Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel

VÁSQUEZ/MUNICIPALIDAD SAN RAMON

Rol

O-790-2019

Fecha

26 de febrero de 2020

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Fuero maternal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, se llevó a efecto audiencia de juicio oral en los autos R.I.T.O-790-2019, RUC N° 19-4-0216310-3 por nulidad del despido, despido indirecto y cobro de prestaciones, solicitado en procedimiento de aplicación general. La demanda fue entablada por doña MARISOL VASQUEZ DURAN, trabajadora social, domiciliada en Avenida Las Condes Nº 11380, oficina Nº 91, comuna de Vitacura, quien lo hizo asistido por la abogada doña Camila Cárdenas Prieto. La demandada ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN RAMON, representada legalmente por su Alcalde don Miguel Aguilera Sanhueza, ambos domiciliados en Avenida Ossa Nº 1771 comuna de San Ramón, compareció asistida por los abogados don Manuel Riquelme Pino y doña Gisela Sánchez Díaz. OIDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña MARISOL VASQUEZ DURAN interpuso demanda–en procedimiento de aplicación general- en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN RAMON con el objeto que

Fallo

se declarase que el vínculo que había mantenido con la demandada era de naturaleza laboral, que su despido indirecto era justificado y que consecuentemente con ello se procediera a condenar a la antes referida al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones, todas las cuales reclama debidamente reajustes con intereses y las costas de la causa; a saber: a) $ 1.059.680 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; b) $ 4.238.720 por concepto de indemnización por años de servicio; c) $ 2.119.360 por concepto de recargo legal correspondiente al 50%; d) $2.331.252 por concepto de feriado legal; e) $385.009 por concepto de feriado proporcional; f) $4.980.402 por concepto de compensación de feriado maternal; g) Cotizaciones de seguridad social durante todo el tiempo laborado; h) Remuneraciones y demás prestaciones derivado de lo establecido en el artículo 162 del Código del Trabajo. Funda su demanda indicando que comenzó a prestar servicios para la demandada el 12 de noviembre de 2015 conforme a diversos contratos a honorarios. Sostiene que durante todo el tiempo que prestó servicios desarrolló labores de apoyo y acompañamiento psicosocial y apoyo y acompañamiento laboral en la Dirección de desarrollo comunitario de la Ilustre Municipalidad de San Ramón, cargo evidentemente habitual, genérico y permanente. Refiere que estuvo sujeta a jornadas de trabajo y que nunca fue contratada como funcionaria municipal según lo establece la Ley Nº 18.883 sobre Estatuto Ad

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO: Aplicación General. MATERIA: Nulidad del despido; despido indirecto y cobro de prestaciones. DEMANDANTE: Marisol Vásquez Durán. DEMANDADO: Ilustre Municipalidad de San Ramón. RUC: 19-4-0216310-3 RIT: O-790-2019 _________________________________________/ San Miguel, veintiséis de febrero de dos mil veinte. VISTOS: Que ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, se lle

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica