LANGER/CORPORACIÓN MUNICIPAL DE RENCA
Rol
O-3311-2019
Fecha
20 de marzo de 2020
Materia
Despido indirecto, Indemnización por años de servicios, Otras Indemnizaciones, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que con fechas dos, cinco y dieciseis de diciembre de dos mil diecinueve, ante este Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se llevó a efecto audiencia de juicio oral en los autos R.I.T. O-3311-2019, por Despido Indirecto y Cobro de Prestaciones, solicitado en procedimiento de aplicación general. La demanda fue interpuesta por don Manfredo Isaac Langer Ramírez, empleado, cédula de identidad 12.138.301-2, con domicilio para estos efectos en Bombero Ossa N°1010, oficina 1026, Santiago, quien fue asistido legalmente por la abogada doña Susana Fernández Mardones. La demandada Corporación Municipal de Educación y Salud de Renca, RUT. 70.931.100-K, representada por don Boris de los Ríos Bravo, ambos con domicilio para estos efectos en calle Blanco Encalada N°1335, Renca, fue asistida legalmente por la abogada doña Pía Constanza Briceño Sepúlveda.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Argumentos y pretensiones del actor: Que el demandante solicitó que
Fallo
se declarase que su ex empleador incurrió en graves incumplimientos a sus obligaciones contractuales y, conforme a ello, se ordene el pago reajustado, con intereses y costas de las indemnizaciones por término de servicio, con el recargo legal del 50%, más pago de una indemnización por lucro cesante de $124.200.000, o bien las cantidades que fije el Tribunal. Fundó su solicitud en que ingresó a prestar servicios laborales subordinados y dependientes con fecha 1° de marzo de 2018, desempeñándose como Director del Establecimiento Educacional Escuela General Manuel Bulnes Prieto RBD 10205, ubicado en calle Aníbal Zañartu N°1870 de la comuna de Renca con una remuneración mensual de $2.587.500. Refirió que ingresó previo concurso público, por el sistema de alta dirección pública, siendo designado por Resolución 00022 de fecha 26 de febrero de 2018, por el periodo de 5 años, por tanto consigna sería un contrato de plazo fijo. Consigna que en su desempeño, desde el inicio de la relación tuvo que sortear diversos obstáculos, los que al final determinaron que se auto despidiera con fecha 28 de febrero de 2019, reprochando graves incumplimientos a su empleadora, cumpliendo con las formalidades legales. En específico reprochó no cumplir con plazos respecto de la firma del convenio directivo; impedir realizar la cuenta pública a la comunidad escolar; no entregar al Director la información financiera en modo y forma que establece la normativa, lo que habría obstaculizado su gestión dire
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PROCEDIMIENTO: Aplicación General MATERIA: Despido Indirecto y Cobro de Prestaciones DEMANDANTE: Manfredo Isaac Langer Ramírez DEMANDADO: Corporación Municipal de Educación y Salud de Renca RIT: O-3311-2019 _________________________________________/ Santiago, veinte de marzo de dos mil veinte VISTOS: Que con fechas dos, cinco y dieciseis de diciembre de dos mil diecinueve, ante este Segundo Juzga
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