Juzgado de Letras de San Vicente

SOCIEDAD ENVASADORA PEUMO LIMITADA/CHARLES

Rol

O-3-2020

Fecha

25 de febrero de 2020

Materia

Desafuero Maternal

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos los llamados de rigor en la antesala del Tribunal esta no ha comparecido ni ha justificado su inasistencia por lo que se hará aplicable en apercibimiento legal respectivo y se seguirá adelante con el desarrollo de la audiencia. TRIBUNAL RESUELVE En consideración a lo dispuesto en el artículo N°453 N°1 inc. 7° del Código del Trabajo que contiene la figura de la admisión tacita de los hechos contenidos en la demanda y con el objeto de dar aplicación al principio de economía procesal se omitirá la etapa de prueba y se dictara sentencia en audio de forma inmediata. PRIMERO: Que don RODRIGO ANDRES PIZARRO ARAVENA, factor de comercio, en representación legal de la Sociedad Envasadora Peumo Limitada, sociedad de giro de su denominación, ambos domiciliados en Lote 104-C, Parcela 104, El Tambo, Comuna de San Vicente de Tagua Tagua, quien interpone demanda en Procedimiento de Aplicación General por desafuero laboral en contra de la trabajadora doña ROSEMENE CHARLES VALERY, empleada, domiciliada en Pasaje Agustino Casaroli N° 1606, Comuna de San Vicente , quien solicita se acoja su demanda y se ordene el desafuero laboral de la trabajadora, decretando el término de la relación laboral, toda vez que la trabajadora una vez terminado su periodo de descanso pre y post natal, no se presentó a sus labores, siendo la fecha de reincorporación la del día 7 de enero de 2020, ni justificó su inasistencia, ni presentó licencia médica, por lo cual se cita el Art 174 en relación a la causal establecida en el Art 160 N° 3 del Código del Trabajo. SEGUNDO: Que la demandado, no obstante encontrarse legalmente notificada, no contestó la demanda en la oportunidad prevista por el artículo 452 del Código del Trabajo, precluyendo por ello su derecho a pronunciarse sobre los hechos contenidos en la demanda, aceptándolos o negándolos en forma expresa y concreta como lo señala norma legal precitada, asimismo, llamadas las partes a conciliación, ésta no se produce atendida la rebeldía antes ind

Fallo

se declara: I.- Que, SE ACOGE la demanda deducida por Sociedad Envasadora Peumo Limitada, en cuanto, se declara el DESAFUERO LABORAL de trabajadora ROSEMENE CHARLES VALERY, a contar de la fecha que quede ejecutoriada la presente sentencia.- Regístrese, notifíquese y en su oportunidad, archívese. Los comparecientes de esta audiencia se entienden notificados de todo lo obrado en ella por el solo hecho de haber concurrido a la misma. Notifíquese por parte demandada, vía carta certificada. Siendo 09:49 horas se pone término a la audiencia dirigida por SOLANGE DIUANA EADE, Juez Titular del Juzgado de Letras de San Vicente de Tagua Tagua. RIT: O-3-2020 RUC: 20-4-0245125-5 Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras de San Vicente de Tagua Tagua, Veinticinco de febrero de dos mil veinte.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 25 de febrero de 2020 RUC 20-4-0245125-5 RIT O-3-2020 MAGISTRADO SOLANGE DIUANA EADE ADMINISTRATIVO DE ACTAS PAZ ROMAN ZAMORANO. HORA DE INICIO 09:41 HORAS HORA DE TERMINO 09:47 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2040245125-5-113 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE SOC. ENVASADORA PEUMO LIMITADA, RUT 76.055.654-8. REPRESENTANTE L

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