IPLACEX S.A./INSPECCIÓN DEL TRABAJO ANTOFAGASTA
Rol
I-4-2020
Fecha
25 de febrero de 2020
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, se inició esta causa R.I.T. I-4-2020, R.U.C. 20-4-0245473-4, seguida en procedimiento monitorio, mediante demanda entablada por don Mario Vergara Venegas, abogado, en representación de IPLACEX S.A., RUT N°78.230.020-2, ambos con domicilio para estos efectos en calle Cerro El Plomo 5420, oficina 1307, Las Condes, Santiago, quien interpone reclamo en contra de la INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA, Rut N° 61.502.000-1, representada legalmente por su Inspectora Provincial doña Cecilia González Escobar, todos con domicilio en 14 de febrero N° 2431, de esta ciudad. SEGUNDO: Que, no existiendo antecedentes suficientes para que este Tribunal pudiera emitir un pronunciamiento, respecto de la acción incoada, se citó a audiencia de conciliación, contestación y prueba, en la que la reclamada contestó la demanda en forma oral cuyo registro se mantiene en audio. TERCERO: Que, llamadas las partes a conciliación esta no se alcanzó, por lo que se recibió la causa a prueba y a continuación la parte reclamada incorporó sus medios de prueba. CUARTO: Que, conforme lo dispone el artículo 503 del Código del Trabajo, aplicada una multa por la Inspección del Trabajo, el empleador multado podrá dentro de 15 días hábiles siguientes contados desde su notificación, reclamar ante el Juez de Letras del Trabajo. QUINTO: Que, se multó a la empresa reclamante por “incumplir el contrato de trabajo, infringiendo con ello lo dispuesto en el artículo 5° del Código del Trabajo, y ello porque el empleador habría alterado unilateral y discrecionalmente la forma de pago de las comisiones en los contratos de trabajo y anexos en lo relativo al Programa Profesional de prepago Pro, modificándose el arancel a partir de marzo de 2019 y hasta octubre de 2019. SEXTO: Que, con la prueba documental incorporada se ha logrado acreditar que en la empresa reclamante existen dos tipos de contrato de sus trabajadores; los que ge
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4, 5 a 11, 21, 22, 35, 41, 42, 44, 54 a 58, 67, 71, 153, 154, 160 N°3, 162, 163, 168, 172,, 173, 178, 184, 420, 423, 425 a 432, 434 a 438, 440 a 462, 496 a 502, 503 al 504, 505 al 508 del Código del Trabajo, Se resuelve: I.- Que, se rechaza la reclamación interpuesta por don Mario Vergara Venegas, abogado, en representación de IPLACEX S.A., dirigida en contra de la INSPECCION DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA, representada por su inspectora doña Cecilia González Escobar, todos ya individualizados, en consecuencia se mantiene lo resuelto mediante resolución de multa N° 8684/19/66-1 II.- Que, cada parte pagará sus costas. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. R.U.C. 20-4-025473-4 R.I.T. I-4-2020 Dictada por doña Yohana María Chávez Castillo, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta. En Antofagasta, a veinticinco de febrero de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución precedente y se remitieron los correos electrónicos a las partes. 5
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PROCEDIMIENTO: Monitorio MATERIA: Reclamo de Multa Administrativa RECLAMANTE: Iplacex S.A. RECLAMADA: Inspección Provincial del Trabajo RUC: 20-4-0245473-4 RIT: I-4-2020 _________________________________________/ Antofagasta, veinticinco de febrero del año dos mil veinte. VISTO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, se inició esta causa R.I.T. I-4-2020, R.U.C. 20-
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