SOCIEDAD COMERCIAL TRUST LTDA/INSPECCION COMUNAL DEL TRABAJO NORTE CHACABUCO
Rol
I-58-2020
Fecha
9 de marzo de 2020
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS A PROBAR X RECLAMANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X RECLAMADA OFRECE E INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE RECLAMANTE X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE RECLAMADA X SENTENCIA X Autoriza poder: Al escrito de delegación de poder presentado por el apoderado de la parte reclamante, don Enrique Salazar Figueroa: Téngase presente. Al escrito presentado por la parte demandada: A lo principal: Téngase presente. Al otrosí: Por digitalizado. Al escrito presentado por el apoderado de la parte demandada, don Juan Roberto Méndez Navarro: Por digitalizados los documentos. Desistimiento parcial: La parte reclamante, en este acto, viene en desistirse parcialmente en cuanto a la acción que reclama la Multa N°1 (N°8671/19/53-1) de su demanda. Habiendo el Tribunal conferido traslado a la parte reclamada en que se allana, resuelve tener presente el desistimiento para todos los efectos legales. Lo anterior, según los
Fundamentos
fundamentos que constan en el registro de audio. Contestación de la demanda: El Tribunal confiere en este acto traslado a la parte reclamada y tiene por contestado el reclamo interpuesto. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a conciliación, esta no se produce atendida la imposibilidad de la Inspección del Trabajo para conciliar. Fija hechos a probar: El Tribunal, estimando que existen hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos, recibe la causa a prueba y fija los siguientes hechos a probar: 1) Efectividad de haber incurrido la denunciada en error de hecho al aplicar la multa en la resolución que se impugna. Pormenores y circunstancias al efecto. 2) Efectividad que se ha dado integro cumplimiento a lo señalado en la demanda para que proceda la rebaja de la multa, en su caso. La parte reclamante repone de la anterior resolución, la que es acogida incluyendo el hecho a probar N° 2, según fundamentos que constan en el registro de audio. Medios de Prueba: La parte reclamante ofreció e incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Contrato de trabajo de fecha 15-07-2019. 2) Copia de entrega y toma de conocimiento de la política de seguridad y salud en el trabajo, de fecha 15 de junio de 2019 3) Copia de entrega de control de entrega y toma de conocimiento de plan de emergencia de faena. 4) Copia registro de la obligación de informar. 5) Copia de recibo de reglamento interno. 6) Copia de registro de entrega de elemento de protección personal. 7) Copia de registro de actividades de capacitación y/o formación. 8) Procedimiento exposición solar. 9) Procedimiento manejo manual de cargas Ley 20.001.- 10) Prohibiciones en las instalaciones de Geodis 11) Información de riesgos laborales. 12) Inscripción como experto en prevención de riesgos de don Diego Pino Torres. El Tribunal tiene por incorporada la prueba documental de la parte reclamante y decreta su custodia. Exhibición de documentos: La parte reclamada exhibe a la reclamante los siguientes documentos solicitados: 1) Documentos que se acompañaron en la reconsideración. La parte reclamante tiene por cumplida la exhibición en los términos solicitados, lo que el Tribunal tiene presente. La parte reclamada ofreció e incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Activación de fiscalización de fecha 22 de julio de 2019. 2) Fiscalización e investigación de accidente del trabajo y su informe de exposición (SIC) 3) Resolución de multa 1323-8671-19-53-1 y 2; 4) Resolución N° 18, de fecha 14 de enero 2020. El Tribunal tiene por incorporada la prueba documental de la parte reclamada y decreta su custodia. Tribunal decreta prueba: Exhibición de documentos: La exhibición por cualquiera de las partes del documento que se indicará. La parte demandada exhibe: 1) Solicitud de reconsideración de multa. Observaciones a la prueba: Las partes realizan las observaciones a la prueba rendida en juicio, lo cual consta en el respectivo registro de audio. Sentencia Tr
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 10, 420 y siguientes, 496 y siguientes, 511, 512 del Código del Trabajo, se resuelve: I. Que se rechaza la demanda interpuesta por don Javier Mora Contreras en representación SOCIEDAD COMERCIAL TRUST LIMITADA en contra de la INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO NORTE –CHACABUCO, en todas sus partes. II. Que no se condena en costas a la demandante por estimar que tuvo motivo plausible para litigar. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, devuélvase los documentos a las partes a su sola petición verbal. Regístrese. Téngase por notificadas a las partes en este acto, de la sentencia precedentemente dictada y de todas las resoluciones dictadas en la presente audiencia. Archívense los antecedentes en su oportunidad. Dirigió doña Lorena Renate Flores Canevaro, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. De requerirse los audios en forma inmediata, estos pueden ser solicitados en el Segundo Piso de este Tribunal, con un dispositivo idóneo para su grabación. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, nueve de marzo de dos mil veinte.-
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO RECLAMO FECHA 9 DE MARZO DE 2020 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 8 RUC 20-4-0250271-2 RIT I-58-2020 MAGISTRADO LORENA FLORES CANEVARO ADMINISTRATIVO DE ACTAS VICTORIA ACUÑA PETERSSEN HORA DE INICIO 10:27 HORAS HORA DE TERMINO 12:30 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2040250271-2-1349-
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