1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

TELLO/SOCIEDAD AGRICOLA DOÑA JIMENA LIMITADA

Rol

O-6317-2019

Fecha

27 de febrero de 2020

Materia

Costas, Despido indirecto, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Comparecen don Víctor Manuel Farías Saldaño, don Roberto Carlos Matamala Matamala y don Fredy Osvaldo Tello Rodríguez, todos domiciliados en Avenida Providencia N°1650, oficina 1403, Providencia, quienes demandan a Sociedad Agrícola doña Jimena SpA en liquidación, representada por el Síndico Nelson Machuca Casanovas, ambos domiciliados en Amunátegui N°277, oficina 801, Santiago. Don Víctor Manuel Farías Saldaño indica que ingresó a prestar servicios para la demandada el 3 de noviembre de 2014 como trabajador agrícola, ejecutando labores de cuidador de las dependencias del campo, otorgándosele casa-habitación en las mismas. Su jornada era de 45 horas, de lunes a viernes. Su ex empleadora incurrió en incumplimientos contra actuales consistentes en no pago íntegro de las cotizaciones de Seguridad Social, no pago íntegro ni oportuno de sus remuneraciones desde noviembre 2018 la fecha de la demanda y no otorgar el trabajo convenido y pactado el contrato de trabajo. Su remuneración ascendía $618.428. Don Roberto Matamala Matamala indica que ingresó prestar servicios el 1 de noviembre de 2013, como trabajador agrícola en los predios de la empleadora de la región metropolitana, otorgándosele casa-habitación, con jornada de lunes a viernes de 45 horas. La demandada incurrió en los mismos incumplimientos señalados previamente. Su remuneración ascendía $475.000. Don Fredy Tello Rodríguez indica que ingresó prestar servicios para la demandada del 1 de noviembre de 2013 en labores de control y manejo de personal en diversas labores de campo, en los predios de la demandada de la región metropolitana. Su jornada no estaba sujeta a horario. La demandada también incurrió en idénticas incumplimientos a su respecto. Su remuneración ascendía a $705.650. Todos afirman que trabajaron en dependencias de la demandada de Camino Noviciado S/N esquina Echeveres, comuna de Lampa. Afirman que todos han estado disposición del empleador hasta el día en que pusieron término la relación laboral por autodespido, sin contacto con el representante de la demandada quien sólo les habría indicado que pasaba una situación difícil, para enterarse que se encuentra en liquidación voluntaria en la causa C-6484-2019 del Primer Juzgado Civil de Puente Alto que con fecha 26 de junio de 2019 declaró la liquidación de la Sociedad Agrícola doña Jimena Limitada. Aseguran que desarrollaron sus labores hasta el 6 de septiembre de 2019 y con fecha 9 de septiembre de ese año dieron aviso por escrito del término de la relación laboral fundado en el incumplimiento grave de la empleadora de las obligaciones del contrato, lo que comunicaron por carta certificada al síndico a cargo de la liquidación voluntaria así como a la inspección del trabajo. De esta forma demandan el pago de las indemnizaciones sustitutiva del aviso previo, por años de servicio, recargo del 50% y remuneraciones impagas de enero al 6 de septiembre de 2019, así como los feriados correspondientes. También

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales ya citadas y de acuerdo con lo previsto los artículos 163 bis, 453, 454, 457, 458 y 459 del Código del Trabajo, se declara que: I. SE ACOGE la demanda sólo en cuanto se declara que la relación laboral habida entre las partes se desarrolló entre las siguientes fechas: 1. Con don Víctor Manuel Farías Saldaño desde el 3 de noviembre de 2014 al 5 de julio de 2019; 2. Con don Roberto Matamala Matamala desde el 1 de noviembre de 2013 al 5 de julio de 2019; 3. Con don Fredy Tello Rodríguez desde el 1 de noviembre de 2013 al 5 de julio de 2019; II. Se declara además que todas ellas finalizaron por la declaración de liquidación de la demandada de 23 de junio, publicada el 5 de julio, ambas fechas de 2019; III. Que, en consecuencia, se condena a la demandada a pagar a los demandantes las siguientes prestaciones: 1. A don Víctor Manuel Farías Saldaño: $618.428.- (seiscientos dieciocho mil cuatrocientos veintiocho pesos) como indemnización sustitutiva del aviso previo; $3.092.140.- (tres millones noventa y dos mil ciento cuarenta pesos) como indemnización por años de servicios; $3.710.568.- (tres millones setecientos diez mil quinientos sesenta y ocho pesos) por concepto de las remuneraciones de enero a junio de 2019; $360.750.- (trescientos sesenta mil setecientos cincuenta pesos) como compensación de los feriados adeudados; 2. A don Roberto Matamala Matamala: $475.000.- (cuatrocientos setenta y cinco mil pesos) como indemnización sustitutiva de

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veintisiete de febrero de dos mil veinte. Vistos y considerando: PRIMERO: Comparecen don Víctor Manuel Farías Saldaño, don Roberto Carlos Matamala Matamala y don Fredy Osvaldo Tello Rodríguez, todos domiciliados en Avenida Providencia N°1650, oficina 1403, Providencia, quienes demandan a Sociedad Agrícola doña Jimena SpA en liquidación, repre

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