MUÑOZ CON CONSTRUCTORA VALHALLA LIMITADA
Rol
M-2949-2019
Fecha
26 de febrero de 2020
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Feriado proporcional, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X DEMANDADA OFRECE E INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDADA X SENTENCIA X Se deja constancia que la parte demandada Constructora Valhalla Limitada no comparece a la presente audiencia. Proveyendo escrito presentado por don David Francisco Jiménez Galindo, de fecha 25 de febrero de 2020: A lo principal: téngase presente. Al otrosí: por acompañado. Autoriza poder: Al escrito presentado por don Luis Villavicencio Meza, de fecha 25 de febrero de 2020: A lo principal: téngase presente. Al otrosí: por acompañado. Al segundo otrosí: como se pide. Contestación a la demanda: La demandada Constructora Acciona Chile S.A viene en contestar la demanda, según consta en el respectivo registro de audio. Excepciones: La parte demandada Constructora Acciona Chile S.A, en su contestación de la demanda, viene en oponer excepción de prescripción. Habiendo el Tribunal conferido traslado a la parte demandante para contestar dicha excepción, resuelve dar lugar a la prescripción sólo en lo que dice relación con la nulidad del despido por el no pago de las cotizaciones de seguridad social, según los
Fundamentos
fundamentos que constan íntegramente en el respectivo registro de audio, quedando a salvo la acción relativa a las remuneraciones, el feriado legal alegado y el eventual pago de las cotizaciones adeudadas. Apelación: La parte demandante viene en deducir recurso de apelación en contra de la resolución que resuelve acoger la prescripción alegada por la demandada, recurso que es rechazado por el tribunal, en virtud de los argumentos que indica. Acto seguido, la parte demandante deduce recurso de reposición en contra de la resolución anterior, el que también es rechazado por el tribunal. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, ésta no se produce. Fija hechos controvertidos: 1) Efectividad que el demandante prestó servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia para la demandada Constructora Valhalla Limitada. En su evento, fecha de inicio de la relación laboral, funciones desarrolladas por el demandante, jornada laboral pactada y demás estipulaciones de relevancia. 2) Remuneración pactada y efectivamente percibida por la demandante. 3) En su evento, fecha y forma de término de la eventual relación laboral. Cumplimiento de las formalidades legales por parte de la demandada. 4) En su evento, si la demandada otorgó, o en su defecto, compensó el feriado legal y/o proporcional que se reclama. 5) Estado de pago de las cotizaciones de seguridad social del actor durante la vigencia de la relación laboral. 6) Estado de pago de las remuneraciones del mes de marzo y abril del año 2019 del trabajador demandante. 7) Efectividad que el demandante prestó servicios en régimen de subcontratación para la demandada Constructora Acciona Chile S.A. Efectividad de haber seguido los servicios en favor de aquella y si esta última hizo uso del derecho de información y retención, periodo durante el cual además prestó dichos servicios. Medios de Prueba: La parte DEMANDANTE ofreció e incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Propuesta de contrato de trabajo, de fecha 1° de febrero de 2019, de Constructora Valahalla al actor. 2) Certificado de cotizaciones extendido por AFP Capital, de fecha 30 de mayo de 2019. 3) Certificado de cotizaciones extendido por Fonasa, de fecha 3 de junio de 2019. 4) Certificado de cotizaciones previsionales de fondo de Cesantía, extendido por AFC Chile S.A, de fecha 3 de junio de 2019. 5) Reclamo ante la Inspección del Trabajo, de fecha 2 de mayo de 2019 y acta de comparecencia ante dicho organismo, de fecha 4 de junio de 2019. 6) Avisos de transferencias de fondos de Constructora Valhalla de su cuenta del Banco Estado, de fechas 13 de noviembre de 2018, 5 de diciembre de 2018, 22 de diciembre de 2018, 28 de diciembre de 2018, 10 de enero de 2019; 31 de enero de 2019, 16 de febrero de 2019, 5 de marzo de 2019, 24 de marzo de 2019 y de 2 de abril de 2019. 7) Contrato celebrado entre Constructora Valhalla y Constructora Acciona Chile S.A., por proyecto denominado “obras de
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 9, 227, 297, 458, 459, 500, del Código del Trabajo y demás pertinentes; 1698 del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: I. Que entre el demandante Marcelo Enrique Muñoz Pino y la demandada Constructora Valhalla Limitada existió una relación laboral, cuya fecha de inicio corresponde al día 28 de agosto del año 2018 y su término al día 12 de abril del año 2019. II. Que la demandada Constructora Valhalla Limitada deberá dar pago a las siguientes prestaciones: a. $1.032.000 por concepto de remuneración adeudada del mes de marzo del año 2019. b. $412.800, remuneración adeudada del mes de abril del año 2019. c. $481.600 por concepto de feriado proporcional. d. Que la demanda deberá regularizar el pago y el entero de las cotizaciones de seguridad social en AFP Capital, Fonasa y AFC Chile durante la vigencia de la relación laboral de la demandante. III. Que se acoge la demanda en cuanto a que el demandante prestó servicios en régimen de subcontratación para la demandada Constructora Acciona Chile S.A, quien deberá responder de manera subsidiaria respecto de las obligaciones antes mencionadas. IV. Que no se condenará en costas a la demandada principal, en atención a su rebeldía, y a la demandada subsidiaria por haber tenido motivo plausible para litigar. V. Las sumas antes decretadas deberán ser reajustadas con los correspondientes intereses establecidos en las normas correspondientes. VI. Ejecutoriada
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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 25 DE FEBRERO DE 2020 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 16 RUC 19-4-0219226-K RIT M-2949-2019 MAGISTRADO LILIANA LEDEZMA MIRANDA ADMINISTRATIVO DE ACTAS NATALIA ARANCIBIA SEPÚLVEDA HORA DE INICIO 12:35 HORAS HORA DE TÉRMINO 17:04 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 194021922
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