Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco

OJEDA/EUROFASHION LIMITADA

Rol

O-1127-2019

Fecha

6 de marzo de 2020

Materia

Costas, Feriado legal, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y OIDOS: PRIMERO: Que doña JESSICA MABEL OJEDA ARIAS, empleada, con domicilio en Pasaje Porto Alegre 03269 viene en presentar demanda por despido injustificado en contra de la SOCIEDAD EUROFASHION LIMITADA RUT 79.829.500-4, persona jurídica comerciante, con domicilio en esta ciudad, Arturo Prat N°444, y representada por don Pablo Araneda Rada, gerente de la tienda, y del mismo domicilio. Comenzó a trabajar el 15 de marzo de 2007, como sub jefa de la tienda con una remuneración de $731.001. El 17 de octubre de 2019 fue despedida por el artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo por necesidades de la empresa, basada en la maximización de recursos monetarios lo que lleva una reestructuración. Interpuso cobro ejecutivo en la causa J-50-2019 e hizo reserva para reclamar la causal. Solicita el recargo del 30% por ser injustificado su despido, más el pago del feriado por 34,44 días por un total de $702.409. En las remuneraciones de mayo, julio, y agosto 2019 aparecen descuentos por “diferencia reproceso”, los que no saben a qué corresponde, por lo que se le adeuda $352.956. No se le pagaron las cargas familiares de septiembre, octubre, julio, y agosto 2019 las que tenían un valor de $14.518 mensuales. Se le descontó, pero no se le pago la cuota de la Compañía Chilena consolidada de febrero, esto es importante por el tema salud de su hijo. Pide en definitiva se declare injustificado el despido y se disponga que se le pagan las siguientes sumas: 1.-El incremento del Artículo 168 del Código del Trabajo 30% $2.412.303., 2.-La devolución de las deducciones indebidas, el pago de las cargas familiares y la cuota del seguro no pagada: a.-) “diferencia Reproceso Descuento” por montos de $101.000, de $131.455 y de $120.501. Total $352.956. b.-)Las cargas familiares en los meses de septiembre, octubre, julio y agosto de 2019, por $14. 518 cada mes, lo que hace $58. 072. c.-) Descuento por Cía. Chilena Consolidada de la cuota de febrero de 2019 por $13.693, que para

Fallo

SE DECLARA: I Que SE HACE LUGAR a la demanda deducida por doña JESSICA MABEL OJEDA ARIAS, en contra de la SOCIEDAD EUROFASHION LIMITADA, representada por don Pablo Araneda Rada, declarándose injustificado el despido que afectó a la demandante con fecha 17 de octubre 2019, y se condena al demandado al pago de las siguientes prestaciones y por las sumas que se indican: 1.-El incremento del Artículo 168 del Código del Trabajo 30% $2.412.303., 2.-“diferencia Reproceso Descuento” por montos de $101.000, de $131.455 y de $120.501. Total $352.956. Que se rechazan en todo lo demás la demanda interpuesta, teniéndose en consideración que existió un desistimiento con respecto a la cuota del seguro de Chilena Consolidada y una sentencia parcial en relación al feriado. II Que, a las sumas referidas se le aplicaran los reajustes e intereses que contemplan los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. III Que, se condena a la demanda al pago de las costas de la causa las que se regulan prudencialmente en la suma de $ 500.000 (quinientos mil pesos). Regístrese y en caso de no pago, pase a la unidad de cobranza en la oportunidad legal correspondiente. Que la presente sentencia se dicta teniendo a la vista la prueba documental aportada en formato PDF por los intervinientes, siendo esta de su exclusiva responsabilidad. RIT N° O-1127-2019.- RUC N° 19-4-0235285-2.- Dictada por doña VIVIANA LORETO IBARRA MENDOZA, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco.

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA: RIT N° O-1127-2019.- RUC N° 19-4-0235285-2.- En Temuco a seis días del mes de marzo del año dos mil veinte. VISTO Y OIDOS: PRIMERO: Que doña JESSICA MABEL OJEDA ARIAS, empleada, con domicilio en Pasaje Porto Alegre 03269 viene en presentar demanda por despido injustificado en contra de la SOCIEDAD EUROFASHION LIMITADA RUT 79.829.500-4, persona jurídica comerciante, con domicilio en est

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