COLLAO/CODELCO CHILE
Rol
T-8-2019
Fecha
27 de febrero de 2020
Materia
Art. 19 Nº 16 CPR. Libertad de Trabajo y su protección, Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación, Costas, Daño moral, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Prestaciones, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
visto obligado a mantener constantes denuncias por vulneraciones a derechos fundamentales e incumplimiento a normativas laborales, tanto en el ámbito administrativo y jurisdiccional. Ello ha ocasionado medidas de persecución y amedrentamiento por parte de la máximas autoridades de la Corporación, no solo con su Directiva sino con los trabajadores que forman parte de la organización sindical; quienes incluso han sostenido una reunión con todo el estamento de la supervisión, para exigir el término de las acciones judiciales y reclamos administrativos interpuesto en contra de la empresa, bajo amenaza de no aprobar, defender los recursos o proyectos estructurales para la necesaria supervivencia de la División Salvador. Sin embargo, el sindicato apoyado por sus trabajadores afiliados en él, no ha aceptado presiones ilegales e indebidas o amedrentamiento en su contra, y por lo mismo se ha recurrido en reiteradas oportunidades a los tribunales de justicia en materia penal y del trabajo. Así consta del juicio que ha afectado la integridad psíquica y la honra de trabajadores, haciendo necesario incoar acciones legales, como por ejemplo, de tutela por vulneración de derechos fundamentales, T-6-2016 de este Tribunal, que condenó a Codelco por vulneración de derechos fundamentales en contra de sus trabajadores y cuya sentencia se encuentra firme y ejecutoriada. A su vez, ha existido prácticas antisindicales, actualmente, se puede reflejar en la causa S-3-2018 seguida en este Tribunal, como también incumplimiento a los convenios colectivos que se encuentra radicado en la causa O-25-2018 del mismo tribunal. Por último, en causa RIT S-149-2017 del Primer Juzgado del Trabajo de Santiago se puso en conocimiento amenazas de cierre de la empresa de la División Salvador por supuesta responsabilidades del sindicato emitidas por el representante legal de la empresa don Nelson Pizarro. Que el sindicato impulsó una comisión investigadora contra el señor Pizarro, cuyo informe dio la razón a
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece don EGIDIO COLLAO VEGA, C.I.N° 15.029.612-9, domicilio en calle Carlos Vera Cartagena N° 4078, Sector Rosario del Mar, Coquimbo, denuncia de tutela por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido y cobro de prestaciones en contra de, CODELCO CHILE -DIVISIÓN SALVADOR, RUT 61.704.000-K, representado legalmente por don CHRISTIAN MARCEL TOUTIN NAVARRO, RUT 10.044.337-6, ambos domiciliados en Avenida O'Higgins Nº 103, Salvador, Diego de Almagro. Y señala: Que el actor formaba parte del Sindicato de Supervisores y Profesionales, del estamento Rol A. Dicha organización sindical, agrupa a la gran mayoría de supervisores y profesionales de la División Salvador, al 30 de noviembre de 2018 mantiene una afiliación sindical de 163 socios, con contratos indefinidos, plazo fijo y por obra, con una afiliación sindical, superior al 80% de la dotación total de profesionales. Que el Sindicato se ha visto obligado a mantener constantes denuncias por vulneraciones a derechos fundamentales e incumplimiento a normativas laborales, tanto en el ámbito administrativo y jurisdiccional. Ello ha ocasionado medidas de persecución y amedrentamiento por parte de la máximas autoridades de la Corporación, no solo con su Directiva sino con los trabajadores que forman parte de la organización sindical; quienes incluso han sostenido una reunión con todo el estamento de la supervisión, para exigir el término de las acciones judiciales y reclamos administrativos interpuesto en contra de la empresa, bajo amenaza de no aprobar, defender los recursos o proyectos estructurales para la necesaria supervivencia de la División Salvador. Sin embargo, el sindicato apoyado por sus trabajadores afiliados en él, no ha aceptado presiones ilegales e indebidas o amedrentamiento en su contra, y por lo mismo se ha recurrido en reiteradas oportunidades a los tribunales de justicia en materia penal y del trabajo. Así consta del juicio que ha afectado la integridad psíquica y la honra de trabajadores, haciendo necesario incoar acciones legales, como por ejemplo, de tutela por vulneración de derechos fundamentales, T-6-2016 de este Tribunal, que condenó a Codelco por vulneración de derechos fundamentales en contra de sus trabajadores y cuya sentencia se encuentra firme y ejecutoriada. A su vez, ha existido prácticas antisindicales, actualmente, se puede reflejar en la causa S-3-2018 seguida en este Tribunal, como también incumplimiento a los convenios colectivos que se encuentra radicado en la causa O-25-2018 del mismo tribunal. Por último, en causa RIT S-149-2017 del Primer Juzgado del Trabajo de Santiago se puso en conocimiento amenazas de cierre de la empresa de la División Salvador por supuesta responsabilidades del sindicato emitidas por el representante legal de la empresa don Nelson Pizarro. Que el sindicato impulsó una comisión investigadora contra el señor Pizarro, cuyo informe dio la razón al organismo sindical. Que en octubre de 2018 antes de la
Fallo
se resuelve no aplicación en la especie. 11. Contratos de suministro de personal que Codelco y Codelco - División Salvador mantenga, particularmente los relativos a la empresa TEAMWORK y/o sus filiales o sociedades relacionadas, esto es: Empresa Teamwork Consultora Ltda., RUT 77.325.070-7 Empresa de Servicios Transitorios EST Service Ltda., RUT 76.760.090-9 Empresa Teamwork Servicios Integrales Ltda., RUT 76.676.460-6 Empresa Teamwork Recursos Humanos Ltda., RUT 76.646.570-6 Empresa Teamwork Capacitación Ltda., RUT 76.038.690-1 Empresa Teamwork Servicios Integrales Ltda., RUT 76.676.460-6 La parte demanda Exhibe GCAB-CM 192/2018 de 20 de abril de 2018 ref. carta Adjudicación y pronto inicio de contrato colectivo Servicio de puesta a disposición de personas empresa de servicios transitorios EST LTDA, en que hay firma ilegible de Carolina Ardiles Gestor de negocios gerencia de abastecimiento por Codelco Chile aceptación empresa de servicios transitorios EST LTDA firma ilegible titulada de Gonzalo Rivera Edwards gerente general y administrador de contrato mismas Gonzalo Rivera M, Contrato de servicios transitorios N°4600016393 entre Codelco y Empresa de servicios transitorios EST SERVICE LIMITADA de 15 de mayo de 2018 el contrato denominado Servicio de puesta a disposición de personas, se da por cumplido sin solicitudes de apercibimiento 12. Contratos de suministro de personal y/o suministro de servicios entre Codelco y Codelco - División Salvador y la empresa DHSIG
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Diego de Almagro, veintisiete de febrero de dos mil veinte VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece don EGIDIO COLLAO VEGA, C.I.N° 15.029.612-9, domicilio en calle Carlos Vera Cartagena N° 4078, Sector Rosario del Mar, Coquimbo, denuncia de tutela por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido y cobro de prestaciones en contra de, CODELCO CHILE -DIVISIÓN SALVADOR, RUT 61
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