FUND CENTRO DE EDUCACIÓN Y CAP DE LA UNIV CAT DEL NORTE/SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO
Rol
I-91-2019
Fecha
5 de marzo de 2020
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
hechos a probar los siguientes: 1° Efectividad que la acción interpuesta se encuentra caduca, antecedentes. 2° Efectividad que se incurrió en error de hecho al momento de mantenerse la sanción reclamada. QUINTO: Que, las partes rindieron la siguiente prueba en el juicio monitorio: Ofrecimiento e incorporación de prueba de la reclamante: Documental: 1. Oficio CEDUC UCN Nº 016/2018 a Sra. Ángela Villalobos Lorca de SENCE Región de Antofagasta remitiendo información por cursos Operaciones de Carga Frontal y Operador de Maquinaria Pesada con anexos correspondientes a gestión prácticas laborales programa Más Capaz. 4 páginas. 2. Correo electrónico de Cecilia Balados Díaz, Encargada Programa Más Capaz, SENCE, Dirección Regional Antofagasta. Programa Más Capaz dirigido a Ejecutores del Programa, de fecha 23 de mayo de 2018. 2 páginas. 3. Correo electrónico de Cecilia Balados Díaz para Claudia Román, entre otros destinatarios de fecha 17 de agosto de 2018, informando que se encuentran disponibles pagos correspondientes a segunda cuota de los cursos que señala. 3 páginas. 4. Copia del Oficio Ordinario Nº 479-02de fecha 10 de septiembre de 2018, de Guido Muñoz Sarria, profesional delegado SENCE Región Antofagasta a don Carlos Sainz López, representante legal de la Fundación reclamante, levantando cargos y solicitando descargos respecto del curso "Operación de Cargador Frontal". 1 Página. 5. Copia del Oficio DE Ceduc UCN Nº 036/2019 de don Carlos Sainz López a don Guido Muñoz Sarria, de fecha 2 de julio de 2019, efectuando descargos y acompañando antecedentes. 10 Páginas. 6. Oficio Ord. Nº 320-02 de fecha 19 de agosto de 2019 de don Roger Barraza Morales, Director Regional SENCE, Región de Antofagasta a don Carlos Sainz López como representante legal de la reclamante, remitiendo resolución exenta que da cierre al proceso de fiscalización folio ANT075-2018. 1 Página. 7. Resolución exenta Nº 590-02 de 19 de agosto de 2019 dictada por don Roger Antonio Barraza Morales, Di
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, se llevó a efecto audiencia en procedimiento monitorio en los autos R.I.T. I-91-2019, iniciada mediante demanda entablada por FUNDACIÓN CENTRO DE EDUCACIÓN Y CAPACITACIÓN DE LA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL NORTE o CEDUC UCN S.A., RUT N° 74.822.900-0, representada en juicio por el abogado Sr. Daniel Magna González, ambos con domicilio para estos efectos en Ramón Freire N° 01416 de esta ciudad e interpone reclamación judicial en contra del SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO (SENCE) de la Región de Antofagasta, con domicilio en José Miguel Carrera N° 1701, Primer Piso, Antofagasta. SEGUNDO: Que, la presente contienda tiene por objeto determinar si se debe dejar sin efecto la resolución de multa N° 590-02 cursada a la parte demandante con fecha 19 de agosto del año 2019, por un hecho descrito en la resolución exenta N° 1446 que “APRUEBA LAS BASES DEL PRIMER CONCURSO, MODALIDAD CERRADA, DE LA LÍNEA REGULAR DEL PROGRAMA MÁS CAPAZ, AÑO 2016” de la parte reclamada, referido a la hipótesis descrita en el punto 12.1, aplicación de multas, letra b) N° 1) por “No entregar o suspender, en tiempo y forma, sin causa justificada, los componentes, subcomponentes y/o apoyos que contempla el programa. La multa tuvo un valor de 44 UTM. TERCERO: Que, no existiendo antecedentes suficientes para que este Tribunal pudiera emitir un pronunciamiento de plano respecto de la acción incoada, se citó a audiencia de conciliación, contestación y prueba, en la que la reclamada contestó la demanda en forma oral cuyo registro se mantiene en audio. CUARTO: Que, llamadas las partes a conciliación esta no se alcanzó, por lo que se recibió la causa a prueba y se fijó como hechos a probar los siguientes: 1° Efectividad que la acción interpuesta se encuentra caduca, antecedentes. 2° Efectividad que se incurrió en error de hecho al momento de mantenerse la sanción reclamada. QUINTO: Que, las partes rindieron la siguiente prueba en el juicio monitorio: Ofrecimiento e incorporación de prueba de la reclamante: Documental: 1. Oficio CEDUC UCN Nº 016/2018 a Sra. Ángela Villalobos Lorca de SENCE Región de Antofagasta remitiendo información por cursos Operaciones de Carga Frontal y Operador de Maquinaria Pesada con anexos correspondientes a gestión prácticas laborales programa Más Capaz. 4 páginas. 2. Correo electrónico de Cecilia Balados Díaz, Encargada Programa Más Capaz, SENCE, Dirección Regional Antofagasta. Programa Más Capaz dirigido a Ejecutores del Programa, de fecha 23 de mayo de 2018. 2 páginas. 3. Correo electrónico de Cecilia Balados Díaz para Claudia Román, entre otros destinatarios de fecha 17 de agosto de 2018, informando que se encuentran disponibles pagos correspondientes a segunda cuota de los cursos que señala. 3 páginas. 4. Copia del Oficio Ordinario Nº 479-02de fecha 10 de septiembre de 2018, de Guido Muñoz Sarria, profesional delegado SENCE Región Antofagasta a don Carlos Sainz L
Fallo
fallo las menciones a que hace referencia los números 3 y 4 a que se refiere el artículo 459 del mismo Código precitado. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 420, 453, 454, 459 y siguientes, 511 y 512 del Código del Trabajo; 1698 del Código Civil y artículo 75 de la Ley Número 19.518 que FIJA NUEVO ESTATUTO DE CAPACITACION Y EMPLEO, SE DECLARA: I.- Que, se rechaza en todas sus partes el reclamo interpuesto por FUNDACIÓN CENTRO DE EDUCACIÓN Y CAPACITACIÓN DE LA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL NORTE o CEDUC UCN S.A., RUT N° 74.822.900-0, en contra del SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO (SENCE). II.- Que, cada parte pagará sus costas. Anótese, regístrese, notifíquese, archívese y devuélvanse los documentos en su oportunidad. Comuníquese, regístrese y archívese en su oportunidad. RIT I-91-2019 RUC 19- 4-0235652-1 Dictada por don CARLOS EDUARDO CAMPILLAY ROBLEDO, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta. En Antofagasta a, cinco de marzo de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución precedente y se remitieron los correos electrónicos a las partes. 8
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PROCEDIMIENTO: Monitorio MATERIA: Reclamo Multa Administrativa DEMANDANTE: FUND CENTRO DE EDUCACIÓN Y CAP DE LA UNIV CAT DEL NORTE. DEMANDADA: SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO. RIT: I-91-2019 RUC: 19- 4-0235652-1 ____________________________________________________/ Antofagasta, cinco de marzo de dos mil veinte. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras de
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