1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

PLASTICOS HADDAD S.A/INSPECCION COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO SUR ORIENTE

Rol

I-169-2019

Fecha

11 de febrero de 2020

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 11 de abril de 2019, comparece don Alberto Haddad Valech, empresario, en representación de PLÁSTICOS HADDAD S.A., sociedad del giro de su denominación, rol único tributario N° 86.778.100-5, ambos con domicilio en calle José Ananías N° 444, comuna de Macul, e interpone reclamación judicial en contra de la resolución N° 156/2019, de fecha 22 de marzo de 2019, notificada el día 26 de marzo de 2019, que negó lugar a dejar sin efecto las multa de resolución N° 6293/18/53 de 9 de noviembre de 2018, ambas resoluciones dictadas por la INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO SUR ORIENTE, de quien ignora rol único tributario, representada por don Miguel Soto Muñoz, ambos con domicilio en Campos de Deportes N° 787, comuna de Ñuñoa. Refiere que, debido a la fiscalización realizada por don Jaime David Sau Sierralta se dictó la resolución 6293/18/53 de fecha 9 de noviembre del 2018, donde se aplicó las siguientes multas a beneficio fiscal: 1. “No mantener protegidas las partes móviles o cortantes y no contar con señalizaciones adecuadas respecto de la máquina Jwell 250, #3. Donde se produce accidente de trabajo de carácter grave de fecha 23-10-2018, en plante ubicada en José Ananías 444, comuna de Macul, que afectó al trabajador Patricio Alejandro Olave Urrutia, al no contar con barrera que impida al trabajador operario ingresar a la maquinaria a sacar productos defectuosos cuando esta se encuentra en movimiento y así prevenir la ocurrencia de accidentes”. Concluyendo que por no estar debidamente protegidas las partes móviles y otras de las máquinas y equipos, fue condenada al pago de 40 UTM. 2. “No asesorar ni desarrollar el Departamento de Prevención de Riesgos, acorde con las funciones mínimas exigidas, las labores como el reconocimiento y evaluación de riesgos de accidentes y la capacitación y adiestramiento de los trabajadores al no tener identificado el riesgo de atrapamiento en máquina Jwell 250 #3, con el objeto de tomar medidas ingenieriles y administrativas que impidieran la ocurrencia de accidentes. Donde se produce accidente de trabajo de carácter grave de fecha 23-10-2018, en planta ubicada en José Ananías 444, comuna de Macul, que afectó al trabajador Patricio Alejandro Olave Urrutia. Tal hecho es un incumplimiento a las obligaciones legales sobre prevención de riesgos profesionales e implica no disponer las medidas que protejan eficazmente la vida y salud de los trabajadores al interior de la empresa”. Concluyendo que por no asesorar y desarrollar el Departamento de Prevención de Riesgos lo pertinente con las funciones mínimas, se condena a mi representada al pago de 30 UTM. 3. “No informar a los trabajadores, al trabajador Patricio Alejandro Olave Urrutia, de los riesgos, las medidas preventivas y los procedimientos de trabajo seguro para la operación de la máquina Jwell 250 #3, donde se produce accidente de carácter grave de fecha 23-10-2018, en planta ubicada en José Ananías 444, comuna de Macul. Tal hech

Fallo

por tanto, la resolución N° 6293/18/53 de 9 de noviembre del año 2018, que curso cuatro multas a dicha empresa. NOVENO: Que con la prueba rendida en autos es posible dar por acreditados los siguientes hechos: 1. Que con fecha 23 de octubre de 2018 se dio origen a la fiscalización N° 3364, año 2018, en virtud de la cual el fiscalizador Jaime David Sau Sierralta, realizando una visita inspectiva a la empresa reclamante el día 29 de octubre de 2018. 2. Que a partir de la fiscalización señalada se dictó la resolución la resolución N° 6293/18/53 de 9 de noviembre del año 2018, que curso las siguientes cuatro multas: 1. “No mantener protegidas las partes móviles o cortantes y no contar con señalizaciones adecuadas respecto de la máquina Jwell 250, #3. Donde se produce accidente de trabajo de carácter grave de fecha 23-10-2018, en planta ubicada en José Ananías 444, comuna de Macul, que afectó al trabajador Patricio Alejandro Olave Urrutia, al no contar con barrera que impida al trabajador operario ingresar a la maquinaria a sacar productos defectuosos cuando esta se encuentra en movimiento y así prevenir la ocurrencia de accidentes”. 2. “No asesorar ni desarrollar el Departamento de Prevención de Riesgos, acorde con las funciones mínimas exigidas, las labores como el reconocimiento y evaluación de riesgos de accidentes y la capacitación y adiestramiento de los trabajadores al no tener identificado el riesgo de atrapamiento en máquina Jwell 250 #3, con el objeto de tomar medidas ing

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, once de febrero de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 11 de abril de 2019, comparece don Alberto Haddad Valech, empresario, en representación de PLÁSTICOS HADDAD S.A., sociedad del giro de su denominación, rol único tributario N° 86.778.100-5, ambos con domicilio en calle José Ananías N° 444, comuna de Macul, e inte

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