COLGRAM S.A./INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO PROVIDENCIA
Rol
I-168-2019
Fecha
24 de febrero de 2020
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que, ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se llevó a efecto audiencia de juicio en los autos R.I.T. I-168-2019, por reclamación de multa administrativa El reclamo fue interpuesto por COLGRAM S.A, rol único tributario N° 76.568.6806 en contra de Inspección Comunal del Trabajo de Providencia, representada legalmente por don Juan Alveal Arriagada, ambos con domicilio en Avenida Providencia 1275, comuna de Providencia.
Fundamentos
Considerando Primero: De la demanda: Expone en síntesis la parte reclamante que, con fecha 19 de marzo del año 2019 la Inspección Comunal del Trabajo de Providencia le cursó la multa número 1739/19/12, por los siguientes hechos: “ levantar sin la autorización de la Inspección del Trabajo la medida de suspensión de labores decretada con fecha 19 de febrero 2019, en fiscalización 1312/2019 por constituir peligro inminente para la salud o vida de los trabajadores, según el siguiente detalle de los hechos: con fecha 21 de febrero 2019 la supervisora zonal Doña Claudia Conejeros, concurre al local ubicado en Avenida Nueva Providencia número 2155 local 166, Mall Panorámico, ingresa a la bodega de calzado de dicho local, que se encontraba con suspensión de labores y saca del lugar un par de zapatillas y unas ballerinas, realizando las posteriores ventas que quedaron registradas en las boletas números 14440318 y 14440320, que fiscalizadora actuante tuvo a la vista.” Cursando infracción por” violación o la ejecución de cualquiera otra acción destinada a vulnerar la medida de suspensión de labores decretadas, art. 25 inciso primero en relación al artículo 28 del decreto con fuerza de ley número 2, de 1967 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social”, por la cantidad de 26 ingresos mínimos mensuales. Postula que la referida multa ha sido impuesta con el error de hecho por parte de la fiscalizadora actuante doña Paulina Sofía Bahamondes Vidal, no constatado personalmente los supuestos hechos acaecidos el 21 de febrero 2019, fundantes de la multa impuesta, por cuanto ella misma manifestó que recibió un correo del Sindicato que contenía una foto en la cual se apreciaba a doña Claudia Consejeros vendiendo un producto, además de un informe del sistema que acredita dicha venta lo que no es efectivo, las supuestas boletas que dice haber tenido a la vista además de no haberlas obtenido en un proceso de fiscalización, no permiten de manera alguna reconstruir la cadena de actos imputado a la Sra. Conejeros, por lo que se ha impuesto una multa en evidente ejercicio arbitrario del poder público. Dicha multa además no se encuentra debidamente fundamentada conforme lo exige la ley 19.880. Por ultimo señala que el monto de la multa es desproporcionado. Solicita en definitiva se acoja el reclamo se deje sin efecto la multa impuesta o sea rebajada a lo menos en un 50%, además de las costas de la causa. SEGUNDO: Contestación de la demanda. - Que la reclamada Inspección Comunal del Trabajo Providencia evacuando el traslado que le fuera conferido, contesta reclamo solicitando el rechazo de la demanda de autos, con expresa condenación en costas. Para fundar sus alegaciones manifiesta que, en la especie, la constatación de los hechos que dieron origen a la aplicación de la sanción administrativa N° 1739/19/12 provienen, esencialmente, de la ejecución de las siguientes acciones: ( Inspección perceptiva. La fiscalizadora se constituye el día 06 de marzo de 2019 en las depend
Fallo
fallo pues la misma ha devenido en sobreabundante en relación a hechos que se han tenido como suficientemente establecidos en este juicio. Por estas consideraciones y, visto además lo dispuesto en los artículos 6, 7 y 19 de la Constitución Política de la Republica, los artículos 1 ,420, 446, 453, 503, 506 y siguientes del Código del Trabajo y DFL N° 2 de 1967, Ley 19.880 SE DECLARA: I.- Que se acoge parcialmente el reclamo interpuesto por COLGRAM S.A, rol único tributario N° 76.568.6806 en contra de Inspección Comunal del Trabajo de Providencia, representada legalmente por don Juan Alveal Arriagada, todos previamente individualizados y en consecuencia la multa impuesta mediante resolución multa administrativa 1312/2019/782, de 19 de marzo de 2019, deberá ser rebajada al 50% del monto multado. II .- Que no resultado ninguna de las partes completamente vencida cada parte pagará sus costas. III.- Una vez ejecutoriada la presente resolución devuélvase a las partes los medios de prueba incorporados. Regístrese y archívese en su oportunidad. RIT : I-168-2019 RUC : 19- 4-0179790-7 Pronunciada por don (ña) EMA DEL PILAR NOVOA MATEOS, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a veinticuatro de febrero de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veinticuatro de febrero de dos mil veinte Vistos: Que, ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se llevó a efecto audiencia de juicio en los autos R.I.T. I-168-2019, por reclamación de multa administrativa El reclamo fue interpuesto por COLGRAM S.A, rol único tributario N° 76.568.6806 en contra de Inspección Comunal del Trab
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