1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

SALDÍVAR/MACO INTERNATIONAL S.A.

Rol

O-1596-2019

Fecha

19 de febrero de 2020

Materia

Comisiones, Cotizaciones Previsionales, Nulidad del despido, Semana corrida

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Comparece doña Nayade Corina Saldívar Sandoval, ejecutiva de ventas, domiciliada en Avenida Providencia 1208, oficina 1607, Providencia quien demanda a MACO International S.A., del giro de su denominación, representada por don Francisco Margozzini Mackenzie, domiciliados en avenida Presidente Eduardo Frei Montalva 9829, Quilicura. Indica que ingresó prestar servicios para la demandada el 3 de marzo de 2015 como vendedora de camiones, con contrato de naturaleza indefinida. Desempeñaba sus labores en dependencias de la empresa y en terreno, en visita a clientes, por lo que su jornada se regía por el inciso segundo del artículo 22 del Código del Trabajo. No obstante, luego señala que la jornada era de lunes a viernes, de 8:30 a 18:30 horas. Su remuneración, de acuerdo con el promedio de los tres últimos meses trabajados, asciende a la suma de $6.066.268.-, considerando la remuneración de septiembre, lo que no pudo percibir por el no pago íntegro en ese mes. El 8 de octubre de 2018 fue despedida por la causal de necesidades de la empresa y el 30 del mismo mes y año suscribió finiquito con la empresa en el cual hizo reserva de derechos para obtener el cobro de las comisiones adeudadas a esa fecha. Explica que la empresa le pagaba mensualmente el ítem denominado “COMISIÓN VTA. UNIDADES”, las que percibiría dependiendo de las ventas propias de camiones que realizara mensualmente en su cargo. Mes a mes se le informaba mediante correo electrónico de doña Irma Ortega, liquidadora de remuneraciones, el detalle de las ventas realizadas, con indicación del cliente, el número de factura o nota de crédito, el monto de la Comisión y su estado, es decir, si estaba pagada o se encontraba pendiente de pago. El 24 de octubre de 2018 se le indica que estaba a su disposición su finiquito por lo que preguntó por sus comisiones de mayo de 2018 y septiembre del mismo año, indicándosele que se enviaría al correo electrónico el detalle de lo pendiente de pago. Se le envió correo por la liquidadora el 25 de octubre de 2018 en que se le informa el detalle de las comisiones pendientes pero ellas no fueron pagadas al momento de suscribir el finiquito por lo que hizo reserva de derechos. Afirma que se le adeudan las comisiones de septiembre 2018, por un monto de $6.088.144.- toda vez que en la liquidación no se pagó el total de aquellas que generó ese mes, de acuerdo con el artículo 55 inciso segundo del Código el Trabajo, adeudándosele las generadas de acuerdo con el detalle de la tabla que contiene en su demanda, y además también le adeuda la demandada unas de mayo 2018, por la suma de $1.475.727.- de acuerdo con el cuadro que contiene la demanda. Asimismo, ante la falta de pago de comisiones, se le adeudarían la semana corrida correspondiente, que respecto de mayo de 2018 asciende a la suma de $421.636.- y respecto de septiembre del mismo año, a la de $2.865.008. Como consecuencia de la falta de pago de las comisiones hasta el 30 de septiembre

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales ya citadas y de acuerdo con lo previsto en los artículos453, 454, 456, 458 y 459 del Código del Trabajo se declara que: I. SE RECHAZA la excepción de finiquito; II. SE RECHAZA la demanda, en todas sus partes. III. No se emite pronunciamiento de la excepción de pago por resultar innecesario. IV. Estimando que se litigó con motivo plausible, cada parte pagará sus costas. Notifíquese y, en su oportunidad, archívese. RIT : O-1596-2019 RUC : 19- 4-0171974-4 Pronunciada por doña XIMENA CAROLINA LÓPEZ AVARIA, Jueza Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a diecinueve de febrero de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, diecinueve de febrero de dos mil veinte. Vistos y considerando: PRIMERO: Comparece doña Nayade Corina Saldívar Sandoval, ejecutiva de ventas, domiciliada en Avenida Providencia 1208, oficina 1607, Providencia quien demanda a MACO International S.A., del giro de su denominación, representada por don Francisco Margozzini Mackenzie, domiciliados

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