1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

RETAMALES/COMERCIALIZADORA SHOES & COMPANY LIMITADA

Rol

O-6627-2019

Fecha

10 de febrero de 2020

Materia

Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: Consta íntegramente en audio. CONCILIACIÓN: Atendida la incomparecencia de la parte demandada, se tiene por frustrado el llamado a conciliación. SOLICITUD PARTE DEMANDANTE. Consta íntegramente en audio. La parte demandante solicita que, conforme a lo establecido en el artículo 453 N°1 inciso 7, se haga efectivo el apercibimiento establecido en la norma, en atención que se encuentra la demanda legalmente notificada y ésta no fue contestada por la contraria. El Tribunal Resuelve, habiendo sido válidamente emplazada la demandada y no habiendo contestado dentro del plazo legal, se da el supuesto del artículo 453 N°1 inciso 7, para efectos de que el tribunal haga efectivo dicho apercibimiento, razón por la cual se hará lugar a lo solicitado y se darán por tácitamente admitidos los hechos contenidos en la demanda. En razón de aquello, se estimará que no existen hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, y se procederá a dictar sentencia inmediata. CONSTANCIA: Se deja constancia que el tribunal procederá a dictar sentencia en este acto y de conformidad a lo establecido en el artículo 62 inciso 3° del acta 71 de la Ilustrísima Corte Suprema, se transcribirá sólo la parte resolutiva, constando la sentencia en su integridad en registro de audio. SENTENCIA: En Santiago, a seis de febrero de dos mil veinte. VISTOS, OIDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece doña LUCIA DEL CARMEN CAYUL HUAIQUÍN, cédula de identidad 10.895.731-K, domiciliada en Paicaví 0813, Población Pablo de Rocka, La Pintana, don FABIÁN RICHARD DUARTE VALERIA, cédula de identidad 9.956.433-4, domiciliado en Portezuelo Del Volcán 07671, Puente Alto, doña IRMA DE LAS MERCEDES MUÑOZ CASTILLO, cédula de identidad 9.965.133-4, domiciliada en Chamiza 757, comuna de Estación Central, don SERGIO ENRIQUE RETAMALES ROJAS, Rut 8.814.232-2, domiciliado en pasaje Aurora 9067, comuna de Pudahuel, quienes deducen demanda por despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones, en contra de COMERCIALIZADORA SHOES & COMPANY SPA, Rut 77.755.180-9, representada por MAXIMILIANO OBACH GONZÁLEZ, Rut 4.919.792-6, ambos domiciliados en Santa Elena N° 1175 y Paseo Huérfanos N° 901, ambos de la ciudad de Santiago. En razón de estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto por los artículos 1, 2, 3, 5 al 11, 73, 159 y siguientes, 420 y siguientes, 446 y siguientes, todos del Código del Trabajo, 1698 del Código Civil,

Fallo

se resuelve: I. Que se ACOGE la demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones, y nulidad de despido interpuesta por doña LUCIA DEL CARMEN CAYUL HUAIQUÍN, don FABIÁN RICHARD DUARTE VALERIA, doña IRMA DE LAS MERCEDES MUÑOZ CASTILLO y don SERGIO ENRIQUE RETAMALES ROJAS, en contra de COMERCIALIZADORA SHOES & COMPANY SPA, representada legalmente por MAXIMILIANO OBACH GONZÁLEZ y, en consecuencia, se declara que el despido del que fueron objeto, con fecha 29 de julio de 2019, ha sido verbal, injustificado y nulo, condenándose a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: 1. Respecto de doña Lucía Del Carmen Cayul Huaiquín: · $257.936 por concepto de remuneración de los días trabajados el mes de julio de 2019. · $70.135 por concepto de feriado legal/proporcional. · $427.936 por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. · $3.851.424 por concepto de indemnización por años de servicio. · $1.925.712 por concepto de recargo legal. · Las cotizaciones previsionales correspondientes en AFP CAPITAL por los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2018, enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio de 2019. Las cotizaciones correspondientes a FONASA por los meses de diciembre de 2015, enero y diciembre de 2016, enero de 2017, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2018, enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio de 2019. Las cotizaciones correspondientes a AFC Chile desde enero de 2018 a julio d

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago a siete de febrero de dos mil veinte Que encontrándose con licencia médica, el magistrado que dictó la sentencia de autos, y no pudiendo pronunciarse respecto al fondo, se firma la presente acta de audiencia sólo para efectos informáticos por el Juez Presidente de este tribunal. Santiago a siete de febrero de dos mil veinte ACTA DE AUDIENCIA PR

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