ALIMENTOS FRUNA LIMITADA/ICT MAIPU
Rol
I-350-2019
Fecha
19 de febrero de 2020
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que constan en registro de audio: 1) Alian Herrera Herrera, Cédula de identidad N° 9.752.778-4. 2) Renán Manuel Yañez Gorigoitia, Cédula de identidad N°12.882.139-7. 3) Oscar Contreras Villar, Cédula de identidad N° 12.329.944-2. 4) Katiuska Espinoza Cabrera, Cédula de identidad N°13.338.490-1. Oficio: Se incorporan las respuestas a los oficios emitidos a las siguientes instituciones: 1) Dirección del Trabajo La parte reclamada incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Resolución de multa N° 8569/19/46 de fecha 4.07.2019. 2) Carátula de informe de fiscalización N° 967.2019. 3) Informe de fiscalización N° 967, realizado por la fiscalizadora Patricia Abarca Díaz, de fecha 04.07.2019. 4) Activación de fiscalización N° 967.2019. 5) Notificación de inicio de procedimiento de fiscalización FI-1, fiscalización N° 967.2019. 6) Acta de condiciones de seguridad y salud básicas en los lugares de trabajo FI-16, fiscalización N° 967.2019. Observaciones a la prueba: Las partes realizan las observaciones a la prueba rendida en juicio, lo cual consta en el respectivo registro de audio. Sentencia: Se transcribe solo lo resolutivo Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1 a 11, 21, 22, 28, 34, 420 y siguientes del Código del Trabajo, lo dispuesto en el artículo 51 y 53 del Decreto Supremo 594 de 1999 del Ministerio de Salud y lo dispuesto en el artículo 23 del DFL n°2 de 1967 del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social, se resuelve que se acoge parcialmente el reclamado interpuesto por don José Miguel Contreras Fierro en representación de Alimentos Fruna Limitada en contra de la Inspección Comunal del Trabajo de Maipú, solo en cuanto se deja sin efecto la resolución de multa n°8569/19/46 n°3 manteniéndose íntegramente las dos restantes multas. Que no se condena en costas a las partes por no haber sido ninguna de ellas íntegramente vencidas. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase con lo dispuesto en ella dentro de qui
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1 a 11, 21, 22, 28, 34, 420 y siguientes del Código del Trabajo, lo dispuesto en el artículo 51 y 53 del Decreto Supremo 594 de 1999 del Ministerio de Salud y lo dispuesto en el artículo 23 del DFL n°2 de 1967 del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social, se resuelve que se acoge parcialmente el reclamado interpuesto por don José Miguel Contreras Fierro en representación de Alimentos Fruna Limitada en contra de la Inspección Comunal del Trabajo de Maipú, solo en cuanto se deja sin efecto la resolución de multa n°8569/19/46 n°3 manteniéndose íntegramente las dos restantes multas. Que no se condena en costas a las partes por no haber sido ninguna de ellas íntegramente vencidas. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase con lo dispuesto en ella dentro de quinto día hábil. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió y dictó sentencia don Cesar Alexanders Torres Mesías, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. De requerirse los audios en forma inmediata, estos pueden ser solicitados en el Segundo Piso de este Tribunal, con un dispositivo idóneo para su grabación. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, dieciocho de febrero de dos mil veinte.-
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO RECLAMO FECHA 18 de febrero de 2020 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO SALA 13 RUC 19-4-0208437-8 RIT I-350-2019 MAGISTRADO CESAR ALEXANDERS TORRES MESÍAS ADMINISTRATIVO DE ACTAS ERNESTO PIDERIT FERNÁNDEZ HORA DE INICIO 11:10 HORAS HORA DE TERMINO 12:55 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 1940208437-8-1349-200218-00 Nº C
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