1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CARRILLO/GRAFHIKA COPY CENTER LIMITADA

Rol

O-192-2020

Fecha

19 de febrero de 2020

Materia

Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: Consta íntegramente en audio. TRASLADO: Consta íntegramente en audio. Se deja la resolución de la excepción de finiquito para sentencia definitiva. Revisión de antecedentes: Se deja constancia que el Tribunal tiene a la vista el finiquito, certificado de cotizaciones. ADMISION TACITA Se deja constancia que se efectuaron los 3 llamados correspondientes en la antesala del Tribunal y no comparece las parte demandada, estando debidamente notificada de la audiencia y dado que no existen hechos sustanciales pertinentes y controvertidos en la presente causa y de conformidad con el artículo 453 el tribunal tiene por tácitamente admitidos los hechos señalado en la demanda, por lo que no se recibe la causa a prueba dictándose sentencia el día de hoy. Sentencia: Se deja constancia que la Sentencia dictada en audiencia se encuentra íntegramente registrada en el audio correspondiente y de conformidad a lo establecido en el artículo 62 del acta 71-2016, se procede a transcribir sólo la parte resolutiva. PRIMERO: Demandante: JOSÉ MIGUEL CARRILLO ARAVENA, Rut Nº 17.102.801-9, domiciliado en San Ailla N° 215, Pudahuel Sur, ciudad de Santiago, demanda GRAFHIKA COPY CENTER LTDA., RUT: 78.953.430-6, representada legalmente por JORGE IVÁN VILLARROEL ORELLANA ambos domiciliados en calle SANTO DOMINGO 1862, comuna y ciudad de Santiago. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto los artículos 7, 8, 9, 162, 161, 168, 446 y siguientes, 454 y demás pertinentes del Código del Trabajo, 1698 del Código Civil y demás pertinente, se declara: I.- Que SE ACOGE la demanda interpuesta por JOSÉ MIGUEL CARRILLO ARAVENA, en contra de GRAFHIKA COPY CENTER LTDA, ambos ya individualizados y, en consecuencia, se declara injustificado el despido del que fue objeto el 21 de noviembre del año 2019; que la relación tuvo lugar entre el 1 de septiembre de 2012 hasta el 21 noviembre de 2019, en funciones de operario de terminación, fecha en que concluyeron los servicios siendo injustificad

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto los artículos 7, 8, 9, 162, 161, 168, 446 y siguientes, 454 y demás pertinentes del Código del Trabajo, 1698 del Código Civil y demás pertinente, se declara: I.- Que SE ACOGE la demanda interpuesta por JOSÉ MIGUEL CARRILLO ARAVENA, en contra de GRAFHIKA COPY CENTER LTDA, ambos ya individualizados y, en consecuencia, se declara injustificado el despido del que fue objeto el 21 de noviembre del año 2019; que la relación tuvo lugar entre el 1 de septiembre de 2012 hasta el 21 noviembre de 2019, en funciones de operario de terminación, fecha en que concluyeron los servicios siendo injustificada la aplicación de la causal de necesidades de la empresa. En consecuencia con ello se declaran que tendrán lugar las diferencias ordenadas, atendido que la última remuneración del actor ascendió a $615.536.- y en consecuencia se condena a la demandada al pago las siguientes indemnizaciones y prestaciones: 1- Diferencia por indemnización sustitutiva de aviso previo $190.107.- 2- Diferencia de años de servicio por la suma de $1.330.749.- 3- El 30% de recargo de los años de servicio conforme al artículo 168 del Código del Trabajo, lo que suma un total de $1.292.625. 4- Devolución de la suma descontada por concepto de AFC por la suma de $765.421.- 5- El pago íntegro de las cotizaciones previsionales hasta el último día del mes anterior a la desvinculación, esto es, hasta octubre del año 2019. 6- Que se declara la nulidad del despido y en

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO Ordinario FECHA 17/02/2020, Santiago RUC 20- 4-0242800-8 RIT O-192-2020 CARATULADO Carrillo/Grafhika Copy Center Limitada MAGISTRADO Maria Veronica Torres Reyes ADMINISTRATIVO DE ACTAS Claudia Fuentes Yessi HORA DE INICIO 10:14 HORA DE TERMINO 10:37 SALA 4.1 Nº REGISTRO DE AUDIO 2040242800

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