MALFANTI S.A./INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO NORTE CHACABUCO
Rol
I-185-2019
Fecha
6 de febrero de 2020
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto por los artículos 503 y siguientes del Código del Trabajo, 1698 del Código Civil, se declara: I. Que SE ACOGE el reclamo interpuesto solo en cuanto se deja sin efecto la multa 8047/19/29-1 de fecha 11 de marzo de 2019 y se rebaja la multa N° 8047/19/29-2 de fecha 11 de marzo de 2019 a la suma de 30 Unidades Tributarias Mensuales. II. Que cada parte pagará sus costas, por no haber sido totalmente vencidas. Regístrese, archívese, custódiense los documentos, una vez ejecutoriada la sentencia, hágase devolución de los mismos. Se pone término a la presente audiencia, siendo las 13:50 horas. Dirigió la audiencia don JORGE ANDRÉS ABOLLADO VIVANCO, Juez Titular Destinado del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a seis de febrero de dos mil veinte. REGISTRO DE AUDIO
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparecen don Matías Gonzalo Ulriksen Ojeda, Cédula de Identidad 8.522.483-2 y Jaime Cordero Rebolledo, cédula de identidad 11.662.561-4, ambos en representación de MALFANTI S.A., Rut N° 76.253.631-5, domiciliados todos en El Juncal 061, comuna de Quilicura, quienes deducen reclamación de multa en conformidad a lo dispuesto por el artículo 503 del Código del Trabajo, en contra de la multa N° 8047/19/29 del 11 de marzo de 2019 impuesta a su representada por la INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO NORTE CHACABUCO.
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto por los artículos 503 y siguientes del Código del Trabajo, 1698 del Código Civil, se declara: I. Que SE ACOGE el reclamo interpuesto solo en cuanto se deja sin efecto la multa 8047/19/29-1 de fecha 11 de marzo de 2019 y se rebaja la multa N° 8047/19/29-2 de fecha 11 de marzo de 2019 a la suma de 30 Unidades Tributarias Mensuales. II. Que cada parte pagará sus costas, por no haber sido totalmente vencidas. Regístrese, archívese, custódiense los documentos, una vez ejecutoriada la sentencia, hágase devolución de los mismos. Se pone término a la presente audiencia, siendo las 13:50 horas. Dirigió la audiencia don JORGE ANDRÉS ABOLLADO VIVANCO, Juez Titular Destinado del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a seis de febrero de dos mil veinte. REGISTRO DE AUDIO
Texto Completo (Preview)
1º JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO ACTA DE AUDIENCIA JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 06/02/2020, Santiago RUC 19-4-0182037-2 RIT I-185-2019 MAGISTRADO JORGE ANDRÉS ABOLLADO VIVANCO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Francisca Urqueta Bazaes HORA DE INICIO 12:04 HORA DE TERMINO 13:50 SALA 4.1 Nº REGISTRO DE AUDIO 1940182037-2-1348 PARTE RECLAMANTE MALFANTI S.A. Rut N° 76.25
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