Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo

ÁLVAREZ/EXCAVACIONES, DEMOLICIONES Y ARRIENDO DE MAQUINARIA LGI SPA

Rol

M-310-2019

Fecha

11 de febrero de 2020

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos a probar: 1. Existencia de relación laboral entre las partes, extensión temporal de la misma. 2. Remuneración pactada y efectivamente percibida, en su caso. 3. Forma, fecha, causa y circunstancias del término de la relación laboral, en su caso. 4. Estado de pago de las cotizaciones previsionales del periodo trabajado, en su caso. 5. Estado de uso y/o compensación del feriado devengado durante el tiempo trabajado, en su caso. 6. Estado de pago de la remuneración de 18 días de julio de 2019, en su caso. PARTE DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA: DOCUMENTAL: 1. Carta de autodespido de fecha 19 de julio de 2019 con su Boucher de envío de correos de chile. 2. Comunicación autodespido dirigido a la Inspección comunal del trabajo del Maipo de fecha 19 de julio de 2019. 3. Acta de comparendo de conciliación de fecha 14 de octubre de 2019. 4. Cartola de Banco Estado correspondiente a los meses de febrero a noviembre 2019. 5. Certificado Previred del actor correspondiente a los meses de enero a junio del año 2019. 6. Certificado de cotizaciones del actor de AFP MODELO correspondiente a os meses de julio 2018 a mayo 2019. 7. Credencial de acreditación del actor. Tribunal resuelve: Se tienen por ofrecidos e incorporados los documentos, se ordena la digitalización. CONFESIONAL: No se presenta, en virtud de la no comparecencia en esta audiencia. Tribunal resuelve: se resuelve apercibimiento en sentencia definitiva. Se decreta receso antes de la dictación de la sentencia. San Bernardo, once de febrero de dos mil veinte. Visto y lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7 y siguientes, 160 y siguientes, 420 y siguientes del Código del Trabajo, SE RESUELVE: I. Que, se declara la existencia de relación laboral entre las partes, la que se desarrolló entre los días 07 de enero de 2019 y 19 de julio de 2019. II. Que, se declara ajustado a derecho el despido indirecto, condenándose a la demandada a las siguientes prestaciones: a. Indemnización sustitutiva de aviso prev

Fallo

se resuelve apercibimiento en sentencia definitiva. Se decreta receso antes de la dictación de la sentencia. San Bernardo, once de febrero de dos mil veinte. Visto y lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7 y siguientes, 160 y siguientes, 420 y siguientes del Código del Trabajo, SE RESUELVE: I. Que, se declara la existencia de relación laboral entre las partes, la que se desarrolló entre los días 07 de enero de 2019 y 19 de julio de 2019. II. Que, se declara ajustado a derecho el despido indirecto, condenándose a la demandada a las siguientes prestaciones: a. Indemnización sustitutiva de aviso previo, por un monto de $600.000.- III. Que, se declara la aplicación de la sanción de nulidad del despido o Ley Bustos, condenándose a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a. Remuneraciones desde el despido hasta la convalidación. b. Diferencia de cotizaciones previsionales en AFP Modelo, Fonasa y AFC Chile, debiendo considerarse que la remuneración real por la que se debieron pagar las cotizaciones es de $600.000.- IV. Que, se acoge la demanda, en cuanto se condena a la demandada al pago de la siguientes prestaciones: a. Feriado proporcional por $239.000.- b. Remuneración pendiente de pago por $360.000.- V. Que, para el cobro de las cotizaciones previsionales, deberá oficiarse a las respectivas instituciones previsionales, para que ejerzan las acciones de cobranza que procedan. VI. Que, para el pago de las demás prestaciones que se han declarado en esta sentencia deb

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ACTA DE AUDIENCIA UNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA Once de febrero de dos mil veinte RUC 19-4-0223998-3 RIT M-310-2019 MAGISTRADO SEBASTIAN BUENO SANTIBAÑEZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS Cristian Lillo Calvo HORA DE INICIO 10:36 HORA DE TERMINO 11:01 Nº REGISTRO DE AUDIO 1940223998-3-1352 SALA 2 DEMANDANTE COMPARECE JOSÉ ALFREDO ÁLVAREZ PAILLALEF, RUN 18481471-4 ABOGADO COMPARECE

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