Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique

TRANSPORTES NORTE GRANDE EIRL/INSPECCION DE TRABAJO DE IQUIQUE

Rol

I-6-2020

Fecha

17 de febrero de 2020

Materia

Otros Reclamos

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece SERGIO SALAS ARRIAGADA, abogado, en representación de SANDRA URIBE SANTANDER TRANSPORTES NORTE GRANDE E.I.R.L., persona jurídica de su denominación, ambos con domicilio para estos efectos en calle Bolívar N°202, oficina 901, Iquique, viene en interponer reclamo judicial en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Iquique, representada por doña MAYERLING PAVEZ ROBLEDO, Inspectora Provincial del Trabajo de Iquique, todos con domicilio para estos efectos en Patricio Lynch N°1332-1334, de esta ciudad, respecto del Ordinario 100064 del 9 de enero de 2020, en cuanto no autorizó la sustitución por curso de capacitación de la Multa 1156/2019/45-5, aplicada por la fiscalizadora de dicha institución señora Elba Maricel Fredes Vergara, solicitando desde ya dejar sin efecto el ordinario 100064 del 9 de enero de 2020, en cuanto rechazó dicha solicitud, y en su lugar disponer, atendido el mérito de los antecedentes que obren en el proceso, que dicha institución otorgue el curso de sustitución de multa por programa de capacitación de la multa 1156/2019/45 – 5. Señala que su representada SANDRA URIBE SANTANDER TRANSPORTES NORTE GRANDE E.I.R.L., fue objeto de un proceso de fiscalización por parte de la Inspección del Trabajo de esta ciudad, realizada por la fiscalizadora señora Elba Maricel Fredes Vergara, oportunidad en la cual se revisó una serie de documentos de índole laboral, entre ellos contratos de trabajo, registro de asistencia, cotizaciones previsionales, etcétera. Lo anterior, significó que con fecha 7 de agosto de 2019, mediante resolución de multa N°1156/19/45-1-2-3-4-5 se aplicaran cinco multas administrativas por los siguientes hechos infracciónales: 1.- “No mantener las condiciones adecuadas de seguridad y salud laboral al no identificar los peligros y evaluarlos riesgos que están presentes en la tarea de ayudante de patio, específicamente en el des consolidado de conteiner; además, la falta de supervisión mientras se ejecuta dicha tarea y la falta de señalización respecto de los lugares de peligro. Lo anterior ante accidente sufrido por el trabajador Pedro Cerda Guzmán, el día 25-06-2019, en circunvalación S/N, sector Marinero desconocido, Iquique”. 2.- “No proporcionar al trabajador Pedro Cerda Guzmán, quien sufre accidente de fecha 25-06-2019; los elementos de protección personal adecuados al riesgo del trabajo que realizaba como ayudante de patio, tales como: zapatos de seguridad, casco de seguridad, guantes y chaleco reflectante. Tal hecho constituye incumplimiento a las condiciones generales de seguridad de los lugares de trabajo respecto de los equipos de protección personal e implica no tomar la medidas necesarias para proteger la vida, salud y en general la integridad física de los trabajadores.” 3.- “No informar al trabajador Pedro Cerda Guzmán, los riesgos que entrañan sus labores, las medidas preventivas pertinentes y los métodos de trabajo correctos, es decir, el modo de obrar o proced

Fallo

Por estas consideraciones, normas citadas y visto además lo dispuesto en los artículos 420, 503,504, 506 ter y 56 del Código del Trabajo, se declara: I.- Que, rechaza reclamo interpuesto por SERGIO SALAS ARRIAGADA, abogado, en representación de SANDRA URIBE SANTANDER TRANSPORTES NORTE GRANDE E.I.R.L., persona jurídica de su denominación, en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Iquique, representada por doña MAYERLING PAVEZ ROBLEDO, Inspectora Provincial del Trabajo de Iquique, en consecuencia, se mantiene Ordinario 100064 del 9 de enero de 2020 y resolución de multa 1156/2019/45 – 5. II.- Se rechaza la excepción de Incompetencia absoluta del Tribunal opuesta por la reclamada, sin costas. III.- Que, no se condena en costas a la reclamante por tener motivo plausible para litigar. Regístrese, Notifíquese y Archívese en su oportunidad. RIT I 6-2020 RUC 20-4-0246755-0 Dictada por doña CATALINA ANDREA CASANOVA SILVA, Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique.

Texto Completo (Preview)

Iquique, diecisiete de febrero de dos mil veinte. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece SERGIO SALAS ARRIAGADA, abogado, en representación de SANDRA URIBE SANTANDER TRANSPORTES NORTE GRANDE E.I.R.L., persona jurídica de su denominación, ambos con domicilio para estos efectos en calle Bolívar N°202, oficina 901, Iquique, viene en interponer reclamo judicial en contra de la Inspección Provi

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