Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena

CAMPUSANO/TRANSPORTES GRACIELA ELIZABETH TORO SEGOVIA EIRL

Rol

O-607-2019

Fecha

7 de febrero de 2020

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo dispuesto en los artículos 5, 7, 41, 63, 160, 162, 163, 168, 183 a, 183 e del código del trabajo, artículo 58 la misma norma, 209 del mismo cuerpo legal, artículos 420 y siguientes también del código del trabajo especialmente artículo 453, 454 así como artículo 456, 458 y siguientes del código trabajo, y demás normas pertinentes, se resuelve: I.- Que, se acogen las demandas interpuestas por don Patricio Alejandro Campusano Ávalos RUN 12.424.634-2 en contra de Transportes Graciela Elizabeth Toro Segovia EIRL RUT 76.556.957-5 representada legalmente por doña Gabriela Elizabeth Toro Segovia RUT 8.694.755-2, y en contra de Cervecería Chile S.A., representada legalmente por don Pablo Casas del Valle RUT 11.625.635-5, y en consecuencia se declara: a) La existencia de la relación laboral entre el demandante y la demandada principal Transportes Graciela Elizabeth Toro EIRL, y prestación de servicio en régimen subcontratación para Cervecería Chile S.A., en el periodo comprendido entre el 2 de noviembre de 2017 y el 31 de mayo de 2019. b) Se declara injustificado el despido del trabajador por parte de la empresa principal. c) En consecuencia se condena a ambas demandadas solidariamente al pago de las siguientes prestaciones: i) Indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $600,000. ii) Indemnización por años de servicio con la suma de $1.200.000. iii) Incremento legal del artículo 68 letra b del código del Trabajo, por la suma de $600.000. iv) Cotizaciones de seguridad social de enero de 2018 a mayo de 2019, la suma de $2.142.000. v) Compensación del feriado proporcional del periodo comprendido entre el 2 de noviembre de 2018 y 31 de mayo 2019 por la suma de $260,000. vi) Remuneración del mes de mayo de 2019, por la suma de $600,000. II.- Que, se declara nulo el despido que ha operado respecto del trabajador y en consecuencia, se condena la demandada principal y solidariamente la demandada Cervecería Chile S.A., al integro en las instituciones pr

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 5, 7, 41, 63, 160, 162, 163, 168, 183 a, 183 e del código del trabajo, artículo 58 la misma norma, 209 del mismo cuerpo legal, artículos 420 y siguientes también del código del trabajo especialmente artículo 453, 454 así como artículo 456, 458 y siguientes del código trabajo, y demás normas pertinentes, se resuelve: I.- Que, se acogen las demandas interpuestas por don Patricio Alejandro Campusano Ávalos RUN 12.424.634-2 en contra de Transportes Graciela Elizabeth Toro Segovia EIRL RUT 76.556.957-5 representada legalmente por doña Gabriela Elizabeth Toro Segovia RUT 8.694.755-2, y en contra de Cervecería Chile S.A., representada legalmente por don Pablo Casas del Valle RUT 11.625.635-5, y en consecuencia se declara: a) La existencia de la relación laboral entre el demandante y la demandada principal Transportes Graciela Elizabeth Toro EIRL, y prestación de servicio en régimen subcontratación para Cervecería Chile S.A., en el periodo comprendido entre el 2 de noviembre de 2017 y el 31 de mayo de 2019. b) Se declara injustificado el despido del trabajador por parte de la empresa principal. c) En consecuencia se condena a ambas demandadas solidariamente al pago de las siguientes prestaciones: i) Indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $600,000. ii) Indemnización por años de servicio con la suma de $1.200.000. iii) Incremento legal del artículo 68 letra b del código del Trabajo, por la suma de $6

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ACTA DE AUDIENCIA JUICIO FECHA 06 DE FEBRERO DE 2020 RUC 19-4-0214759-0 RIT O-607-2019 MAGISTRADO JAIRO MARTINEZ CUADRA ADMINISTRATIVO DE ACTAS ISABEL MARGARITA JOFRE OLIVARES SALA PISO 1 HORA DE INICIO 10:32 HORA DE TERMINO 11:40 Nº REGISTRO DE AUDIO 1940214759-0-1337 PARTE DEMANDANTE PATRICIO ALEJANDRO CAMPUSANO ÁVALOS ABOGADO RODRIGO FERNANDO  NAVARRO  ARQUEROS PARTE DEMA

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