las costas de la causa; a saber: a) $ 1.098.900 por concepto de remuneraciones adeudadas correspondientes a los meses de diciembre de 2018 ($ 363.900) y enero de 2019 ($ 735.000); b) $ 735.000 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; c) $8.085.000 por concepto de indemnización por años de servicio; d) $ 4.042.500 por concepto de recargo legal; e) $ 1.102.500 por concepto de recargo legal correspondiente al 150% de la indemnización sustitutiva del aviso previo; f) Cotizaciones de seguridad social adeudadas durante la vigencia de la relación laboral; g) Remuneraciones y demás prestaciones derivadas de lo establecido en el artículo 162 del Código del Trabajo. Funda su demanda indicando que comenzó a prestar servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia de la empresa Cartonajes Graphispack S.A. el día 01 de julio de 2008 para luego con fecha 04 de abril de 2011 hacerlo firmar un nuevo contrato con la demandada quien le reconoció su tiempo de antigüedad laboral. Indica que de acuerdo a dicho contrato de trabajo debía prestar servicios de maestro prensista, labores que debieron ser ejecutadas en una jornada de trabajo de 45 horas distribuidas de lunes a viernes de acuerdo al horario fijado en el respectivo Reglam
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PROCEDIMIENTO: Aplicación General. MATERIA: Nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones. DEMANDANTE: José Fuentes Atabales DEMANDADO: Cartonajes Grau Limitada. RUC: 19-4-0181037-7 RIT: O-342-2019 _________________________________________/ San Miguel, veinticinco de marzo de dos mil veinte. VISTOS: Que ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, se llevó a efec
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