PACHECO CON MINISTERIO DESARROLLO SOCIAL
Rol
T-43-2019
Fecha
20 de marzo de 2020
Materia
Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación, Otras Indemnizaciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: MIGUEL ÁNGEL REYES POBLETE, abogado, domiciliado en la ciudad y comuna de Concepción, calle Caupolicán 165 oficina 1, en representación de XIMENA DEL CARMEN PACHECO GONZALEZ, socióloga, domiciliada en la ciudad de San Carlos, calle Brasil 049, entabla denuncia de Tutela de Vulneración de Derechos Fundamentales en contra del FISCO DE CHILE, representado judicialmente por la abogada procuradora fiscal doña Mariella Dentone Salgado, ambos domiciliados a este efecto en Chillán, calle 18 de septiembre 329, y en contra de MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, representada legalmente por el Ministro sr. Alfredo Moreno Charme, domiciliados a este efecto en la ciudad de Chillán, Carrera 481. HECHOS I.- Antecedentes de contexto 1.- Relación estatutaria: Su mandante se desempeña como profesional a contrata, grado 19 de la Escala única de sueldos (en lo sucesivo EUR), en la Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social (en lo sucesivo “SEREMI-MINDES”). Ello en el escalafón administrativo, a pesar de ser profesional. 2.- Remuneración: El promedio de sus últimas 3 remuneraciones brutas es de $ 1.001.486 aproximadamente. 3.- Funciones originales: Antes de la llegada de la Delegada Ministerial del Desarrollo Social, efectuaba labores en la SEREMI-MINDES, de “Supervisora del Registro Social de Hogares”, donde las labores de cada uno de los 3 Supervisores de la antigua zona geográfica del Biobío, (la actual Región de Ñuble), eran claras, definidas, bien delimitados, capacitados, asesorados y bien apoyados por los profesionales desde la unidad de focalización de la SEREMI-MINDES de la otrora Región del Biobío. Su mandante es dependiente de la Subsecretaría de la Subsecretaria de Servicios Sociales del Ministerio de Desarrollo Social. II.- Cambio de Región y autoridades 4.- Nueva división de territorio : Tras la publicación el 5 de septiembre de 2017 de la ley 21.033 que creó la Región de Ñuble, la nueva entidad administrativa comenzó a funcionar formalmente el 6 de sept
Fundamentos
considerando los escasos recursos que se dispusieron para tan grande tarea. Las funciones que le correspondió realizar, desde la llegada de Delegada Ministerial a Ñuble, fueron muchísimas: de orden logístico, administrativo, técnico, profesional y jurídico. A saber: a. Logístico: En el mes de julio, les correspondió el traslado de todo lo correspondiente a los bienes muebles de la SEREMI, que estaba en Ñuble hasta ese momento1, actividad que se realizó en dos oportunidades: - Desde las dependencias de la Gobernación a calle Constitución 133, dependencias del FOSIS Región de Ñuble, y - Desde esa dirección, se debió generar el traslado hasta las actuales dependencias de la SEREMI de Desarrollo Social de Ñuble, Carrera 481 y 475. 1 Archivadores, escritorios, sillas, mesas, documentación, libreros, estantes, etc. 2 Para estos procesos, también les correspondió a los profesionales en comento, gestionar el vehículo de traslado. El funcionario Roberto Bustos Figueroa, gestionó la camioneta de su padre para tal cometido. 3 Espacio físico donde siempre funcionaron los profesionales de la SEREMI de Desarrollo Social del Biobío, las que se debían desalojar antes de entrar en funcionamiento de la Región de Ñuble, ya que dicho espacio sería remodelado para la futura instalación de la SEREMI de Gobierno. 4 Donde los profesionales estuvieron funcionando aproximadamente durante 2 meses. Una vez instalados en las dependencias (que no estaban habilitadas completamente aún), las tareas a desarrollar fueron mucho más. Apoyó en temáticas relativas a recepción de muebles nuevos que llegaban desde Nivel Central, recibir a oferentes y mostrarles las instalaciones (servicio de aseo, servicio de telefonía) hacer las respectivas actas y remitirlas a Nivel Central. Le correspondió administrar las llaves de las dependencias, en reiteradas ocasiones, debió cerrar las dependencias de la futura SEREMI. b. Labores de Jefe de Gabinete: Le correspondió llevar la agenda de la Delegada, contactar a todos los municipios y otras reparticiones, para concertar reuniones con los alcaldes y/u otras autoridades de la Región, a fin de que la autoridad concretara reuniones con cada uno de ellos y cumplir con las metas de despliegue territorial entregadas desde la Delegación Presidencial, tal como ella, en reiteradas ocasiones, así lo manifestó. En esta misma línea y a pesar de que en Agosto de 2018, ingresó a trabajar la periodista encargada de comunicaciones y jefe de gabinete, Srta Rocío León Candia, su mandante debió seguir realizando labores de Jefe de Gabinete, armando la agenda de la Delegada, la que debía incluir también las actividades que eran derivadas desde Biobío y las actividades mediáticas de los distintos programas que se estaban ejecutando en Ñuble, a saber: Programa Vínculos, Abriendo Caminos, Programa Calle, Habitabilidad, etc, por lo que las profesionales a cargo en Ñuble, entregaban a mi mandante la información relativa a su planificación y ésta las llevaba a la ag
Fallo
POR TANTO, atendido el mérito de lo expuesto y de lo dispuesto en los arts. 2, 485 y demás pertinentes del Código del Trabajo, 1, 5, 19 Nº1 y demás pertinentes de la Constitución, PIDE, tener por entablada denuncia de tutela laboral FISCO DE CHILE, representado judicialmente por la abogada procuradora fiscal doña Mariella Dentone Salgado, y en contra de MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, representada legalmente por el Ministro sr. Alfredo Moreno Charme, todos ya individualizados, admitirla a tramitación, para en definitiva acogerla,: 1.- Declarar que el Ministerio de Desarrollo Social vulneró los derechos fundamentales de mi mandante; 2.- Se declare que: 2.1.- Se condena al Ministerio a implementar políticas concretas, eficaces, transparentes, razonadas y revisables para prevenir, abordar y sancionar la discriminación y el acoso laboral, estableciendo plazos no superiores a un año para su diseño y comienzo de implementación, salvo mejor parecer de SSA.; 2.2.- Se condena al Ministerio a implementar políticas objetivas, transparentes, razonadas y revisables respecto de las precalificaciones y calificaciones, estableciendo plazos no superiores a un año para su diseño y comienzo de implementación, salvo mejor parecer de SSA.; 2.3.- Se condena al Ministerio a implementar políticas concretas, eficaces, transparentes, razonadas y revisables para permitir y promover la creación y mantención de asociaciones de funcionarios en la institución, estableciendo plazos no superiores a un año p
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Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán Chillán, veinte de marzo de dos mil veinte. VISTOS: MIGUEL ÁNGEL REYES POBLETE, abogado, domiciliado en la ciudad y comuna de Concepción, calle Caupolicán 165 oficina 1, en representación de XIMENA DEL CARMEN PACHECO GONZALEZ, socióloga, domiciliada en la ciudad de San Carlos, calle Brasil 049, entabla denuncia de Tutela de Vulneración de Derechos Fundamen
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