Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta

ALTAMIRANO/RENTAEQUIPOS TRAMACA S.A

Rol

O-1221-2019

Fecha

5 de marzo de 2020

Materia

Bonos, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo dispuesto en los artículos 1,7 ,161,163,172,177 y articulo 432 y siguientes y articulo 144 del Código de Procedimiento Civil, se resuelve, que: I. Se acoge la demanda de cobro de prestaciones deducida en representación de Emiliano Eduardo Altamirano Pérez, Rut 10.345.571-5 en contra de Renta Equipos Tramaca S.A., Rut 99.527.200-8; Logística Industrial S.A., Rut 96.874.380-5; Reparación y Servicios Varios S.A., Rut 76.053.638-5; Transportes Linsa Express S.A., Rut 76.402.560-1; y Transportes Linsa S.A., Rut 76.766.760-4 y en consecuencia, se condena a estas últimas a pagar en calidad de único empleador las siguientes prestaciones adeudadas al actor: 1.$1.113.126.- por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. 2. $3.339.378.- por concepto de indemnización por años de servicio. 3. $474.622.- por concepto de feriado proporcional adeudado. 4. $2.226.252.- por concepto de remuneraciones adeudadas. II. Se acoge la demanda de nulidad del despido deducida en representación de Emilio Eduardo Altamirano Pérez, en contra de las demandas individualizadas en el punto I de esta parte resolutiva y en consecuencia, se condena a estas últimas a pagar la suma de $1.113.126.- a contar de la fecha de su despido, esto es, el día 31 de julio del año 2019 y la fecha en que se pague íntegramente las cotizaciones previsionales adeudadas al demandante, y se remita mediante carta certificada transcrita al domicilio de éste acompañando los comprobantes de pago respectivo. III.- .En la etapa procesal que corresponda, deberá imputarse a la liquidación respectiva, los montos cancelados a la demandante por concepto de conciliación parcial por la suma de $7.500.000.-, según consta de acta de audiencia preparatoria de 8 de enero del año 2020. IV. Se condena en costas a las demandadas, regulándose desde ya las personales en la suma equivalente a dos (2) Ingresos Mínimos Mensuales Incrementados para fines remuneración. V. Las sumas señaladas en el punto I de esta parte res

Fundamentos

CONSIDERANDO:

Fallo

En mérito de lo expuesto, y visto lo dispuesto en los artículos 1,7 ,161,163,172,177 y articulo 432 y siguientes y articulo 144 del Código de Procedimiento Civil, se resuelve, que: I. Se acoge la demanda de cobro de prestaciones deducida en representación de Emiliano Eduardo Altamirano Pérez, Rut 10.345.571-5 en contra de Renta Equipos Tramaca S.A., Rut 99.527.200-8; Logística Industrial S.A., Rut 96.874.380-5; Reparación y Servicios Varios S.A., Rut 76.053.638-5; Transportes Linsa Express S.A., Rut 76.402.560-1; y Transportes Linsa S.A., Rut 76.766.760-4 y en consecuencia, se condena a estas últimas a pagar en calidad de único empleador las siguientes prestaciones adeudadas al actor: 1.$1.113.126.- por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. 2. $3.339.378.- por concepto de indemnización por años de servicio. 3. $474.622.- por concepto de feriado proporcional adeudado. 4. $2.226.252.- por concepto de remuneraciones adeudadas. II. Se acoge la demanda de nulidad del despido deducida en representación de Emilio Eduardo Altamirano Pérez, en contra de las demandas individualizadas en el punto I de esta parte resolutiva y en consecuencia, se condena a estas últimas a pagar la suma de $1.113.126.- a contar de la fecha de su despido, esto es, el día 31 de julio del año 2019 y la fecha en que se pague íntegramente las cotizaciones previsionales adeudadas al demandante, y se remita mediante carta certificada transcrita al domicilio de éste acompañando los comprobant

Texto Completo (Preview)

AUDIENCIA PREPARATORIA DE JUICIO FECHA Antofagasta, cinco de marzo de dos mil veinte. RUC 19-4-0217617-5 RIT O-1221-2019 MAGISTRADO ELENA PEREZ CASTRO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Eliana Ortiz A SALA 1 HORA DE INICIO 11:50 horas HORA DE TERMINO 12:45 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 19-4-0217617-5-1335 INDIVIDUALIZACION: COMPARECEN: ABOGADO DEMANDANTE Mauro Osses Ardiles FORMA DE NOTIF

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