LABORATORIO SILVA FRITZ LTDA./INSPECCION DEL TRABAJO
Rol
I-4-2020
Fecha
10 de febrero de 2020
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Registrado en audio. CONCILIACIÓN: Se deja constancia que efectuado el llamado a conciliación este se tiene por frustrado debido a la inasistencia de la parte reclamante. HECHOS NO CONTROVERTIDOS: 1.- Que con fecha 15 de julio de 2019 la Inspección del Trabajo de Concepcion dictó la resolución N°1260/19/49, mediante la cual impuso 6 multas a la reclamante. 2.- Que la reclamante solicitó la reconsideración administrativa de dichas multas, la que fue rechazada mediante resolución N°733 de fecha 10 de diciembre de 2019, confirmando las multas. HECHOS CONTROVERTIDOS: 1.- Alegaciones y antecedentes presentados por la reclamante ante la Inspección del Trabajo en su reconsideración administrativa. 2.- Efectividad que la reclamada haya incurrido en un error de hecho al momento de determinar las infracciones. 3.- Hechos circunstancias que permitan una disminución del monto de las multas cursadas. MEDIOS DE PRUEBA: I. PRUEBA RECLAMANTE: No ofrece II. PRUEBA RECLAMADO: No ofrece SENTENCIA (Se deja constancia que Magistrado, dicta la sentencia en audio, constando en la presente acta solo la transcripción de la parte resolutiva del fallo.) Concepcion, diez de febrero de dos mil veinte. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 503, 511 y 512 del Código del Trabajo y normas pertinentes del Decreto con Fuerza de Ley N° 2 de 1967, se declara: I.- Que, se rechaza la reclamación judicial deducida por doña VERONICA JIMENEZ MOLINA, abogado, en representación judicial de LABORATORIO SILVA FRITZ LTDA, interpuesta en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Concepcion, representada por don Marco David Fernández Palma, todos ya previamente individualizados en la parte expositiva del fallo. II.- Que, se exime a la parte reclamante de las costas. Regístrese y archívese en su oportunidad. La parte reclamada por encontrarse en audiencia queda notificado de lo resuelto. La parte reclamada queda notificada en virtud del artículo 426 del Có
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 503, 511 y 512 del Código del Trabajo y normas pertinentes del Decreto con Fuerza de Ley N° 2 de 1967, se declara: I.- Que, se rechaza la reclamación judicial deducida por doña VERONICA JIMENEZ MOLINA, abogado, en representación judicial de LABORATORIO SILVA FRITZ LTDA, interpuesta en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Concepcion, representada por don Marco David Fernández Palma, todos ya previamente individualizados en la parte expositiva del fallo. II.- Que, se exime a la parte reclamante de las costas. Regístrese y archívese en su oportunidad. La parte reclamada por encontrarse en audiencia queda notificado de lo resuelto. La parte reclamada queda notificada en virtud del artículo 426 del Código del Trabajo. Dirigió don, IVAN RODRIGO VIAL AGUILAR, Juez Suplente del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 10 de Febrero de 2020 RUC 20-4-0241837-1 RIT I-4-2020 MAGISTRADO IVAN RODRIGO VIAL AGUILAR ADMINISTRATIVO DE ACTAS Macarena Venegas Alvez SALA 4 HORA DE INICIO 9:30 horas HORA DE TERMINO 9:49 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 20-4-0241837-1-1343 DEMANDANTE (no comparece) LABORATORIO SILVA FRITZ LTDA.- 76.114.80
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