2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

URRUTIA/FISCO DE CHILE

Rol

T-947-2019

Fecha

10 de marzo de 2020

Materia

Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 485 inciso 3º CT, Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones

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Hechos

VISTOS: Que con fecha seis de diciembre de dos mil diecinueve, ante este Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se llevó a efecto audiencia de juicio oral en los autos R.I.T. T-947-2019, por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido, solicitado en procedimiento especial de tutela laboral. La denuncia fue interpuesta por don Freddy Jorge Urrutia Aguilar, cédula de identidad 10.863.473-1, mecánico, con domicilio en calle Santa Filomena Norte Sitio 18 B 2, Colina, quien fue asistido legalmente por el abogado don Alejandro Solís Guzmán. La demandada Fisco de Chile, RUT 61.806.000-4, representada por doña María Eugenia Manaud Tapia, Presidente del Consejo de Defensa del Estado, ambos con domicilio para estos efectos en Agustinas N°1687, piso 6, Santiago, compareció legalmente asistido por la abogada doña Roxana Aránguiz Cofré.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Argumentos y pretensiones de la actora: Que el denunciante solicitó

Fallo

se declarase la existencia de relación laboral entre las partes; que su despido ha sido vulneratorio de derechos fundamentales, y que conforme a dicha declaración se ordene el pago reajustado, con intereses y costas de la indemnización sancionatoria del artículo 489 del Código del Trabajo, en su máximo legal, conjuntamente con las indemnizaciones por término de servicio, con el recargo legal correspondiente, más pago de las remuneraciones adeudadas de los meses de enero y marzo de 2019 por la suma de $1.638.648; del feriado proporcional por 19,1907 días corridos por $524.117, más pago de las cotizaciones de seguridad social de todo el periodo servido. Finalmente con cargo a dichas cotizaciones solicitó se otorgase la sanción del inciso 5° del artículo 162 del Código del Trabajo. Con carácter subsidiario, para el caso que no se acogiese la acción de tutela de derechos fundamentales, solicitó que se calificara el despido conforme al artículo 168 del Código del Trabajo, otorgando lo mismo pedido en lo principal, con exclusión de lo propio de la acción de tutela de derechos fundamentales. Fundó su solicitud en que con fecha 1° de mayo de 2007 ingresó a prestar servicios para la Subsecretaría de Transportes del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, prestando servicios de fiscalización del transporte público de pasajeros. Señala que sus servicios los prestó en forma continua e ininterrumpida, con cumplimiento de una jornada semanal de 42 horas, distribuida de lunes a vi

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PROCEDIMIENTO: Especial de Tutela Laboral MATERIA: Tutela de derechos Fundamentales DEMANDANTE: Freddy Jorge Urrutia Aguilar DEMANDADO: FISCO DE CHILE RUC: 19-4-0191375-3 RIT: T-947-2019 _________________________________________/ Santiago, diez de marzo de dos mil veinte.- VISTOS: Que con fecha seis de diciembre de dos mil diecinueve, ante este Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago,

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