CASTILLO/MARTÍNEZ
Rol
M-299-2019
Fecha
17 de marzo de 2020
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Horas extras, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Comparece doña VIVIANA DEL CARMEN CASTILLO LARA, vendedora, cédula nacional de identidad 14.351.457-9, domiciliado en Lincoyan S-N, Comuna de Los Ángeles, interponer demanda en Procedimiento Monitorio por Nulidad del Despido, Despido Injustificado y Cobro de Prestaciones Laborales en contra de don OCTAVIO ENRIQUE MARTINEZ VALDEBENITO, de profesión desconocida, cédula de identidad 10.284.388-6, con domicilio en Rengo 261-B, ex casa matriz de zapatería Full Calzados, lugar en que se siguen encontrando otros dos locales comerciales del mismo dueño, de acuerdo a los antecedentes de hecho esgrimen en la misma. Más argumentos constan en audio: De conformidad a lo dispuesto en el artículo 62 inciso 3 del acta 71-2016 de fecha 16 de junio de 2016 de la excelentísima Corte Suprema de Justicia, se transcribe la parte resolutiva del presente fallo. Teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 10, 41, 63, y siguientes, 73 y siguientes, 162, 168, 173, 446 y siguientes, 449 y siguientes todos del Código del Trabajo, el tribunal resuelve lo siguiente: Que, se acoge la demanda incoada por doña VIVIANA DEL CARMEN CASTILLO LARA en contra de don OCTAVIO ENRIQUE MARTÍNEZ VALDEBENITO ambos ya individualizados, declarando el Tribunal lo siguiente: I.- Que, la existencia de relación laboral entre las partes, entre los días 05 de marzo del año 2019 al 06 de julio del año 2019; II.- Que, con fecha 06 de julio del año 2019 la demandante fue despedida de manera verbal, sin expresión de causa; III.- Que, el despido es nulo toda vez al momento del mismo, no se habían enterado las cotizaciones previsionales respecto de los periodos laborados por la demandante. En ese contexto se condena al demandado al pago de las siguientes prestaciones: 1.- La suma de $301.000.- por falta de aviso previo; 2.- La suma de $60.000.- por remuneraciones adeudadas al momento del despido; 3.- La suma de $84.447.- por feriado proporcional; 4.- La suma de $358.186.- por horas extraordinaria; 5.- Y, diferencial de remuneraciones en atención a que fueron pagadas remuneraciones por montos inferior al salario minimo mensuales, por $244.000.-; Asimismo
Fallo
se declara que el despido es nulo, y en consecuencia el empleador será condenado a pagar las remuneraciones que se devenguen entre la fecha del despido y su convalidación, según lo dispuesto en los incisos 5° y siguientes del artículo 162 del Código del Trabajo, en razón, de $101.000.- mensuales. Oficiese a la AFC Chile, Fonasa y AFP Capital, a fin de que tomen conocimiento de lo resuelto e inicien las respectivas acciones de cobro por obligaciones adeudadas. Notifíqueseles por correo electrónico; A las sumas antes señaladas se le aplicarán intereses y reajustes de acuerdo a los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, hasta la fecha del el pago efectivo; Se condena en costas al demandando, fijándose las personales en la suma de ciento veinte mil pesos ($120.000.-). Las partes quedan válidamente notificadas de las resoluciones dictadas en audiencia. Anótese y Regístrese RIT: M-299-2019 RUC: 19-4-0223712-3 Dirigió Don CLAUDIO ALEJANDRO ÁLVAREZ RAMÍREZ, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Los Angeles. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición del interviniente. Juzgado de Letras del Trabajo de Los Angeles, dieciséis de marzo de dos mil veinte.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 16 de marzo de 2020 RUC 19- 4-0223712-3 RIT M-299-2019 MAGISTRADO CLAUDIO ALEJANDRO ÁLVAREZ RAMÍREZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS Octavio Tobar Chávez HORA DE INICIO 08:44 horas HORA DE TERMINO 08:59 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 1940223712-3-1359 PARTE DEMANDANTE compareciente VIVIANA DEL CARMEN CASTILLO
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