COLLIPAL/MONTECINOS
Rol
O-610-2019
Fecha
28 de febrero de 2020
Materia
Despido indirecto, Fuero maternal
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y OIDOS: PRIMERO: Que ALEXANDRA BRUCE, cesante, haitiana, Cédula Nacional de Identidad Número 26.543.419-3, domiciliada en Sargento Aldea Nº 122, Nueva Imperial; y VERÓNICA ALEJANDRA COLLIPAL HUIQUIÑIR, cesante, chilena, Cédula Nacional de Identidad Número 18.901.258-6, domiciliada en Ranquilco Bajo s/n 00, Nueva Imperial; vienen conforme a lo dispuesto en los artículos 161, 162, 168, 171, 172, 174, artículos 425, 446 y siguientes, y demás normas pertinentes del Código del Trabajo, en interponer en procedimiento ordinario, demanda por despido indirecto o autodespido, nulidad del despido y cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales, en contra de sus ex empleadores FABIÁN ALMENDRA PARRA, cédula nacional de identidad número 12.009.092-5, con domicilio en Los Queltehues Nº 1068, Padre Las Casas, también en Las Cañas 1485 Departamento Nº 303 Piso 3, Padre Las Casas, y también en calle Pedro Lagos Nº 232, Nueva Imperial; y, solidariamente, o bien en subsidio, conjuntamente, según se determine en el curso del proceso y de conformidad a los antecedentes que se expondrán en esta presentación, en contra de MÓNICA MONTECINOS BRIONES, cédula nacional de identidad número 7.392.582-7, con domicilio en Coñaripe Nº 0110, Temuco y también en calle Pedro Lagos Nº 232, Nueva Imperial. Bajo los siguientes
Fundamentos
fundamentos: 1.- ALEXANDRA BRUCE, comenzó a trabajar el 1 de febrero de 2018 hasta el 6 de mayo de 2019, cuando se autodespidio. Era operaria de máquina de prendas de vestir en el local de ambos demandados. Fabián Almendra era el jefe y representante legal del local, Mónica Montecinos era su jefa. El 15 de mayo de 2018, hizo denuncia ante la Dirección del Trabajo por informalidad laboral, y otras irregularidades. Se efectuó fiscalización y se detectaron infracciones. El 14 de junio de 2018 denunció por no pago de remuneraciones íntegras y otras irregularidades, se fiscalizó y se dio plazo. En marzo 2018 informó que estaba embarazada, fue desvinculada el 25 de julio, hizo denuncia el 31 de julio de 2018 y fue reincorporada. El 27 de agosto de 2018 se reincorpora a trabajar, pero el local estaba cerrado. Hasta que hizo uso de su prenatal a principios de octubre, se le adeudan las remuneraciones de junio, julio, agosto, y septiembre 2018 recibió solo pagos parciales. El 8 de noviembre de 2018 nace su hijo y comenzó su posnatal hasta el 31 de enero de 2019 y luego hasta el 25 de abril de 2019. Su fuero maternal se extiende hasta el 31 de enero de 2020. Al volver del posnatal el local estaba cerrado. Trató junto a su compañera de contactar a los empleadores, sin resultado. No se les pagaron remuneraciones, ni cotizaciones. Puso fin a relación laboral 6 de mayo de 2019, por el artículo 160 N°7 del Código del Trabajo, por no pago de remuneraciones, no pago de cotizaciones en AFP, AFC, FONASA, no otorgar el trabajo convenido desde junio de 2018 a pesar de presentarse diariamente, no se otorgó el trabajo convenido. No respetar su pre y post natal así como su fuero maternal. Su remuneración era de $276.000. 2.- VERÓNICA ALEJANDRA COLLIPAL HUIQUIÑIR, comenzó trabajar el 1 de abril de 2018 hasta el 6 de mayo de 2019 cuando se auto despido, era operaria de máquina de prendas de vestir en “Confecciones IFI” de propiedad de ambos demandados ubicada en Nueva Imperial. Fabián Peña era el representante del local y doña Mónica Montecinos su jefa directa, doña Mónica es suegra de don Fabián. Desde un principio tuvo problemas, no se escrituro el contrato se hacían solo pagos parciales de remuneración y no se pagaban cotizaciones, ni se respetaba el horario de trabajo, pero registraban asistencia diariamente. Debido a lo anterior fue con su compañera a estampar denuncia a la Inspección. El 15 mayo de 2018 por informalidad laboral y otras irregularidades se efectuó fiscalización. Y el 14 de junio del 2018 por no pago de remuneración íntegra y otras irregularidades, también se efectuó fiscalización. Luego de esto el demandado para evitar multas comenzó a trabajar con el local cerrado hasta diciembre 2018, a veces incluso había días en que no se trabajaba y se pagaban en efectivo diferentes suma y a veces nada. El último pago fue el 13 de diciembre de 2018, se le transfirió solo un pago parcial. A partir de enero 2019, el local estaba cerrado a veces incluso por semana
Fallo
SE DECLARA: I Que SE HACE LUGAR a la demanda deducida por doña ALEXANDRA BRUCE, y VERÓNICA ALEJANDRA COLLIPAL HUIQUIÑIR, en contra de sus ex empleadores FABIÁN ALMENDRA PARRA, y de doña MÓNICA MONTECINOS BRIONES, en calidad de co empleadores declarándose que procede el auto despido invocado por las demandantes con fecha 6 de mayo de 2019. Debiendo pagar las siguientes prestaciones: 1.-RESPECTO DE ALEXANDRA BRUCE. Se declara que trabajó desde el 13 de febrero de 2018 al 6 de mayo de 2019. 1.- Cotizaciones. a) las cotizaciones previsionales en AFP PLANVITAL, adeudadas durante el periodo de vigencia de la relación laboral; b) Cotizaciones previsionales de Salud en FONASA, adeudadas durante el periodo de vigencia de la relación laboral; c) Cotizaciones del Seguro de Cesantía AFC adeudadas durante el periodo de vigencia de la relación laboral. Todos aquellas que se encuentren impagas por los empleadores entre el 13 de febrero 2018 al 6 de mayo de 2019, sobre una remuneración de $276.000. Si hubiese cotizaciones pagadas por alguno de los 2 empleadores en ese periodo se entenderán pagadas con el monto enterado en esa oportunidad. 2.-Remuneraciones adeudadas. $1.285.200.- 3.- indemnización por años de servicio, $276.000.- 4.- Indemnización sustitutiva del aviso previo $276.000.- pesos; 6.- Recargo 50% $138.500.- pesos; 2.- RESPECTO DE VERÓNICA ALEJANDRA COLLIPAL HUIQUIÑIR. Se declara que trabajó desde el 1 de abril de 2018 al 6 de mayo de 2019. 1.-Cotizaciones adeudadas. a) l
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA: RIT N° O-610-2019.- RUC N° 19-4-0199269-6.- En Temuco a veintiocho días del mes de febrero del año dos mil veinte. VISTO Y OIDOS: PRIMERO: Que ALEXANDRA BRUCE, cesante, haitiana, Cédula Nacional de Identidad Número 26.543.419-3, domiciliada en Sargento Aldea Nº 122, Nueva Imperial; y VERÓNICA ALEJANDRA COLLIPAL HUIQUIÑIR, cesante, chilena, Cédula Nacional de Identidad Número 18.901.258
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