1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

VOSS/COMERCIAL BEKTRO SPA

Rol

O-2273-2019

Fecha

12 de febrero de 2020

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y OÍDO: PRIMERO: Demanda. Comparece FRANCISCO EDUARDO VOSS MORRAL, chileno, casado, empleado, CI N° 15.350.739-2, domiciliado para estos efectos en Padre de Alonso de Ovalle No 791, departamento 1311, comuna de Santiago, e interponer Demanda Laboral en Procedimiento de Aplicación General por Despido Indirecto, Nulidad de Despido, Cobro de Prestaciones e Indemnizaciones Laborales, Régimen de Subcontratación en contra de: 1.- su ex empleadora BEKTRO SpA, Rol único tributario N° 76.068.073-7; sociedad comercial, representada en los términos del artículo 4° del Código del Trabajo por don GREGORIO DEL CARMEN RIQUELME VILLALOBOS, cédula de identidad N° 9.024.856-1, ignoro profesión u oficio, ambos con domicilio en General Bulnes No715, comuna de Santiago, Regiòn Metropolitana, como demandada principal; y, 2.- CLARO CHILE S.A, Rol único tributario N° 96.799.250-K, representada en los términos del artículo 4° del Código del Trabajo por don Miguel Oyonarte Weldt, cédula de identidad No 8.235.458-1 ambos domiciliados en Avenida El Salto No 5450 Ciudad Empresarial Huechuraba, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, como demandada solidaria para que sean condenada “indistintamente” o “solidariamente”, con expresa condenación en costas, fundada en: 1. Antecedentes laborales. Con fecha 10 de enero de 2018 celebró contrato de trabajo con su ex empleadora BEKTRO SpA, bajo el cargo de GERENTE COMERCIAL, u otro trabajo o función que tenga directa relaciona con el cargo ya referido. Debía realizar todas aquellas labores relacionadas, dependientes o consecuentes con el ejercicio de tal cargo y la jerarquía o responsabilidad del mismo. La función para la cual, se me contrato era de aquellas consideradas por la ley como de exclusiva confianza del empleador. Mantenía jornada del artículo 22 del CT. Que su última remuneración mensual ascendió a la suma de $3.485.250.- Esto para efectos del artículo 172 del Código del Trabajo. 2. Del despido indirecto. Señala que la de

Fundamentos

considerando una remuneración de $3.485.250.-, que se devenguen desde la fecha del despido, esto es, el 01 de enero de 2019, hasta la convalidación del mismo, esto es, hasta el pago íntegro de las mismas. · Todo con los reajustes, conforme los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que cada parte pagará sus costas. Consígnese los pagos por el demandado Bektro SpA, dentro de plazo de cinco días, contados desde que quede ejecutoriada la sentencia, certificado el no pago, remítanse los antecedentes a cobranza laboral. Regístrese y archívense en su oportunidad. Notifíquese con esta fecha por correo electrónico. RIT O-2273-2019 RUC 19-4-0178101-6 Dictada por doña Andrea A. Iligaray Llanos, Jueza Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a doce de febrero de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 3, 7, 8, 9, 446 y siguientes, 454, 456, 457 y 459 del Código del Trabajo, y 1698 del Código Civil, SE DECLARA: I.- Que SE ACOGE la demanda deducida por Francisco Eduardo Voss Morral, sólo respecto de la demandada Comercial Bektro SpA., ambos ya individualizados, y se declara que el despido indirecto ejecutado por el actor, es ajustado a derecho; sin embargo, el mismo es nulo. En lo demás se desecha la demanda. II.- Que en virtud de lo anterior se condena a la demandada Bektro SpA., al pago de las siguientes prestaciones e indemnizaciones: · Remuneración Mes de Marzo de 2018 por la suma de $2.684.311.- · Remuneración Mes de Abril de 2018 por la suma de $2.684.311.- · Saldo pendiente remuneración Mes de Mayo de 2018 por la suma de $1.684.311.- · Saldo pendiente remuneración Mes de Junio de 2018 por la suma de $1.984.311.- · Saldo pendiente remuneración Mes de Julio de 2018 por la suma de $1.684.311.- · Saldo pendiente remuneración Mes de Agosto de 2018 por la suma de $1.684.311.- · Saldo pendiente remuneración Mes de Septiembre de 2018 por la suma de $984.311.- · remuneración Mes de Octubre de 2018 por la suma de $2.684.311.- · remuneración Mes de Noviembre de 2018 por la suma de $2.684.311.- · remuneración Mes de Diciembre de 2018 por la suma de $1.134.311.- · remuneración Mes de Enero de 2019 por la suma de $1.684.311.- · Al pago de Cotizaciones Previsionales en la A.F.P CUPRUM por los periodos que a con

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, doce de febrero de dos mil veinte. VISTO Y OÍDO: PRIMERO: Demanda. Comparece FRANCISCO EDUARDO VOSS MORRAL, chileno, casado, empleado, CI N° 15.350.739-2, domiciliado para estos efectos en Padre de Alonso de Ovalle No 791, departamento 1311, comuna de Santiago, e interponer Demanda Laboral en Procedimiento de Aplicación General por Despido I

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