Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso

ORTES ARTISA LTDA./INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE VIÑA DEL MAR

Rol

I-138-2019

Fecha

4 de febrero de 2020

Materia

Costas, Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

antecedentes de hecho y de derecho. Refiere, que con fecha 15 de abril de 2019, la Inspección del Trabajo dictó la Resolución de Multa Nº 1371/19/36, la que fue notificada a su representada por carta certificada enviada a su domicilio con fecha 3 de mayo de 2019, por la cual se la sanciona con 4 multas de 60 UTM, 40 UTM, 60 UTM y 20 UTM, respectivamente por los siguientes

Fundamentos

motivos: a) "No denunciar al organismo administrador Mutual de Seguridad CCHC, en un plazo no superior a 24 horas de conocido el accidente, que afectó con fecha 26/01/2019, al trabajador Jorge Soto González, que puede ocasionar incapacidad para el trabajo o la muerte, hecho ocurrido en kilómetro 525, ruta 5 norte (La Higuera), La Serena, Región de Coquimbo, tal hecho es un incumplimiento a las obligaciones legales sobre prevención a los eventuales accidentes del trabajo y dificulta a la autoridad disponer ante el empleador las medidas necesarias e indispensables para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, con lo cual se habrían infringido el art. 76 inciso lº de la Ley 16.744 en relación con los art. 71 y 72 del DS 101 de 1968 del Ministerio del Trabajo y los art. 184 y 506 del Código del Trabajo”; b) "No consignar por escrito en el Contrato de Trabajo o en documento anexo la modificación de la estipulación referida a "bono compensatorio" y "bono producción carretera" respecto del trabajador Jorge Soto González, toda vez que, los conceptos se definen en los comprobantes de trabajo o documento anexo", con lo cual se habrían infringido los artículos 11 y 506 del Código del Trabajo.”; c) "No llevar correctamente el registro de asistencia y de horas trabajadas al no consignar los tiempos de conducción, tiempos de espera, descansos y tareas auxiliares en libreta de conducción en cuanto al trabajador Jorge Soto González en el día 02/12/2018, con lo cual se habrían infringido los artículos 33 y 506 del Código del Trabajo en relación al art. 20 del reglamento 969 de 1933”; y d) "No exhibir toda la documentación exigida que deriva de las relaciones de trabajo, necesaria para efectuar las labores de fiscalización, según el siguiente detalle: registro de asistencia, respecto a la libreta de conducción del trabajador Jorge Soto González del 21/01/2019 al 26/01/2019, con lo cual se habrían infringido los artículos 31 y 32 del DFL N9 2 de 1967, del Ministerio del Trabajo.” Indicó, que sobre el particular, respecto de la primera causal de multa, consistente en no denunciar al Mutual de Seguridad CCHC el accidente en un plazo no superior a 24 horas de conocido éste, destacó que al efecto, el conductor de camión de su representada, don Jorge Soto González, tuvo un accidente de tránsito en la ruta 5 norte, en las proximidades de La Serena, el día sábado 26 de enero de 2019. En dicha oportunidad, según informó el parte de Carabineros levantado al efecto, ese mismo día, se señaló que las lesiones sufridas por el señalado conductor fueron "de carácter leve, según diagnóstico del médico de turno del servicio de urgencia del Hospital de La Serena, conforme DAU N° 87007, que se adjunta al presente parte". Manifestó, que es del caso señalar que, de conformidad al artículo 76 de la Ley 16.744 y su Reglamento, y de la Circular N° 3321, de fecha 6 de Octubre de 2010 de la SUSESO, la obligación de informar los accidentes en 24 horas aplica solo a los accid

Fallo

Se declara: I.- Que, se  rechaza el reclamo deducido por Carlos Graf Santos, en representación de Transportes Artisa Ltda. en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Viña del Mar, ambos ya individualizados, en cuanto a dejar sin efecto las multas cursadas en la Resolución de Multa Nº 1371/19/36 de fecha 15 de abril de 2019. II.-  Que se acoge al petición subsidiaria del reclamo deducido por Carlos Graf Santos, en representación de Transportes Artisa Ltda. en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Viña del Mar, ambos ya individualizados, solo en cuanto se accede a la rebaja de las multas que dicen relación con la resolución: a) 1371/19/36-2 a un monto de 20 unidades tributarias mensuales; b) 1371/19/36-3 a un monto de 30 unidades tributarias mensuales; y c) 1371/19/36-4 a un monto de 10 ingresos mínimos mensuales.   III.- Que cada una de las partes pagará sus costas. Regístrese, notifíquese a las partes en la forma que establece el inciso final del artículo 457 del Código del Trabajo y archívese en su oportunidad. Devuélvanse en su oportunidad los documentos aportados por las partes; procédase a su retiro en el plazo de 60 días, bajo apercibimiento de destrucción de los mismos. RIT: I-138-2019 RUC: 19-4-0191386-9 Dictada por don Camilo Obrador Castro, Juez Suplente en el Juzgado del Trabajo de Valparaíso.

Texto Completo (Preview)

Valparaíso, cuatro de febrero de dos mil veinte. PRIMERO: Reclamo. Que ante este juzgado de letras del trabajo de la ciudad de Valparaíso, comparece don CARLOS GRAF SANTOS, abogado, domiciliado en Plaza de la Justicia Nº 45 piso 8, Valparaíso, en representación de TRANSPORTES ARTISA LTDA., sociedad del giro de su denominación, domiciliada en Uno Norte Nº 2461, Viña del Mar, quien interpone reclamo

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