PIZARRO/FREE RENT LTDA.
Rol
O-3866-2019
Fecha
3 de febrero de 2020
Materia
Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Nulidad del despido
Resultado
No especificado
Hechos
hechos no controvertidos: 1. Existencia de vínculo laboral entre las partes a contar del 01 de noviembre de 2014, con carácter indefinido, cumpliendo funciones el demandante como chofer, en una jornada ordinaria distribuida de lunes a viernes de 08:30 horas a 18:30 horas. 2. La remuneración para efectos indemnizatorios corresponde a la suma de $437.458. A probar: 1. Fecha de término de los servicios, cumplimiento de formalidades legales, efectividad de los hechos invocados en la comunicación de despido. Justificación de las ausencias por la parte demandante. Pormenores y circunstancias. 2. Efectividad de encontrarse pagadas las cotizaciones previsionales correspondientes a AFP Capital y AFC Chile de noviembre de 2014 y Fonasa de noviembre de 2014 y febrero de 2018. Fecha de pago. 3. Efectividad de encontrase pagados o compensados los feriado legales correspondientes a los periodos 2014-2015, 2015-2016 y 2017-2018. Cuantía del feriado legal correspondiente al periodo 2016-2017 y del feriado proporcional. CUARTO: En juicio se incorpora: Demandada-documental 1. Contrato de trabajo, de fecha 01 de noviembre de 2014. 2. 14 Comprobantes de uso de feriado de diversos periodos. 3. Carta de aviso de término de contrato, de fecha 28 de febrero de 2019. 4. Sobre contenedor de la carta de despido devuelta al remitente por domicilio cerrado en segundo oficio. 5. Tarjeta de registro de asistencia del mes de febrero de 2019. 6. Acta de comparendo de conciliación N° 1324/2019/5013. 7. Comprobante de pago de cotizaciones previsionales de AFP, AFC, Fonasa, ACHS y Caja de Compensación del periodo que se reclama. 8. Proyecto de finiquito presentado ante la Inspección del Trabajo. Oficio: FONASA Demandante-documental 1. Licencia médica N° 2-57045989, de fecha 26 de febrero de 2019. 2. Certificado de cotizaciones de salud emitido por Fonasa, de fecha 23 de abril de 2019. 3. Certificado de cotizaciones previsionales de AFP Habitat, de fecha 03 de abril de 2019. 4. Certificado de cotiza
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ha comparecido OSCAR GERMAN PIZARRO PEREZ cédula de identidad 10.328.762-6 domiciliado en Los Mares 6214 Block 13 Peñalolen e interpone demanda en procedimiento de aplicación general por despido injustificado cobro de prestaciones y nulidad del despido en contra de FREE RENT LIMITADA RUT 76.595.300-6 representada por Gonzalo Fredes Solís cédula de identidad 11.870.110-0 ambos domiciliados en Avenida Las Torres 5473 Peñalolen. Comenzó a prestar servicios el 1.11.2014 para desempeñarse como chofer con una jornada de lunes a viernes de 8.30 a 18.30 y una remuneración de $437.458. Fue despedido el 1 de marzo de 2019 por Gonzalo Fredes por haber faltado sin aviso ni justificación por los días 26 al 28 de febrero de 209 la que se encontraba justificada y cubierta en razón de licencia médica 57045989 extendida a su favor el 26 de febrero la que llevo ese día para presentarla a su empleador. El mismo 1 de marzo concurrió a la Inspección del Trabajo y en el comparendo la demandada exhibió carta que invoca la causal del artículo 160 N°3 del CT basado en las supuestas ausencias del 26 al 28. A la fecha del despido se encontraba en mora en el pago de cotizaciones por los meses de noviembre de 2014 y febrero de 2018 en FONASA, AFP noviembre de 2014 y AFC noviembre de 2014. Junto con las indemnizaciones solicita feriado legal, proporcional, cotizaciones y nulidad del despido. SEGUNDO: Contesta la demandada y reconoce relación laboral y fecha de inicio, funciones. Respecto de los feriados se encuentra pendiente la suma de $278.333, el trabajador hizo uso de los feriados en los periodos 2014-2015, 2015-2016 y 2017 y 2018. Reconoce remuneración por la suma de $437.458. Indica que es falso que se hubiese despedido al trabajador con fecha 25 de febrero de 2019, por el contrario la carta de despido indica que con fecha 28 de febrero de 2019 se pone término al contrato por ausencias los días 26 al 28 de febrero. Indica que el demandante se ausentó los días indicados en la carta, no dio aviso a su empleador de la existencia de un motivo que justificara su ausencia, asimismo, jamás se ha negado a recibir o tramitar la licencia médica que invoca el actor, la aseveración resulta contraria a los actos sostenidos en el tiempo en forma previa por esta parte, pues siempre todas las licencias médicas, sean físicas o electrónicas han sido debida y oportunamente tramitadas. No es efectivo, que hubiese concurrido a dejar la licencia médica el día 26 de febrero del 2019 y que se le hubiese negado la recepción de la misma, por lo demás, ni siquiera indica lo que habría ocurrido el día en que esto supuestamente sucedió. Es falso que la trabajadora se hubiese contactado con la empresa o hubiese intentado entregar su licencia, pues precisamente la carta de despido consigna que no se contactó en forma alguna. Atendido que el despido se encuentra ajustado a derecho no resultan procedentes las indemnizaciones. Indica que ha prefabricado su despido. Pue
Fallo
se resuelve: I.- Se acoge la demanda interpuesta por Oscar Pizarro en contra de FREE RENT LIMITADA y se declara que el despido de 28 de febrero de 2019 es injustificado motivo por el cual la demandada deberá pagar las siguientes prestaciones: 1.- La suma de $437.458 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. 2.- La suma de $1.749.832 por indemnización por años de servicios más el recargo del 80% equivalente a $1.399.866. 3.- La suma de $510.370 por concepto de feriado legal y la suma de $102.074 por feriado proporcional. Con los intereses y reajustes contemplados en el artículo 63 y 173 del Código del trabajo según corresponda. II.- La demandada deberá pagar la cotización en FONASA por el mes de febrero de 2018 en base a una remuneración de $437.458. III.- La demandada deberá pagar las remuneraciones y demás prestaciones desde la fecha del despido ocurrida el 28 de febrero de 2019 a la fecha en que se acredite el pago de la cotización indicada en el numeral anterior en base a una remuneración ascendente a $437.458. IV.- Dado que no ha resultado totalmente vencida la demandada cada parte pagará sus costas. V.- Ejecutoriada la presente sentencia dese cumplimiento a ella dentro de quinto día en caso contrario certifíquese dicha circunstancia y pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza para su ejecución. Devuélvanse los documentos a las partes una vez que se encuentre ejecutoriada esta sentencia. Notifíquese, regístrese y archívese en su oportunidad.
Texto Completo (Preview)
En santiago a tres de febrero de dos mil veinte. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ha comparecido OSCAR GERMAN PIZARRO PEREZ cédula de identidad 10.328.762-6 domiciliado en Los Mares 6214 Block 13 Peñalolen e interpone demanda en procedimiento de aplicación general por despido injustificado cobro de prestaciones y nulidad del despido en contra de FREE RENT LIMITADA RUT 76.595.300-6 repre
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