1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

BRAVO/TECNOLOGIA EN SEGURIDAD ELECTRONICA CHILE SPA

Rol

M-3513-2019

Fecha

11 de febrero de 2020

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: Se dan por reproducidos al tenor los escritos de demanda y contestación de la misma. CONCILIACIÓN: Se arriba a una conciliación parcial con la demandada INMOBILIARIA BOULEVARD LYON LIMITADA la cual se adjunta al final de la presente acta. Atendida la incomparecencia de la demandada principal se tiene por frustrado el llamado a conciliación respecto de ella. HECHOS NO CONTROVERTIDOS: No se fijan hechos no controvertidos. El Tribunal, atendido que no existen hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos dictará sentencia de inmediato. SENTENCIA Se deja constancia que el tribunal procederá a dictar sentencia en este acto y de conformidad a lo establecido en el artículo 62 del acta 71, se transcribirá sólo la individualización de las partes y la resolutiva, constando la sentencia en su integridad en registro de audio. En Santiago, a once de febrero de dos mil veinte. Don JOAQUÍN ANTONIO BRAVO SÁEZ, representado por la Oficina de la Defensoría Laboral, con el abogado que ya se individualizó, presente en su representación con domicilio en calle San Pablo 1224, comuna de Santiago, demanda en procedimiento monitorio a TECNOLOGIA EN SEGURIDAD ELECTRONICA CHILE SPA, Rut N° 76.951.281-0, representante legal Claudia Andrea Boasso González, ambos con domicilio en Avenida Irarrázaval 2821, departamento 508, Ñuñoa. Y visto además lo dispuesto en los artículos 67, 73, 168, 172, 174, 154 N° 1, 496, 500 y siguientes del Código del Trabajo y habida consideración a que todos los antecedentes antes señalados se constatan en virtud de la admisión tácita y en razón de no haber cumplido con la carga procesal probatoria que impone el artículo 454 N 1 inciso segundo del Código del Trabajo por parte del demandado, se declara que: I. Se ACOGE la demanda impetrada por don JOAQUÍN ANTONIO BRAVO SÁEZ, en contra de TECNOLOGIA EN SEGURIDAD ELECTRONICA CHILE SpA, ambos ya debidamente individualizados y se declara que el despido es injustificado y que además el mismo es nulo. II.

Fallo

se declara que: I. Se ACOGE la demanda impetrada por don JOAQUÍN ANTONIO BRAVO SÁEZ, en contra de TECNOLOGIA EN SEGURIDAD ELECTRONICA CHILE SpA, ambos ya debidamente individualizados y se declara que el despido es injustificado y que además el mismo es nulo. II. Que, a consecuencia de lo anterior, se le condena al pago de: a. La indemnización sustitutiva de aviso previo por $411.351 b. Feriado proporcional por $45.397 c. Cotizaciones de seguridad social por el periodo del 10 de julio de 2019 al 30 de agosto de 2019. d. Además todas las remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde la separación, esto es, desde el 30 de agosto de 2019 hasta la convalidación del mismo a razón de una remuneración de $411.351.- III. Que a las sumas antes señaladas deberá descontarse la pagada por INMOBILIARIA BOULEVARD LYON LIMITADA, que asciende a $456.748.- IV. Lo adeudado devengará también reajustes e intereses conforme lo establece el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. V. Sin costas, dado que no causó mayor desgaste a la jurisdicción el conocimiento de la presente causa. Dictada en audiencia por doña ANDREA ALEJANDRA ILIGARAY LLANOS, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Siendo las 10:54 horas, se pone término a la presente audiencia. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presen

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO Monitorio FECHA 11 de febrero de 2020, Santiago RUC 19-4-0231196-K RIT M-3513-2019 CARATULADO BRAVO/TECNOLOGIA EN SEGURIDAD ELECTRONICA CHILE SPA MAGISTRADO ANDREA ALEJANDRA ILIGARAY LLANOS ADMINISTRATIVO DE ACTAS Paula Francisca Rodas Valenzuela HORA DE INICIO 10:45 HORA DE TERMINO 10:54 SALA 5.3

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