VILLALOBOS/SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANISMO REGIÓN METROPOLITANA
Rol
O-5609-2019
Fecha
13 de marzo de 2020
Materia
Costas, Despido indirecto, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
hechos controvertidos, los siguientes: 1. Efectividad que la demandante prestó servicios personales bajo dependencia y subordinación de la demandada. Fecha de inicio, cargo y funciones desempeñadas. Lugar de trabajo. Jornada pactada y efectivamente desempeñada. En el evento de acreditarse el contrato de trabajo: 2. Remuneración pactada y efectivamente percibida. Cuantía para efectos indemnizatorios. 3. Fecha de término de la relación laboral. Cumplimiento de formalidades legales, efectividad de los hechos señalados en la comunicación de término, pormenores y circunstancias. 4. Estado de pago de las cotizaciones previsionales correspondientes a AFP Modelo, FONASA y AFC Chile, durante la vigencia del vínculo laboral. 5. Cuantía del feriado legal y proporcional devengado. CUARTO: En audiencia de juicio, celebrada el 02 de marzo de 2020, las partes en apoyo de sus alegaciones, incorporaron la documental individualizada en el acta de audiencia, rindiendo la demandante la confesional de Claudio Donoso Alemparte, y el testimonio de Victoria Arelan Gago Peralta y de Camila Fernanda Rojas Yáñez, y la demandada, la confesional de la actora, y el testimonio de Cecilia Talia del Tránsito Argandoña Torreblanca, cuyas declaraciones constan en el registro de audio. A su vez, la demandante incorporó los documentos exhibidos por la demandada. QUINTO: Conforme fluye de los escritos principales, no se advierte controversia, en la circunstancia que la actora prestó servicios para la demandada, mediante la suscripción de convenios a honorarios, desde el 11 de enero de 2016, desempeñándose como ingeniero de proyectos, en la Subdirección de Pavimentación y Obras Viales, del Departamento de Obras de Pavimentación, por lo que, atento se estableció al recibir la causa a prueba, corresponde determinar si la relación habida entre las partes, tuvo naturaleza laboral,
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece a este Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, SARA ESTER VILLALOBOS ZÚÑIGA, cédula de identidad N°17.383.683-K, domiciliada en Corcovado N°1732, San Ramón, quien interpone demanda en procedimiento de aplicación general por despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones, en contra de SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACIÓN METROPOLITANO, RUT N°61.812.000-7, representado legalmente por César Faúndez Burgos, ambos domiciliados en Serrano N°45, Santiago, solicitando se declare la existencia de la relación laboral entre las partes, la que concluyó por incumplimientos de la demandada, ejerciendo el derecho conferido por el artículo 171 del Código del Trabajo, condenándola al pago de las siguientes prestaciones: a) $1.696.976.- por indemnización sustitutiva del aviso previo, b) $5.090.928.- por indemnización por tres años de servicios, más $2.545.464.- por el recargo del 50%, c) $2.396.979.- por 42,375 días corridos de feriado legal y proporcional, e) cotizaciones de seguridad social por todo el periodo que duró la relación laboral, f) remuneraciones que se devenguen desde la fecha del despido hasta su convalidación, más intereses, reajustes y costas. Para fundar su acción, sostiene haber ingresado a prestar servicios para la demandada, bajo vínculo de subordinación y dependencia, con fecha 11 de enero de 2016, específicamente en la Subdirección de Pavimentación y Obras Viales, Departamento de Obras de Pavimentación, para desempeñar el cargo de ingeniero de proyectos, bajo la modalidad de contrato a honorarios, percibiendo una remuneración mensual de $1.696.976.-, que se pagaba contra boleta de honorarios, previa presentación de certificado de asistencia, emanado de la jefatura administrativa de la repartición y además, del informe de desempeño además de la boleta de honorarios emitida. Afirma que, sus funciones como ingeniero de proyectos consistían en preparar documentación planimétrica para el proceso de licitaciones de conservaciones sectoriales y DTPM, realizar diseño geométrico y estructural de caminos, además de diseño de saneamiento de aguas lluvias, generando planos, cubicaciones, presupuesto, especificaciones técnicas, entre otros, con la finalidad de atender la solicitud de convenios con entidades externas a SERVIU, otorgando un informe favorable que aprueba técnicamente el proyecto, realizar visitas a terreno para chequear aspectos técnicos para el diseño del proyecto vial, tomar decisiones respecto de las alternativas del proyecto que se generen y adoptar soluciones, durante el proceso de ejecución de los contratos, evaluar y/o diseñar las modificaciones de obras y obras extraordinarias, y en general, realizar todas las actuaciones necesarias para el correcto desempeño de labores encomendadas por el encargado del Equipo de Desarrollo de Proyectos, Francisco Zapata Aravena, a quién reportaba sus funciones directamente, y luego, a José Quilahuilque Mardones, sin perjuicio de las i
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además, lo dispuesto en los artículos 7, 8, 10, 63, 162, 168, 171 y siguientes, artículos 420, 425 a 462 del Código del Trabajo, y demás normas pertinentes, se declara: I. Que se RECHAZA íntegramente la demanda. II. Que cada parte se hará cargo de sus costas. Regístrese y archívense los antecedentes en su oportunidad. RIT : O-5609-2019.- RUC : 19-4-0210735-1.- Pronunciada por Marcela Solar Catalán, Juez titular de este Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
Texto Completo (Preview)
Santiago, trece de marzo de dos mil veinte.- VISTOS, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece a este Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, SARA ESTER VILLALOBOS ZÚÑIGA, cédula de identidad N°17.383.683-K, domiciliada en Corcovado N°1732, San Ramón, quien interpone demanda en procedimiento de aplicación general por despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones, en c
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