MORALES/CONCESIONES PROVIDENCIA S.A.
Rol
O-6216-2019
Fecha
12 de marzo de 2020
Materia
Costas, Daño moral, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Prestaciones, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
antecedentes de hecho y derecho que expondremos a continuación: I. LOS HECHOS. Nuestros representados fueron contratados por la empresa "Concesiones Providencia S.A", para desarrollar funciones como "operadores de parquímetros", dicha labor consistía en indicarle a los conductores donde podían estacionar sus vehículos, en el espacio demarcado dentro de un espacio determinado, debían desplazarse permanentemente dentro de la cuadra o cuadras asignadas para colaborar en la maniobra efectuada por el conductor del vehículo al espacio destinado a estacionar, como también debían efectuar los cobros por el tiempo que usaran los estacionamientos al momento de retirarse de ellos y emitir la boleta respectiva de pago, realizando sus funciones siempre dentro del perímetro determinado por su empleador en la comuna de Providencia, dado que la empresa producto de una licitación pública vía Chilecompra, mantenía un contrato con la Ilustre Municipalidad de Providencia, el cual finalizaba el día 23 de marzo de 2019. Sus fechas de ingreso, sus fechas despido y la remuneración en virtud del artículo 172 de cada trabajador demandante son los siguientes: N° APELLIDOS NOMBRES Fecha de ingreso Fecha de despido Remuneración 172 CT 1 Aceituno Ahumada Enrique Andrés 01-06-2012 24-03-2019 $658.258.- 2 Adriazola Méndez Francisco Javier 08-01-2013 29-03-2019 $670.503.- 3 Anabalón Ovando Jacqueline Noemí 09-12-2014 24-03-2019 $699.979.- 4 Araneda López Hernaldo Nivaldo 01-09-2011 24-03-2019 $605.248.- 5 Aravena Ávila Raúl Francisco 18-08-2013 24-03-2019 $662.857.- 6 Ávila Romero Mauricio Arturo 02-07-2013 24-03-2019 $609.864.- 7 Barrios Jara Francisco Javier 01-09-2011 24-03-2019 $774.494.- 8 Burgos Ulloa Mario Eduardo 15-04-2016 24-03-2019 $444.168.- 9 Cáceres Becerra Víctor Luis 14-11-2013 24-03-2019 $668.975.- 10 Cárdenas Martínez Rosa Cleria 01-09-2019 24-03-2019 $741.223.- 11 Carrasco Becerra Ronald Alexis 13-03-2012 24-03-2019 $884.054.- 12 Chávez Zelada Rey Joel 17-06-2015 24-03-2019 $670
Fundamentos
considerando que el cómputo del plazo es de días completos y el mes de febrero tuvo este año sólo 28 días, por lo que corresponde que el empleador pague la indemnización por falta de aviso previo, a todos aquellos trabajadores a los que no se les pago dicha indemnización. Cuando a nuestros representados se les hizo entrega de la carta de despido y reconociendo que la empresa ganadora de la licitación "Cleverpark SpA" era una empresa del mismo Holding ECM, don Marcelo Alarcón Encina, gerente de sucursal de Concesiones Providencia (actual gerente de administración de la empresa Cleverpark SpA) les ofreció a los trabajadores poder ingresar a la empresa "Cleverpark SpA", sometiéndose previamente a una capacitación y a un proceso de selección. Es del caso que esta capacitación se comenzó a desarrollar los días sábados en la tarde, con una asistencia de 30 trabajadores aproximadamente por jornada, sin embargo, solamente quedaron "seleccionados" en la nueva empresa 7 de ellos, numero marginal si consideramos que todos los trabajadores podrían haber quedado perfectamente seleccionados si llevaban años desarrollando esas mismas funciones y
Fallo
por tanto era quienes mejor podían realizar el trabajo de operador de parquímetros, más bien a los trabajadores se les hizo creer que estaban participando de un proceso de selección, pero solo se hizo un ejercicio de generar la esperanza de continuar con trabajo y desdibujar la responsabilidad de la empresa en haber generado las condiciones para despedirlos y que además hizo evidente dos cosas, primero que su exempleadora sabía de antemano que no ganaría la licitación y segundo que sabían también que la ganaría la empresa que ellos habían creado para postular y adjudicarse la licitación, todo S.S., sin que a esa fecha se supiera del resultado de la licitación o así debería ser en toda licitación pública. Así es que entre el 21 al 25 de marzo de 2019, nuestros 73 representados fueron finiquitados. Cuando fueron a retirar sus finiquitos, se dieron cuenta que en la mayoría de los casos la empresa no les había pagado la indemnización sustitutiva por falta de aviso previo, y que además existían diferencias en el pago de sus indemnizaciones por años de servicios y en algunos casos en su indemnización sustitutiva por falta de aviso (ya que a algunos trabajadores si se les cancelo dicha indemnización). A lo anterior, debemos sumarle que si bien la empresa Concesiones Providencia había perdido la licitación por lo que se les había terminado el contrato con la Municipalidad de Providencia y en consecuencia fue el motivo principal de ponerle término a los contratos de trabajo de nuestr
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, doce de marzo de dos mil veinte. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Comparecencia y demanda. CARMEN LUISA GARCÍA CASTRO, abogada, de nacionalidad chilena, soltera, cédula de identidad N°17.328.289-3 y REBECA IGNACIA MORALES PERALTA, abogada, de nacionalidad chilena, casada, cédula de identidad N°16.129.112-9, ambas
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