HUENCHUPÁN/SOCIEDAD CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA OYARZO KRAMM LIMITADA
Rol
O-35-2019
Fecha
24 de febrero de 2020
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que, comparece don Orlando Andrés Navarrete Cárcamo, cédula nacional de identidad N° 8.358.673-7, domiciliado en calle Manuel Ossa N° 387, comuna de La Unión; y don Héctor Elías Huenchupan Reyes, cédula nacional de identidad N° 11.306.442-0, domiciliado en Población Los Lagos 2, calle Lago Ranco N° 1640, comuna de La Unión, interponiendo acción de despido injustificado, cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales en procedimiento de aplicación general, en contra de su ex empleadora, la empresa SOCIEDAD CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA OYARZO KRAMM LTDA., RUT N° 76.487.040-9, del giro de la construcción, representada por don Rodrigo Alejandro Oyarzo Kramm, cédula nacional de identidad N° 11.591.058-2, o quien sus derechos represente al momento de la notificación de la presente demanda de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4° del Código del Trabajo, ambos con domicilio en O’Higgins N° 380, depto. 51, comuna de Valdivia; y solidaria o subsidiariamente, según se determine en virtud de los artículos 183-B y siguientes del Código del Trabajo, en contra de Joaquín Andrés Grob Anwandter, cédula nacional de identidad N° 10.907.879- 4, desconoce profesión u oficio, con domicilio en calle Bilbao N° 902, comuna de La Unión, o a quien corresponda como Mandante en las faenas de Fundo Grob, ubicado en Sector Trumao Km. 2, comuna de La Unión. Fundan su libelo, en que don Orlando Andrés Navarrete Cárcamo, ingresó a prestar servicios personales bajo vínculo de subordinación y dependencia con fecha 10 de julio de 2018, en forma continua e ininterrumpida para su ex empleador, la empresa SOCIEDAD CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA OYARZO KRAMM LTDA. Según lo pactado con su ex empleador, la naturaleza de las funciones por las cuales fue contratado consistían en las de Carpintero, debiendo desarrollar sus funciones en la propiedad de don Joaquín Andrés Grob Anwandter, en la faena denominada “Fundo Grob”, ubicado en Sector Trumao Km. 2, comuna de La Unión. De acuerdo a l
Fallo
Por lo expuesto anteriormente, el sueldo percibido para los efectos del cálculo de su última remuneración mensual devengada de acuerdo al artículo 172 del Código del Trabajo asciende a la suma de $592.250. Al momento de su despido, el contrato de trabajo pactado con su ex empleador era por obra o faena. Respecto de don Héctor Elías Huenchupan Reyes, con fecha 4 de junio de 2018, ingresó a prestar servicios personales bajo vínculo de subordinación y dependencia, en forma continua e ininterrumpida para su ex empleador, la empresa SOCIEDAD CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA OYARZO KRAMM LTDA. Según lo pactado con su ex empleador, la naturaleza de las funciones por las cuales fue contratado consistían en las de carpintero, en la propiedad de don Joaquín Andrés Grob Anwandter, faena denominada “Fundo Grob”, ubicado en Sector Trumao Km. 2, comuna de La Unión. De acuerdo a lo pactado en el contrato de trabajo, la jornada laboral era de 45 horas de lunes a viernes, desde las 8:00 horas a las 13:00 horas y desde las 14:00 horas a las 18:00 horas. Según lo pactado y al momento del despido, su remuneración mensual consistía en: Sueldo base:$400.000, Gratificación mensual:$100.000, Movilización:$50.000, Asignación de herramientas: $42.250 Por lo expuesto anteriormente, el sueldo percibido para los efectos del cálculo de su última remuneración mensual devengada de acuerdo al artículo 172 del Código del Trabajo asciende a la suma de $592.250 .Al momento de su despido, el contrato de trabajo pacta
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La Unión, veinticuatro de febrero de dos mil veinte VISTOS: PRIMERO: Que, comparece don Orlando Andrés Navarrete Cárcamo, cédula nacional de identidad N° 8.358.673-7, domiciliado en calle Manuel Ossa N° 387, comuna de La Unión; y don Héctor Elías Huenchupan Reyes, cédula nacional de identidad N° 11.306.442-0, domiciliado en Población Los Lagos 2, calle Lago Ranco N° 1640, comuna de La Unión, inter
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