Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso

TILLERIA/OLMEDO

Rol

O-1159-2019

Fecha

3 de febrero de 2020

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización del artículo 87 del Estatuto Docente, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 160 a 168, 446 y siguientes del Código del Trabajo; SE DECLARA: I. Que, se acoge la demanda de autodespido intentada en por don José Antonio Tillería Araneda, cédula de identidad N° 16.102.810-K, respecto de su ex empleador don Daniel Eduardo Olmedo González, cédula de identidad N° 6.430.100-4, a consecuencia de lo cual, se ordena a pagar a este último las siguientes cifras: a. $360.000.- por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. b. $1.800.000.- por concepto de indemnización por años de servicio. c. $900.000.- por concepto de recargo legal. d. $1.440.000.- por concepto de remuneraciones pendientes de los meses de marzo, abril y mayo de 2019. e. $126.374 por concepto de 11 días trabajados en el mes de junio de 2019. f. $575.000.- por concepto de feriado anual y proporcional. g. Cotizaciones de seguridad social por todo el periodo laborado, que va desde el 1 de abril del 2014 al 11 de junio de 2019, en razón de una remuneración de $360.000.- II. Que, el despido del que fue objeto el demandante, adolece de la nulidad del artículo 162 del Código del Trabajo para efectos remuneracionales y, en consecuencia, la demandada deberá pagar la totalidad de las remuneraciones y beneficios laborales que se devenguen desde el día de la terminación de sus servicios, esto es el 11 de junio del año 2019 y hasta la fecha en que se realice por la demandada el pago íntegro de las imposiciones morosas, en razón de una remuneración de $360.000.- III. Las sumas ordenadas, se pagarán reajustadas y generarán, luego de actualizadas, los intereses que procedan conforme lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. IV. La demandada será condenada en costas, apreciándose ellas en el 10% de las sumas ordenadas pagar, previa liquidación del crédito. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad, quedando las partes notificadas en esta audiencia. Se hace presente que la demandada de autos estaba apercibi

Fundamentos

CONSIDERANDO:

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 160 a 168, 446 y siguientes del Código del Trabajo; SE DECLARA: I. Que, se acoge la demanda de autodespido intentada en por don José Antonio Tillería Araneda, cédula de identidad N° 16.102.810-K, respecto de su ex empleador don Daniel Eduardo Olmedo González, cédula de identidad N° 6.430.100-4, a consecuencia de lo cual, se ordena a pagar a este último las siguientes cifras: a. $360.000.- por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. b. $1.800.000.- por concepto de indemnización por años de servicio. c. $900.000.- por concepto de recargo legal. d. $1.440.000.- por concepto de remuneraciones pendientes de los meses de marzo, abril y mayo de 2019. e. $126.374 por concepto de 11 días trabajados en el mes de junio de 2019. f. $575.000.- por concepto de feriado anual y proporcional. g. Cotizaciones de seguridad social por todo el periodo laborado, que va desde el 1 de abril del 2014 al 11 de junio de 2019, en razón de una remuneración de $360.000.- II. Que, el despido del que fue objeto el demandante, adolece de la nulidad del artículo 162 del Código del Trabajo para efectos remuneracionales y, en consecuencia, la demandada deberá pagar la totalidad de las remuneraciones y beneficios laborales que se devenguen desde el día de la terminación de sus servicios, esto es el 11 de junio del año 2019 y hasta la fecha en que se realice por la demandada el pago íntegro de las imposiciones morosas,

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA Valparaíso, 31 de enero de 2020. RUC 19-4-0199874-0 RIT O-1159-2019 MAGISTRADO JAVIER MORA MÉNDEZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS Victoria Paredes Llano HORA DE INICIO 11:04 horas. HORA DE TÉRMINO 11:35 horas. SALA DE AUDIENCIA 7 N° REGISTRO DE AUDIO 19-4-0199874-0-1338 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE JOSÉ ANTONIO TILLERÍA ARA

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