TRANSPORTES COMETA S.A/INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJAO DE VALPARAISO
Rol
I-129-2019
Fecha
4 de febrero de 2020
Materia
Costas, Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que se dedujo reclamación judicial de multa por parte de Transportes Cometa S.A. en procedimiento ordinario en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Valparaíso, ambos individualizados, solicitando se deje sin efecto la resolución de multa n° 1184-19-042-2 y-3, dictadas con fecha 22 de abril del 2019, en cuanto estableció multas en contra de ésta por la suma de 60 UTM cada una, es decir 120 UTM. Con fecha 31 de mayo de 2019, se notifica a la reclamada Inspección Provincial del Trabajo de Valparaíso. Que, Saúl Arredondo Vicuña, abogado, en representación judicial del Inspector Provincial del Trabajo de Valparaíso, don Alejandro Mella Borquez, contestó en tiempo y forma la reclamación deducida en su contra, con fecha 10 de junio de 2019, solicitando el rechazo en todas sus partes de la acción deducida. Con fecha 8 de julio del año 2019, se llevó a efecto audiencia preparatoria con la asistencia de ambas partes debidamente representadas, previos tramites de rigor, se llamó a las partes a conciliación, la que no se produjo y se recibió la causa a prueba, fijándose como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos sobre los que deberá recaer, los siguientes: 1. Si la reclamante corrigió la conducta sancionada relativa al no otorgamiento de días de descanso compensatorio por domingo o festivos trabajados respecto del trabajador Carlos Armijo Devia. Circunstancias. 2. Si la reclamante lleva correctamente el sistema de control de asistencia y si así fuere, si el fiscalizador incurrió en error de hecho al aplicar la multa. Que, con fecha 17 de enero del presente año, se llevó a efecto la audiencia de juicio, incorporándose por las partes los medios de prueba ofrecidos previamente y realizando sus observaciones a la prueba rendida. Fijándose para la notificación y dictación de sentencia el día de hoy 4 de febrero de 2020. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que compareció don Dagoberto Paredes Maldonado, abogado, en representación judicial de Transportes Cometa S.A. de conformidad con lo dispuesto por el inciso tercero y cuarto del artículo 503 del Código del Trabajo, quien dedujo reclamación en procedimiento ordinario en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Valparaíso, persona jurídica de derecho público, representada por don Jorge Antonio Andreucci Martínez, solicitando se deje sin efecto la resolución de multa n° 1184-19-042-2 y-3, dictadas con fecha 22 de abril del 2019, y notificadas con fecha 26 de abril de 2019 en cuanto estableció multas en contra de su parte, por la suma de 60 UTM cada una, es decir 120 UTM. Solicita se deje sin efecto la resolución reclamada o se rebaje en un 50% o en la suma que el Tribunal determine conforme a derecho, con costas de la reclamada. Indica que, con fecha 22 de abril del 2019, la fiscalizadora de la Inspección del Trabajo de Valparaíso, cursó a su representada la multa administrativa Nº 1184-19- 042-2 y-3, cada una por 60 UTM, por las infracciones que cita, esto es: “No otorgar un día de descanso semanal en compensación por las actividades desarrolladas en días domingo” respecto del trabajador que indica y los periodos que cita. Además por “No llevar correctamente el sistema especial de asistencia y de las horas de trabajo”, respecto de los meses que señala en relación a los periodos efectivamente pagados. Todo ello, respecto del trabajador don Carlos Armijo Devia. En cuanto a la MULTA N° 1184-19-042-2, solicita se deje sin efecto o se rebaje en un 50% o la suma que el Tribunal determine, ya que según indica la infracción detectada por el fiscalizador ha sido debidamente subsanada, otorgándosele al trabajador en cuestión los descansos semanales correspondientes, tal como se acredita en informes de asistencia que se acompañan en un otrosí. Respecto de la MULTA N° 1184-19-042-3 solicita, sea dejada sin efecto, toda vez que la multa cursada, no se condice con la materializada, ni tampoco con lo constatado por el propio fiscalizador, siendo del caso que claramente, y como se demostrara con documentos adjuntos, y con la propia resolución de multa, ha existido un error de hecho, motivo por el cual solicita se deje sin efecto la multa. Indica que su representada, se encuentra adscrita al sistema de control de Jornada denominado, “Sistema Nacional de Control Horario y Velocidad”, autorizado por la propia dirección del trabajo, mediante resolución administrativa n° 0196 de 30 de enero de 2006, del Jefe del Departamento de Inspección de la Dirección del Trabajo, cumpliendo los requisitos que impone la Resolución n° 1081, en cuanto a la regulación del sistema de control de asistencia, de las horas de trabajo, y de la determinación de las remuneraciones para los trabajadores que laboran a bordo de los vehículos destinados a transporte de pasajeros interurbano. Es del caso que el referido dispositivo SINACH se encontraba operativo,
Fallo
Se declara: I.- Que, se acoge la reclamación deducida por Transportes Cometa S.A., solo en cuanto, se accede a la rebaja de la Multa N° 1184-19-042-2 de fecha 22 de abril de 2019, a la suma total de 30 UTM, rechazándose en lo demás. II.- Que ninguna de las partes ha resultado totalmente vencida, por lo que cada parte pagará sus costas. Regístrese y notifíquese en su oportunidad. RIT I-129-2019 RUC 19- 4-0187715-3 Resolvió doña Catalina Lagos Gómez, Juez Interino del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso. En Valparaíso a cuatro de febrero de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución precedente.
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Valparaíso, cuatro de febrero de dos mil veinte VISTOS: Que se dedujo reclamación judicial de multa por parte de Transportes Cometa S.A. en procedimiento ordinario en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Valparaíso, ambos individualizados, solicitando se deje sin efecto la resolución de multa n° 1184-19-042-2 y-3, dictadas con fecha 22 de abril del 2019, en cuanto estableció multas en
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