Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso

ESTICA/HS CHILE S.P.A.

Rol

O-2217-2019

Fecha

6 de marzo de 2020

Materia

Comisiones, Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones, Semana corrida

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS A PROBAR X · NO HAY HECHOS CONTROVERTIDOS X · SENTENCIA ART. 453 No 4 inc 2do. X · RECEPCION DE PRUEBAS X · EXAMEN DE ADMISIBILIDAD DE PRUEBAS X · OFRECE PRUEBA DEMANDANTE X · DOCUMENTAL DEMANDANTE X · OFRECE PRUEBA DEMANDADO X · DOCUMENTAL DEMANDADO X · DILIGENCIAS DECRETADAS X · CITACION A AUDIENCIA DE JUICIO X · ACUMULACION X · DESISTIMIENTO X Relación.- El Tribunal, omite la relación de la demanda y su contestación. Constancia.- Se deja constancia que, habiéndose efectuado los tres llamados de rigor a viva voz en la antesala de esta audiencia, la parte demandada no comparece a la presente audiencia preparatoria, y de la circunstancia que tampoco ha contestado la demanda en la oportunidad procesal que la ley otorga. Conciliación.- Atendida la incomparecencia de la parte demandada, el llamado a conciliación resulta inoficioso en esta audiencia. Resolución Tribunal.- Que, atendida la inasistencia de la parte demandada y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 453 N° 1 inciso 7° del Código del Trabajo, no habiéndose contestado la demanda, el Tribunal estima innecesario fijar hechos a probar, se procede a dictar sentencia de inmediato. DICTACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA.- Se procede a la dictación y notificación de la sentencia. "Se deja constancia que el registro íntegro de la sentencia se encuentra íntegramente grabada en audio, transcribiéndose sólo su parte resolutiva, en razón de lo dispuesto en Acta 71-2016 del Tribunal Pleno de la Excma. Corte Suprema." SE DECLARA: I. Que se hace lugar a la demanda interpuesta por doña CECILIA DEL CARMEN ESTICA VALDIVIA en contra de la empresa HS CHILE S.P.A., ambas partes ya individualizadas, en consecuencia se declara que al término de los servicios se produjo el día 09 de diciembre de 2019 por el incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato por parte del empleador, declarándose asimismo nulo este despido para

Fallo

SE DECLARA: I. Que se hace lugar a la demanda interpuesta por doña CECILIA DEL CARMEN ESTICA VALDIVIA en contra de la empresa HS CHILE S.P.A., ambas partes ya individualizadas, en consecuencia se declara que al término de los servicios se produjo el día 09 de diciembre de 2019 por el incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato por parte del empleador, declarándose asimismo nulo este despido para efectos remuneracionales y ordenándose a la demandada el pago de las siguientes prestaciones por los conceptos que se indican: a. $886.409.-, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; b. $886.409.-, por concepto de indemnización por años de servicios; c. $443.205 por concepto de recargo legal del 50% por sobre la indemnización por años de servicios; d. $907.016.-, por concepto de semana corrida adeudada; e. $412.277.-, por concepto de comisiones del mes de octubre de 2019; f. $475.116.-, por concepto de feriado legal y proporcional adeudado; II. Que la demandada deberá además pagar las cotizaciones de seguridad social de la actora, debiendo a dichos efectos oficiarse a las Instituciones Previsionales correspondientes, a objeto de obtener el cobro de esta prestaciones, y asimismo deberá pagar las remuneraciones que se devenguen desde la fecha del término de los servicios, esto es, desde el 09 de diciembre de 2019 y hasta la fecha en que se convalide el auto despido, mediante el pago de las cotizaciones morosas, ello a razón de la suma de $886.409.-

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO.- FECHA 06 de marzo de 2020. RUC 19-4-0239271-4 RIT O-2217-2019 MAGISTRADO PAMELA PONCE VALENZUELA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Paula López Quezada SALA 3 HORA DE INICIO 09:30 horas.- HORA DE TERMINO 09:55 horas.- Nº REGISTRO DE AUDIO 19-4-0239271-4-1338 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE Cecilia Del Carmen Estica Valdivia ABOGADO

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